Yo no fui

AutorAlfredo Bullard González - Alfredo Chan Arellano
Cargo del AutorProfesor Principal de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. - Profesor de Derecho Civil de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas.
Páginas991-1024
991
Yo no fui… Relaciones de agencia
y responsabilidad vicaria
Alfredo Bullard González
Alfredo Chan Arellano∗∗
SUMARIO: 1. Echándole la culpa a otro.— 2. Las relaciones de
agencia como sustento de la falta de «ajenidad».— 3. ¿Y cuál es la
lógica económica de la responsabilidad vicaria en las relaciones de
agencia?— 4. Los ‹otros› y la responsabilidad vicaria.— 5. Personas
jurídicas y responsabilidad vicaria.— 6. La responsabilidad vicaria
en relaciones de agencia basadas en contratos civiles.— 6.1. Res-
ponsabilidad objetiva - actividades de riesgo.— 6.2. Responsabilidad
subjetiva - la culpa.— 6.3. El sentido de ‹bajo sus órdenes› en un
contrato civil.— 6.4. Las relaciones internas entre el principal y el
agente.— 7. Conclusión.
Felipe Osterling es uno de los paradigmas más representati-
vos del derecho y, de manera especial, de lo que terminaría
siendo el Código Civil peruano de 1984. Su debate con Jorge
Avendaño sobre los sistemas de transferencia de propiedad
en el Código Civil del 36, que tuvo un impacto innegable
en la redacción del Código vigente, fue un lugar común
para los que fuimos estudiantes de Derecho en los 70 y 80.
Ha sido profesor de varios cientos (quizás de varios miles)
 
Católica del Perú. Socio del Estudio Bullard, Falla & Ezcurra Abogados.
 
Abogado Asociado del Estudio Bullard, Falla & Ezcurra Abogados.
Alfredo Bullard González /Alfredo Chan Arellano
992
de actuales abogados que no hemos dejado de citar sus trabajos en lo
académico y en lo profesional. Por ello, no podemos dejar de participar
en el justo homenaje que merece todo aquel que, como Felipe, ha dejado
una importante huella en lo que el Derecho Civil es hoy en el Perú.
 
Cuando alguien origina un daño hay varias defensas que pueden for-
    

-
ble para el ciudadano común. Decimos que hay una «fractura del nexo
causal» o un «hecho determinante de tercero». Sostenemos que «no nos
es imputable la conducta» simplemente porque es imputable a otro.
A veces la defensa funciona. Demostramos que el otro, ajeno a
nosotros, es el causante del daño. Si demuestro que el causante del
accidente fue ‹el otro› que se pasó una luz roja y causó el accidente,
quizás mi defensa tenga éxito. Sin embargo, a veces el ‹otro› no es tan
‹otro› porque tiene alguna relación conmigo. En ese caso, puede que se
alegue la existencia de responsabilidad vicaria: efectivamente fue ‹otro›,
pero ‹uno igual› respondo. Puede que el automóvil fuera conducido
por el chofer de la compañía en cumplimiento del encargo de entregar
cierta correspondencia, o que la explosión hubiera sido causada por el
descuido de un empleado, o que el periódico resulte responsable por
las expresiones injuriosas de uno de sus columnistas.

no se deben causar daños ilegítimos a otros. En términos económicos

contratados o aceptados por terceros. Como sabemos, una externalidad
se produce cuando la conducta de una persona genera un costo a otra
y esa otra no ha aceptado soportar ese costo. Por eso solemos llamarlas
«costos no contratados».
Las externalidades generan una discrepancia entre el costo social
de una actividad y el costo privado de la misma; si una persona no asu-
me todos los costos que genera su actividad, desarrollará su actividad
de manera desaprensiva al generar costos a terceros. Si manejar ebrio
causa accidentes y el costo de esos accidentes no es internalizado en el
Yo no fui… Relaciones de agencia y responsabilidad vicaria 993
causante, entonces la gente seguirá manejando en estado de ebriedad.
Con ello los costos sociales se elevarán en perjuicio de la sociedad en
su conjunto.
En ese sentido, si Juan puede conducir su automóvil sin asumir
los costos de los accidentes que causa, conducirá más y peor de lo
necesario, originando un mayor número de accidentes. Ello se corrige
haciéndole pagar a Juan el costo de los daños que causa. Al soportar el
costo, ello disciplinará la conducta que asuma al conducir y provocará
menos accidentes.
Para que el principio funcione, Juan debe responder por sus pro-
pios actos; pero, en principio, no por actos de otros. Si Pedro causa el
daño, pero le hacemos pagar a Juan, entonces Pedro le estaría generando
una externalidad a Juan. Por ejemplo, si se dijera que Juan debe pagar
por todos los daños que causen los automóviles rojos, sólo porque su
automóvil es rojo, se generaría otro efecto no deseado. Dado que Juan
no tiene control sobre los conductores de los demás vehículos rojos,
son estos últimos los que estarán ahora generando externalidades, no
sólo a las víctimas sino incluso a Juan. Hacer pagar a Juan no reducirá
los accidentes, podrá incluso incrementarlos pues los otros conductores
de vehículos rojos, al trasladarle el costo a Juan, no tendrían incentivos
para tomar precauciones.
-
viduo que externaliza el costo; es decir, la conducta de quien debe ser
controlado por medio de internalizar los costos adecuadamente. Así,
en el ejemplo de los autos rojos, no es Juan quien está generando la
externalidad.
Pero ¿qué pasa si Juan le prestara su carro a un amigo? ¿Está o no
generando una externalidad? El tema es más complicado. Si Juan presta
su auto a una persona que sabe que conduce muy mal, entonces su deci-
sión podría estar incrementando el número de accidentes (prestar carros
a irresponsables aumenta los accidentes, por lo que estadísticamente el
aumento de préstamos a irresponsables estaría correlacionado con el
número de accidentes). Pero ¿cómo evaluar si Juan era consciente del
   
Juan es responsable de los daños cada vez que preste un carro. Así le
trasladamos a él la responsabilidad de evaluar a quien le presta su carro;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR