Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado (Corte Superior de Justicia de Lima)
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 17 de Abril de 2018 (Expediente: 001204-2017)
Los pagos efectuados por la codemandada fiscalizada, bajo el concepto de disposición voluntaria de utilidades, no contiene las características propias de una remuneración, máxime, si se encuentra expresamente prevista en el inciso b) del artículo 19° del tuo del decreto legislativo 650, que la contempla; razón por la cual debe confirmarse la apeladaPalabras clave: Aportaciones por seguridad...
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 16 de Abril de 2018 (Expediente: 003063-2017)
La rtf n° 10360-2-2016 es nula porque contiene una decisión inhibitoria sustentada en la ausencia de la facultad de control difuso, la cual en el caso en concreto, no es necesario ejercer en tanto la constitucionalidad de las normas que motivaron la expedición de la resolución de determinación n° 2013-002128-1120-SCR-GAT/MSI, es un asunto resuelto por el tribunal constitucional en las sentencias...
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 16 de Abril de 2018 (Expediente: 000161-2017)
De acuerdo al numeral 4 del artículo 3° de la ley n° 27444, la motivación es uno de los requisitos de validez del acto administrativo, precisándose que el acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico. En este caso, el tribunal fiscal no ha emitido pronunciamiento sobre si la ordenanza n° 1830 cumple con los parámetros generales
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 16 de Abril de 2018 (Expediente: 011650-2016)
El artículo 33° de la ley n° 28008, ley de los delitos aduaneros, establece que constituye infracción administrativa los casos descritos en los artículos 1, 2, 6 y 8 de la presente ley, siempre que el valor de las mercancías no exceda las cuatro (4) unidades impositivas tributarias, infracción que se verifica en el presente caso, toda vez que la demandante no acreditó con las declaraciones...
- Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 11 de Abril de 2018 (Expediente: 017135-2016)
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 11 de Abril de 2018 (Expediente: 000184-2017)
La rtf nº 8969-1-2016 no constituye un pronunciamiento definitivo respecto a lo solicitado por la contribuyente, ya que sólo revoca la resolución de intendencia n°0150140008895 y ordena a la administración que se pronuncie sobre lo pretendido, esto es, la impugnación de las resoluciones de determinación n°012-003-0018630 a 012-003-0018633 y las resoluciones de multa n°012-002-0015398 a 012-002-001
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 11 de Abril de 2018 (Expediente: 018725-2016)
La impugnada resolución del tribunal fiscal número 09058-7-2016, en cuanto importa una decisión con una deficiente o inadecuada motivación, deviene ostensiblemente nula, configurándose la causal de nulidad del acto administrativo prevista en el artículo 10, inciso 2, de la ley número 27444, concordante con los artículos 3, inciso 4, y 6 de la misma ley, enfatizándose que la declaración de su...
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 28 de Marzo de 2018 (Expediente: 002591-2015)
La falta de documentación que acredite fehacientemente la existencia de operaciones comerciales a que se refiere las facturas objeto de reparo, configura el supuesto del inciso a) del artículo 44° del decreto supremo 055-99-EF-TEXTO único ordenado de la ley del impuesto general a las ventas e impuesto selectivo al consumo, sobre operaciones no reales; en consecuencia, la administración tributaria
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 27 de Marzo de 2018 (Expediente: 002192-2013)
En el caso SUB-JUDICE la contribuyente demandante no ha logrado desvirtuar los reparos formulados por la administración tributaria en la fiscalización, al no demostrar fehacientemente la realización de contratos derivados con fines de cobertura con glencore international ag y glencore ag en las bolsas del exterior, a fin de deducir válidamente las pérdidas generadas en dichas operaciones, así...
