Sentencia nº 000626-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 6 de Marzo de 2012
Fecha de Resolución | 6 de Marzo de 2012 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 3448-2010/CPC |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 0626-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 3448-2010/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 2
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : CARLOS ALBERTO SANTISTEBAN MEDINA
DENUNCIADO : BANCO FALABELLA PERÚ S.A.
MATERIA : SERVICIOS BANCARIOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en los extremos que
declararon infundada la denuncia contra Banco Falabella Perú S.A. por los
siguientes hechos: (i) por no haber reconocido los pagos a cuenta
efectuados por el denunciante; (ii) protestar el pagaré de la deuda por un
monto mayor al saldo adeudado; (iii) por impedir que el denunciante efectúe
pagos adelantados de su deuda; y, (iv) por no brindar información al
denunciante acerca de la composición y la metodología de cálculo de su
deuda, en tanto el denunciado no cometió las conductas imputadas en su
contra.
Lima, 6 de marzo de 2012
ANTECEDENTES
1. El 16 de diciembre de 2010, el señor Carlos Alberto Santisteban Medina (en
adelante, el señor Santisteban) denunció a Banco Falabella Perú S.A.1 (en
Protección al Consumidor2.
2. El señor Santisteban señaló que tenía una deuda con el Banco por la suma
de S/. 8 927,05 por concepto de un crédito Supercash. No obstante, el Banco
incurrió en las siguientes infracciones: (i) no reconoció los tres (3) pagos a
cuenta efectuados los días 15 de mayo, 15 de julio y 22 de agosto de 2009
por el monto total de S/. 1 287,003; (ii) completó su pagaré con un monto
mayor al adeudado, esto es por la suma de S/. 11 297,06;
1 RUC: 20330401991 con domicilio fiscal en Calle Chinchón 1060, D istrito de San Isidro, Provincia y Dep artamento de
Lima.
2 Cuyo Texto Único Ordenado fue aprob ado por Decreto Supremo 006-2009-PCM.
3 Los pagos a cuenta efectuados por el denunciante se r ealizaron de acuerdo al siguiente detalle:
Fecha
Monto
15/05/2009 S/. 1 000,00
15/07/2009
S/. 250,00
22/08/2009 S/. 37,00
Total
S/. 1 287,00
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