efectos juridicos de la huelga
2758 resultados para efectos juridicos de la huelga
-
Vigente
Código Penal
... lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos tutelados por la ley ... ARTÍCULO V ... de activos, siempre que produzcan sus efectos en el territorio de la República ... 3 ... ón Política del Perú, participe en una huelga con el objeto de obtener para sí o para terceros ...
-
Tribunal Constitucional PLENO, Expte. 00013-2013-AI, Sentencia (Acción de Inconstitucionalidad), 31-10-2014
... 28044, General de Educación que, a estos efectos, ... forma parte de un bloque de ... que suponen el ejercicio del derecho de huelga, propiciada o ... inducida por el Estado, que ... y sus modalidades transgreden bienes jurídicos de gran ... importancia y resultan ...
-
Vigente
Ley Nº 29497. Nueva Ley Procesal del Trabajo
... laboral resolver los conflictos jurídicos que se originan con ocasión de las prestaciones ... libertad sindical, negociación colectiva, huelga, a la seguridad y salud en el trabajo y, en ... ón inclusive o hasta donde alcancen los efectos de la nulidad declarada ... c) Anula la ...
-
La visión jusadministrativa de la huelga en los denominados servicios públicos esenciales
... también otros derechos fundamentales o bienes jurídicos.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 12/05/2021 (Expediente: 002213-2019)
El artículo 28 inciso 3 de la constitución política, consagra el derecho de huelga, correspondiendo al estado la cautela de su ejercicio democrático. en ese contexto, en tanto la huelga no sea declarada ilegal, no puede ser considerada paralización intempestiva de labores, menos catalogarla como falta disciplinaria susceptible de sanción.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 19/07/2022 (Expediente: 014688-2019)
... otros derechos; en tal sentido, el derecho a la huelga no es la excepción, toda vez que su ejercicio no puede vulnerar otros derechos o bienes constitucionalmente protegidos. de lo expuesto se concluye que la huelga es un derecho que se ejerce con las limitaciones que la ley le imponga, vale decir, en armonía con el interés público y con los demás derechos fundamentales.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 26/01/2023 (Expediente: 004910-2019)
Las inasistencias de los trabajadores en el marco de la declaración de huelga, ocurridas antes de un pronunciamiento firme sobre la ilegalidad de la misma por parte de la autoridad administrativa de trabajo, no califica como infracción o incumplimiento de obligaciones laborales, sino que constituye el ejercicio legítimo de un derecho que tiene respaldo constitucional: derecho a la huelga
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 23/03/2023 (Expediente: 002753-2019)
Las inasistencias de los trabajadores en el marco de la declaración de huelga, ocurridas antes de un pronunciamiento firme sobre la ilegalidad de la misma por parte de la autoridad administrativa de trabajo, no califica como infracción o incumplimiento de obligaciones laborales, sino que constituye el ejercicio legítimo de un derecho que tiene respaldo constitucional: derecho a la huelga.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 23/03/2023 (Expediente: 002938-2019)
Las inasistencias de los trabajadores en el marco de la declaración de huelga, ocurridas antes de un pronunciamiento firme sobre la ilegalidad de la misma por parte de la autoridad administrativa de trabajo, no califica como infracción o incumplimiento de obligaciones laborales, sino que constituye el ejercicio legítimo de un derecho que tiene respaldo constitucional: derecho a la huelga.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 16/03/2023 (Expediente: 002082-2019)
La inasistencia de los trabajadores, en el marco de la declaración de huelga, califica como incumplimiento de obligaciones laborales pasible de ser sancionado, una vez declarada la ilegalidad de la huelga y efectuado el requerimiento por parte del empleador de retorno a su puesto de trabajo.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Sala Civil Permanente de 22/08/2019 (Expediente: 003553-2018)
Los días de huelga de los trabajadores judiciales genera la suspensión parcial de las labores en las cortes superiores de justicia de la república; en tanto que se limita el despacho en los distintos órganos jurisdiccionales a asuntos muy puntuales. en el periodo de huelga, a los justiciables les es imposible reclamar y/o defender sus derechos ante los órganos jurisdiccionales, como se advierte del artículo 1
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 16/03/2023 (Expediente: 004073-2019)
La inasistencia de los trabajadores, en el marco de la declaración de huelga, califica como incumplimiento de obligaciones laborales pasible de ser sancionado, una vez declarada la ilegalidad de la huelga y efectuado el requerimiento por parte del empleador de retorno a su puesto de trabajo.
-
Derechos colectivos laborales
... - La cesación colectiva del trabajo - La huelga como acto concertado - Finalidad u objeto de la huelga - La suspensión de la relación laboral como efecto jurídico de la huelga - d) Ámbito subjetivo - Titularidad del derecho - Exclusiones del derecho - e) Límites - El «interés social» como criterio limitativo - La limitación de la huelga en los servicios esenciales - Huelga y regímenes de excepción
- Vigente Ley Nº 31307. Nuevo Código Procesal Constitucional
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 26/01/2023 (Expediente: 004269-2019)
Las inasistencias de los trabajadores en el marco de la declaración de huelga, ocurridas antes de un pronunciamiento firme sobre la ilegalidad de la misma por parte de la autoridad administrativa de trabajo, no califica como infracción o incumplimiento de obligaciones laborales, sino que constituye el ejercicio legítimo de un derecho que tiene respaldo constitucional: derecho a la huelga.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 27/04/2023 (Expediente: 009681-2019)
Las inasistencias de los trabajadores en el marco de la declaración de huelga, ocurridas antes de un pronunciamiento firme sobre la ilegalidad de la misma por parte de la autoridad administrativa de trabajo, no califica como infracción o incumplimiento de obligaciones laborales, sino que constituye el ejercicio legítimo de un derecho que tiene respaldo constitucional: derecho a la huelga.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 23/03/2023 (Expediente: 002271-2019)
Las inasistencias de los trabajadores en el marco de la declaración de huelga, ocurridas antes de un pronunciamiento firme sobre la ilegalidad de la misma por parte de la autoridad administrativa de trabajo, no califica como infracción o incumplimiento de obligaciones laborales, sino que constituye el ejercicio legítimo de un derecho que tiene respaldo constitucional: derecho a la huelga.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 23/03/2023 (Expediente: 002132-2019)
Las inasistencias de los trabajadores en el marco de la declaración de huelga, ocurridas antes de un pronunciamiento firme sobre la ilegalidad de la misma por parte de la autoridad administrativa de trabajo, no califica como infracción o incumplimiento de obligaciones laborales, sino que constituye el ejercicio legítimo de un derecho que tiene respaldo constitucional: derecho a la huelga.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 27/04/2023 (Expediente: 009532-2019)
Las inasistencias de los trabajadores en el marco de la declaración de huelga, ocurridas antes de un pronunciamiento firme sobre la ilegalidad de la misma por parte de la autoridad administrativa de trabajo, no califica como infracción o incumplimiento de obligaciones laborales, sino que constituye el ejercicio legítimo de un derecho que tiene respaldo constitucional: derecho a la huelga.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 27/04/2023 (Expediente: 005216-2019)
Las inasistencias de los trabajadores en el marco de la declaración de huelga, ocurridas antes de un pronunciamiento firme sobre la ilegalidad de la misma por parte de la autoridad administrativa de trabajo, no califica como infracción o incumplimiento de obligaciones laborales, sino que constituye el ejercicio legítimo de un derecho que tiene respaldo constitucional: derecho a la huelga.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 13/04/2023 (Expediente: 005448-2019)
Las inasistencias de los trabajadores en el marco de la declaración de huelga, ocurridas antes de un pronunciamiento firme sobre la ilegalidad de la misma por parte de la autoridad administrativa de trabajo, no califica como infracción o incumplimiento de obligaciones laborales, sino que constituye el ejercicio legítimo de un derecho que tiene respaldo constitucional: derecho a la huelga.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 27/04/2023 (Expediente: 008750-2019)
Las inasistencias de los trabajadores en el marco de la declaración de huelga, ocurridas antes de un pronunciamiento firme sobre la ilegalidad de la misma por parte de la autoridad administrativa de trabajo, no califica como infracción o incumplimiento de obligaciones laborales, sino que constituye el ejercicio legítimo de un derecho que tiene respaldo constitucional: derecho a la huelga.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 26/01/2023 (Expediente: 004616-2019)
Las inasistencias de los trabajadores en el marco de la declaración de huelga, ocurridas antes de un pronunciamiento firme sobre la ilegalidad de la misma por parte de la autoridad administrativa de trabajo, no califica como infracción o incumplimiento de obligaciones laborales, sino que constituye el ejercicio legítimo de un derecho que tiene respaldo constitucional: derecho a la huelga.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 30/03/2023 (Expediente: 004917-2019)
Las inasistencias de los trabajadores en el marco de la declaración de huelga, ocurridas antes de un pronunciamiento firme sobre la ilegalidad de la misma por parte de la autoridad administrativa de trabajo, no califica como infracción o incumplimiento de obligaciones laborales, sino que constituye el ejercicio legítimo de un derecho que tiene respaldo constitucional: derecho a la huelga.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 13/04/2023 (Expediente: 005353-2019)
Las inasistencias de los trabajadores en el marco de la declaración de huelga, ocurridas antes de un pronunciamiento firme sobre la ilegalidad de la misma por parte de la autoridad administrativa de trabajo, no califica como infracción o incumplimiento de obligaciones laborales, sino que constituye el ejercicio legítimo de un derecho que tiene respaldo constitucional: derecho a la huelga.