Sentencia nº 000540-2002/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 7 de Junio de 2002

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2002
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente136135-2001/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 540-2002/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 136135-2001
1-10
SOLICITANTE : FIAT AUTO S.P.A
OPOSITORA : TEXTRON INC.
Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de la clase 12 de la
Nomenclatura Oficial: Existencia - Similitud o conexión competitiva
Lima, siete de junio de dos mil dos
I. ANTECEDENTES
Con fecha 10 de octubre del 2001, Fiat Auto S.p.A (Italia) solicitó el registro de la
marca de producto EASY GO, para distinguir vehículos motorizados, sus partes y
accesorios, de la clase 12 de la Nomenclatura Oficial, reivindicando prioridad
extranjera en base a la solicitud Nº TO2001C002550, presentada el 27 de julio del
2001 en Italia.
Con fecha 21 de diciembre del 2001, Textron Inc. (Estados Unidos de América)
formuló oposición manifestando ser titular de la marca E-Z-GO que distingue
productos de la clase 12 de la Nomenclatura Oficial, con la cual el signo solicitado
resulta confundible a nivel gráfico y fonético, debido a que: i) los signos comparten la
letra inicial (E) que al ser la primera en la conformación de los signos será la que
primero visualice y recuerde el consumidor; ii) terminan en el vocablo GO; y iii) el signo
solicitado se pronuncia exactamente como la marca registrada (I-SI-GOU/I-ZI-GOU).
Precisó que ha utilizado las reglas de la gramática inglesa, ya que el signo solicitado
está conformado por expresiones inglesas y la marca registrada se pronunciará tal
como se va a utilizar en la publicidad oral. Indicó que el consumidor medio difícilmente
podrá recordarlos como diferentes, por lo que tomará un signo por otro, otorgándoles
el mismo origen empresarial. Citó jurisprudencia que consideró aplicable al caso y
adjuntó la certificación expedida por traductora licenciada relativa a la pronunciación
en inglés de las expresiones EASY GO y E-Z-GO.
Con fecha 15 de enero del 2002, Fiat Auto S.p.A absolvió el traslado de la oposición
manifestando que el signo solicitado presenta elementos que lo diferencian y lo hacen
inconfundible con la marca registrada, por lo que resulta plenamente registrable.
Señaló que los signos presentan una diferente estructura lingüística y extensión, pues
el signo solicitado está conformado por seis grafías distribuidas en dos elementos,
mientras que la marca registrada se compone de cuatro grafías distribuidas en tres
elementos. Indicó que la pronunciación de los signos para el consumidor peruano es
distinta, ya que el signo solicitado contiene fonemas iniciales y características que le
dan una secuencia diferenciable de la marca registrada. Así, el signo solicitado se
pronuncia [easi] [go] en dos golpes de voz, mientras que la marca registrada se
pronuncia [e] [seta] [go], en tres golpes de voz. Sostuvo que la opositora pretende
imprimirle a los signos una pronunciación inglesa sin considerar que la pronunciación y
significado en dicho idioma es desconocido por la mayoría de consumidores peruanos
a los cuales están dirigidos los productos, razón por la cual al tratarse de

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