Sentencia nº 000691-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 6 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente317-2005/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 691-2012/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 317-2005/CCO-INDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : INVERSIONES Y NEGOCIOS MARTELL S.A.C.
APELANTE : SOLUCIONES CONCURSALES & EMPRESARIALES
S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES NCP.
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 1004-2011/CCO-INDECOPI del 21 de
febrero de 2011, que dejó sin efecto la designación de Soluciones
Concursales & Empresariales S.A.C. como entidad liquidadora de
Inversiones Martell S.A.C., en Liquidación, por no haber constituido una
carta fianza a favor del Indecopi dentro del plazo otorgado para tal efecto y,
en consecuencia, declaró la conclusión del procedimiento concursal
ordinario de dicho deudor, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 97.4
de la Ley General del Sistema Concursal; y dispuso la remisión de los
actuados al Segundo Juzgado de Paz Letrado de los Olivos a fin de que se
declare la quiebra de la empresa deudora, al haberse iniciado el concurso de
conformidad con lo establecido en el artículo 703 del Código Procesal Civil.
De otro lado, se DECLARA que carece de objeto emitir pronunciamiento
respecto de la solicitud formulada por Soluciones Concursales &
Empresariales S.A.C. para que se suspendan los efectos de la
Resolución 1004-2011/CCO-INDECOPI, toda vez que mediante la presente
resolución la Sala ha emitido pronunciamiento definitivo respecto de la
apelación interpuesta contra el referido acto administrativo.
Lima, 6 de marzo de 2012
ANTECEDENTES
1. Por Resolución Nº 23 del 3 de octubre de 2005, el Segundo Juzgado de Paz
Letrado de los Olivos, declaró la disolución y liquidación de Inversiones y
Negocios Martell S.A.C. (en adelante, Martell) y mediante Oficio Nº 317-2002-
CI-2JPL-CSJCNL-MBJLO-RABB, recibido por la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Sur (en adelante la Comisión) el 11 de octubre de 2005, el
referido juzgado remitió copias certificadas del Expediente Judicial Nº 2002-
0317-0-2701-JP-CI-02 correspondiente a la demanda de obligación de dar
suma de dinero seguida por Banco Nuevo Mundo contra Martell, a fin de que
proceda conforme a sus atribuciones.

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