Descansos remunerados
Índice
- Constitución Política de 1993 - Derecho al descanso semanal remunerado (artículo 25)
- Decreto Supremo N° 178-91-PCM - Dictan normas sobre el derecho a descanso remunerado en los días feriados de los trabajadores del Sector Público, comprendidos en el Régimen del D.L. 11377 y D.Leg.276
- Decreto Supremo N° 180-91-PCM - Incluyen el día 29 de Julio y el Viernes Santo entre los días señalados como feriados en el D.S. Nº 178-91-PCM
- Decreto Supremo N° 019-2011-PCM - Declaran días no laborables compensables para los trabajadores del sector público, durante el año 2012