06 105-2002-SUNARP/SN - Autorizan funcionamiento de Oficina Zonal ubicada en el distrito de Santa Anita bajo la jurisdicción de la Oficina Registral de Lima y Callao

Fecha de disposición08 Marzo 2002
Fecha de publicación08 Marzo 2002
Pág. 218992
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 8 de marzo de 2002
nes en materia de interconexión que son aprobadas por
OSIPTEL.
Artículo 4º.- Disponer que el acuerdo de interconexión
a que hace referencia el Artículo 1º de la presente resolu-
ción se incluya, en su integridad, en el Registro de Contra-
tos de Interconexión de OSIPTEL, el mismo que será de
acceso público.
Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen-
cia a partir del día siguiente de su notificación a las empre-
sas concesionarias, y será publicada en el Diario Oficial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAUL PHUMPIU CHANG
Gerente General (e)
4517
SUNARP
Autorizan funcionamiento de Oficina
Zonal ubicada en el distrito de Santa
Anita bajo la jurisdicción de la Oficina
Registral de Lima y Callao
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 105-2002-SUNARP/SN
Lima, 8 de marzo de 2002
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26366 se creó la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -
SUNARP, organismo descentralizado autónomo del
Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de
los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dic-
tar las políticas y normas técnico-administrativas de los
Registros Públicos;
Que, siendo concordante con la política de
descentralización impartida por el Gobierno Central, de
facilitar el acceso a los Servicios Registrales a la po-
blación de menores recursos y de sectores más aleja-
dos de la ciudad, se ha previsto la implementación y
funcionamiento de una Oficina zonal en el distrito de
Santa Anita;
Que, la Oficina Registral de Lima y Callao, organismo
público descentralizado de la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos, tiene ámbito geográfico y com-
petencia registral en el departamento de Lima y Provincia
Constitucional del Callao, por lo que resulta procedente que
la Oficina Zonal de Santa Anita se encuentre dentro de la
jurisdicción de la ORLC;
Que, la citada Oficina Zonal contará con las condicio-
nes materiales necesarios y equipos para que los usua-
rios de los distritos de Huarochirí, Ricardo Palma, Matuca-
na, San Mateo, Chosica, Santa Eulalia, Chaclacayo, Santa
Inés, Santa Clara, Huaycán, Vitarte, Ate y Santa Anita, pue-
dan solicitar los servicios registrales que correspondan y
recibirlos en forma adecuada;
Que, el Directorio de la Superintendencia Nacional de
los Registros Públicos, en su sesión Nº 155 de fecha 20 de
febrero de 2002, acordó autorizar el funcionamiento de una
Oficina Zonal en el distrito de Santa Anita, la cual estará
bajo la jurisdicción de Lima y Callao;
Estando a lo dispuesto por el Artículo 7º inciso a) de
Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo
Nº 04-94-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar, el funcionamiento de una
Oficina Zonal ubicada en el distrito de Santa Anita, pro-
vincia de Lima y departamento de Lima, bajo la juris-
dicción de la Oficina Registral de Lima y Callao, la mis-
ma que podrá recepcionar todas las solicitudes de ins-
cripción que ingresan actualmente a través del Libro
Diario de la Oficina Registral de Lima y brindar servi-
cios de publicidad registral referidos a Copias Simples
y Búsquedas. Asimismo, en dicha oficina se podrán
efectuar los pagos por los servicios registrales antes
señalados, a los que podrá añadirse aquellos que
correspondan por la ampliación progresiva de sus ser-
vicios.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GAMARRA UGAZ
Superintendente Nacional de los
Registros Públicos
4585
SUNAT
Precisan conformación del Comité de
Bajas de la SUNAT constituido por la Res.
Nº 013-2002/SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 025-2002/SUNAT
Lima, 6 de marzo de 2002
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 013
-2002/SUNAT se designó a los miembros del Comité de
Bajas de la Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria - SUNAT;
Que a través de la Resolución de Superintendencia Nº
016-2000/SUNAT se ha modificado la estructura organi-
zacional de la Intendencia Nacional de Administración en
tanto que mediante Resolución de Superintendencia Nº
019-2002/SUNAT se ha modificado la denominación de la
Oficina de Asesoría Legal Administrativa, unidad organi-
zacional de la Intendencia Nacional Jurídica, por la de
Gerencia Jurídico Administrativa;
Que resulta necesario, en consecuencia, precisar la
conformación del Comité de Bajas de la Superintendencia
Nacional de Administración Tributaria - SUNAT a que se
refiere la Resolución de Superintendencia Nº 013-2002/
SUNAT de acuerdo a la nueva estructura organizacional y
denominación de las unidades indicadas;
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º
del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, apro-
bado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SU-
NAT y modificado mediante Resoluciones de Superinten-
dencia Nºs. 004-2001/SUNAT y 129-2001/SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Precisar que el Comité de Bajas de la
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -
SUNAT, constituido por Resolución de Superintendencia
Nº 013-2002/SUNAT, se encuentra conformado por:
- El Gerente Administrativo, quien lo presidirá.
- El Jefe del Departamento de Contabilidad General.
- Un profesional de la Gerencia Jurídico Administrativa.
- Un Profesional del Departamento de Servicios Gene-
rales, quien actuará como Secretario de Actas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BEATRIZ MERINO LUCERO
Superintendente Nacional
4577
SUPERINTENDENCIA DE
BIENES NACIONALES
Afectan en uso inmueble ubicado en el
distrito de Ate, provincia y departamen-
to de Lima, a favor del Ministerio de
Educación
JEFATURA DE ADJUDICACIONES
RESOLUCIÓN Nº 011-2002/SBN-GO-JAD
La Molina, 12 de febrero del 2002

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