Sentencia nº 000257-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 5 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente286-2006/CCO-INDECOPI-01-01
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 0257-2009/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 286-2006/CCO-INDECOPI-01-01
M-SDC-13/2A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : DANUBIO S.A.C. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : ABILIO ROBERTO JULCARIMA BARRERA
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
CESIÓN DE CRÉDITOS
ACTIVIDAD : PREPARACIÓN Y TEJIDO DE FIBRAS TEXTILES
SUMILLA: se confirma la Resolución 6357-2007/CCO-INDECOPI del 8 de
junio de 2007 emitida por la Comisión de Procedimientos Concursales que
reconoció al señor Abilio Roberto Julcarima Barrera los créditos
ascendentes a S/. 7 330,66 por capital y S/. 946,25 por intereses debido a que
en aplicación del principio de verdad material se concluye que la referida
Comisión únicamente se encontraba facultada a reconocer el 93% de los
créditos invocados por el trabajador debido a que éste no mantenía la
titularidad del 7% restante de los créditos que invocó para su
reconocimiento.
Lima, 5 de febrero de 2009
ANTECEDENTES
1. El 16 de octubre de 2006 la Comisión de Procedimientos Concursales (en
adelante, la Comisión) publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la situación de
disolución y liquidación de Danubio S.A.C. en Liquidación (en adelante,
Danubio)
1
. El 15 de agosto de 2008, la Junta de Acreedores eligió a Welcome
Consultores Asociados S.A.C. como entidad liquidadora y suscribió el
Convenio de Liquidación respectivo.
2. Por escrito del 10 de noviembre de 2006, complementado el 29 de marzo de
2007 y el 10 de mayo de 2007, el señor Abilio Roberto Julcarima Barrera (en
adelante, el trabajador) invocó el reconocimiento de créditos laborales frente
a Danubio ascendentes a S/. 8 986,86 por capital y S/. 1 017,47 por
intereses, derivados de Compensación por Tiempo de Servicios (en adelante,
CTS), gratificaciones y vacaciones.
1
Mediante Resolución 12643-2006/CCO-INDECOPI del 2 de octubre de 2006, la Comisión declaró la disolución y
liquidación de Danubio.

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