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 27 de Marzo de 2018 (Expediente: 007751-2016)
El numeral 5, inciso b) del artículo 192 del decreto legislativo 1053, ley general de aduanas, establece que los despachadores de aduana comenten infracción sancionables con multa al asignar una partida incorrecta por cada mercancía declarada. En el presente caso se ha verificado que la demandante incurrió en error al asignar al producto denominado "hidrosorb" una clasificación arancelaria que no
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 27 de Marzo de 2018 (Expediente: 016144-2016)
El pronunciamiento de este proceso no se encuentra sujeto a lo que se resuelva en el expediente n° 11032-2015, pues el reparo por pérdidas extraordinarias no acreditadas del impuesto a la renta del ejercicio 2005 que es analizado en el expediente n° 11032-2015, no fue objeto de reevaluación en la resolución de intendencia n° 0260150009267/sunat, resolución de cumplimiento del extremo revocatorio...
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 26 de Marzo de 2018 (Expediente: 000003-2017)
Según el literal a) del artículo 183 del código tributario, la sunat podrá sustituir la sanción de cierre temporal por una multa cuando no se pueda ejecutar la sanción de cierre. Del acta de inspección y su anexo se acredita que no se pudo ejecutar la sanción de cierre, toda vez que el establecimiento comercial de la accionante se encontraba compartido con otro contribuyente, correspondiendo por...
- Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 26 de Marzo de 2018 (Expediente: 000008-2017)
- Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 23 de Marzo de 2018 (Expediente: 007476-2012)
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 23 de Marzo de 2018 (Expediente: 017535-2016)
En el presente caso, se ha verificado que la demandante fue notificada en su casilla del colegio de abogados de lima, el 28 de diciembre del 2015 y no el 23 de diciembre del mismo año como señala la administración tributaria, por lo que a la presentacion del recurso de apelacion, éste se encontraba dentro del plazo señalado en el artículo 146° del codigo tributario, debiendose proceder a admitir...
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 23 de Marzo de 2018 (Expediente: 001288-2017)
El artículo 156 del tuo del código tributario regula el cumplimiento de las órdenes del tribunal fiscal, a fin de que la administración tributaria subsane errores o verifique hechos. En este caso, la sunat ha dado cabal cumplimiento de la rtf n° 00642-8-2016 al compensar las pérdidas obtenidas en los ejercicios anteriores con la renta obtenida en el ejercicio 2006 y reliquidar el impuesto a la...
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 22 de Marzo de 2018 (Expediente: 006924-2015)
La administración aduanera cumplió con estrictez lo prescrito en el artículo 13 del reglamento para la valoración de mercancías según el acuerdo sobre valoración en aduana de la omc, aprobado por decreto supremo número 186-99-ef y sus modificatorias, al haber aplicado el tercer método de valoración para las mercancías importadas, descartando de modo adecuado el primer y segundo métodos.Palabras...
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 22 de Marzo de 2018 (Expediente: 003774-2017)
En el caso SUB-JUDICE se ha configurado la renuncia tácita de la prescripción ya ganada por la contribuyente, al haber solicitado esta última, con fecha veintisiete de febrero del dos mil catorce, el aplazamiento y/o fraccionamiento de las deudas tributarias, esto es, cuando ya había operado la prescripción de la acción de la administración para el cobro de las mismasPalabras clave:...
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 21 de Marzo de 2018 (Expediente: 009282-2016)
Si bien es cierto el código tributario regula la forma y plazo de prescripción, también lo es, que no define ni regula expresamente la renuncia a la prescripción ya ganada, encontrándose dicha figura debidamente identificada en el código civil en el artículo 1991°, aplicada al caso de autos, atendiendo a lo previsto en la norma ix del título preliminar del código tributario, la misma que dispone...
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 21 de Marzo de 2018 (Expediente: 000092-2017)
La verificación de mercancías textiles y de vestido en el marco del acuerdo de promoción comercial perú - estados unidos se rige por el reglamento de verificación de mercancías textiles o de vestido, aprobado por decreto supremo 001-2009-mincetur y por la legislación de los estados unidos de norte américa, en relación al trámite de las visitas de verificación y al cumplimiento del requisito de...
- Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 21 de Marzo de 2018 (Expediente: 001344-2017)
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 20 de Marzo de 2018 (Expediente: 006475-2014)
De la comparación entre las mercancías declaradas y las de referencia, se aprecia que tienen similitud en cuanto al tipo de tela, composición, grado de elaboración, acabado, país de origen y embarque, ya que ambas mercancías son de tejido de trama y urdimbre revestido con materia plástica de poliuretano, teñido e importado de china; y, si bien existe diferencias en cuanto al ancho, gramaje, nivel
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 20 de Marzo de 2018 (Expediente: 007253-2015)
Contrariamente a lo alegado por la defensa técnica de la empresa accionante, sí se valoraron los medios probatorios obrantes en autos, incluidos los presentados en instancia de reclamación, sin embargo, estos no desvirtuaron el reparo formulado, por lo que deviene infundada la demanda en cuanto a la primera pretensión principal postulada..Palabras clave: Impuesto a la renta, impuesto general a...
- Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 20 de Marzo de 2018 (Expediente: 002415-2017)
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 20 de Marzo de 2018 (Expediente: 002759-2016)
El concordato es un tratado internacional que genera obligaciones entre las partes contratantes por lo que en caso de conflictos en la interpretación se recurrirá a las reglas de interpretación previstas en el propio tratado así como a las desarrolladas por el derecho internacional público. Conforme al concordato, el estado peruano ha limitado su poder tributario y ha garantizando inmunidad...
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 20 de Marzo de 2018 (Expediente: 018805-2016)
Si al calificar la administración tributaria, observa omisiones formales, otorgará un plazo de 15 días para que el contribuyente pueda subsanarlas, cumplido el plazo y no fuera subsanada se declarará inadmisible; situación que ha sucedido en el presente caso, debido a que el accionante pese a estar debidamente notificado por la administración tributaria, no lo hizo, razón por la cual se declaró...
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 16 de Marzo de 2018 (Expediente: 018801-2016)
En el caso SUB-JUDICE, la empresa ahora demandante no cumplió con acreditar la utilización de medios de pago previstos en el artículo 5 de la ley número 28194 en la cancelación de sus obligaciones con los proveedores observados, a fin de gozar de un crédito fiscal del impuesto general a las ventas correspondiente a los períodos enero y abril del dos mil catorce, por lo que el reparo formulado por
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 15 de Marzo de 2018 (Expediente: 002094-2015)
La resolución del tribunal fiscal n° 13513-a-2014 que revoca el artículo tercero de la resolución de intendencia n° 000 3b000/2010-000522, al omitir o no dar razones suficientes que sustente su decisión de inaplicar el artículo 9° del decreto supremo n° 009-2004, y la circular n° 005-2004-sunat/a, incurre en vicio de nulidad previsto en el artículo 10° de la ley n° 27444-Palabras clave: Acuerdo...
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 15 de Marzo de 2018 (Expediente: 002513-2016)
Las solicitudes de acogimiento al reft, a la ley de reactivación a través del sinceramiento de las deudas tributarias - resit y de fraccionamiento tributario de la deuda tributaria constituyen actos contrarios a la voluntad de favorecerse con la prescripción, pues expresan el reconocimiento de las deudas y la voluntad de pago por parte de la contribuyente, pese al transcurso del plazo...
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Resolución de Corte Superior de Lima - Sala de lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros en temas de Mercado, de 15 de Marzo de 2018 (Expediente: 000005-2017)
Cuando los actos de la administración tributaria vulneren (o no se ajusten) al procedimiento tributario establecido por ley o norma de rango inferior, serán declarados nulo. La terminología utilizada por el tf no se alinea con lo dispuesto por el código tributario y la lpag, en cuanto a la declaratoria de nulidad y a los efectos y alcances de la misma, dado que al haber advertido el tf que el...