Sentencia nº 002730-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 2 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente1783-2009/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2730-2010/SC2-IND ECOPI
EXPEDIENTE 1783-2009/CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR – SEDE
LIMA SUR
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : JORGE ALFARO PARRA
DENUNCIADOS : BANCO AZTECA DEL PERÚ S.A.
ELEKTRAFIN DEL PERÚ S.A.
MATERIA : TEMAS PROCESALES
IMPROCEDENCIA
LEGITIMIDAD PARA OBRAR
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que declaró
improcedente la denuncia del señor Jorge Alfaro Parra contra Banco Azteca
del Perú S.A. pues los hechos denunciados no fueron cometidos por dicho
administrado.
Se revoca la resolución venida en grado que declaró infundada la denuncia
contra Elektrafin del Perú S.A.; y, reformándola, se declara improcedente la
citada denuncia, al haberse verificado que el denunciante no puede ser
considerado como consumidor en los términos de la Ley de Protección al
Consumidor dada su condición de garante.
Finalmente, se declara la nulidad parcial de la resolución venida en grado en
el extremo que se pronunció sobre la responsabilidad de Elektrafin del Pe
S.A. respecto a la falta de atención de los reclamos de fechas 24 de
septiembre y 3 de octubre de 2008, al no haber sido este hecho materia de
denuncia contra dicho administrado, disponiéndose la conclusión del
procedimiento en este extremo.
Lima, 6 de diciembre de 2010
ANTECEDENTES
1. El 1 de julio de 2009, el señor Jorge Alfaro Parra (en adelante, el señor
Alfaro) denunció ante la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima
Sur (en adelante, la Comisión) a Banco Azteca del Perú S.A.1 (en adelante, el
Banco) por infracción del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al
Consumidor, señalando lo siguiente:
1 RUC 20517476405 y domicilio en Av. Larco 663, MIraflores.

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