77 070-2001-JUS - Dejan sin efecto la creación de la Oficina Zonal de Arequipa de la COFOPRI y de jefaturas de oficinas de jurisdicción ampliada

Fecha de publicación09 Marzo 2001
Fecha de disposición09 Marzo 2001
Pág. 199746
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 9 de marzo de 2001
-Dr. Raúl Callirgos Velarde
Director Nacional de la Dirección Nacional de Jus-
ticia
-Sr. Denis Ramírez Castillo
Director General de la Oficina General de Econo-
mía y Desarrollo
MIEMBROS SUPLENTES
-Dr. Salvador Donaire Otárola
Asesor Técnico de la Alta Dirección
-Dra. Ana María Manrique Zegarra
Asesora Técnica de la Alta Dirección
-Ing. Marcela Mendoza Laura
Directora General (e) de la Oficina General de
Informática.
Artículo 2º.- Actuará como Secretaria Letrada de la
citada Comisión Especial, la doctora Rosa María Orrego
Villegas.
Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Minis-
terial Nº 084-2000-JUS, de fecha 15 de marzo de 2000, así
como todas las disposiciones que se opongan a la presente
Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE
Ministro de Justicia
19620
Dejan sin efecto la creación de la Ofici-
na Zonal de Arequipa de la COFOPRI y
de jefaturas de oficinas de jurisdicción
ampliada
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 070-2001-JUS
Lima, 7 de marzo de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de
Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, comple-
mentado por la Ley Nº 27046, cuyo Texto Único Orde-
nado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 009-
99-MTC, se creó la Comisión de Formalización de la
Propiedad Informal - COFOPRI, como organismo rec-
tor máximo encargado de diseñar y ejecutar de mane-
ra integral, comprehensiva y rápida, un Programa de
Formalización de la Propiedad y de su mantenimiento
dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizan-
do las competencias y toma de decisiones a este res-
pecto;
Que, de conformidad con lo establecido por el Artí-
culo 31º del Decreto Supremo Nº 016-97-MTC, recogi-
do en el Artículo 34º del Estatuto de COFOPRI, apro-
bado por Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, COFOPRI
cuenta con una Oficina Central y con Órganos Des-
concentrados, dentro de los cuales se encuentran las
Oficinas Zonales, que constituyen unidades gestoras
del pliego presupuestal institucional de COFOPRI,
dependiendo jerárquicamente de la Gerencia General
en materia administrativa y de la Gerencia de Planea-
miento y Operaciones en materia funcional, y cuyo
ámbito geográfico de jurisdicción es definido por Re-
solución de Gerencia General;
Que, en tal sentido, mediante Resolución Ministerial
Nº 436-97-MTC/15.01, se creó la Oficina Zonal de Arequi-
pa de la Comisión de Formalización de la Propiedad
Informal - COFOPRI, aprobándose la Directiva Nº 009-
97-COFOPRI relativa a la Estructura Orgánica Adminis-
trativa y Funcional de la referida Oficina Zonal;
Que, por Resolución de Gerencia General Nº 202-99-
COFOPRI/GG, se creó la Jefatura de la Oficina de Juris-
dicción Ampliada de la Oficina Zonal de Arequipa -
Ciudad Moquegua;
Que, de igual modo, por Resolución de Gerencia
General Nº 267-99-COFOPRI/GG, modificada por las
Resoluciones de Gerencia General Nºs. 102-2000-CO-
FOPRI/GG y 120-2000-COFOPRI/GG, se creó la Jefa-
tura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la
Oficina Zonal de Arequipa - Ciudad Tacna, Tarata y
Jorge Basadre;
Que, la Oficina Zonal de Arequipa ha venido ejercien-
do sus funciones en el ámbito geográfico de la provincia
de Arequipa, departamento de Arequipa, y a través de las
precitadas Jefaturas de Oficina de Jurisdicción Amplia-
da, en la provincia de Moquegua del departamento de
Moquegua, y en las provincias de Tacna, Tarata y Jorge
Basadre del departamento de Tacna;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-JUS de
fecha 3 de marzo de 2001, publicado en el Diario Oficial El
Peruano el 4 de marzo de 2001, se han creado las Comisiones
Provinciales de Formalización de la Propiedad Informal,
que tienen como funciones planificar, organizar, coordinar
y ejecutar a través de su Secretaría Técnica, en concordan-
cia con los Planes de Desarrollo Urbano de cada localidad,
el proceso de formalización de las posesiones informales
hasta la inscripción de los títulos, u otros instrumentos en
la oficina registral competente;
Que, el Artículo 4º del precitado dispositivo legal,
establece que COFOPRI, sus Oficinas de Jurisdicción
Ampliada o, en su caso, las unidades especializadas de las
Municipalidades Provinciales, asumirán la Secretaría
Técnica de las Comisiones Provinciales de Formalización
de la Propiedad Informal;
Que, en ese orden de ideas, y con el objeto de adecuar
la conformación de la Estructura Orgánica Funcional de
COFOPRI a los alcances del Decreto Supremo Nº 005-
2001-JUS, resulta necesario dejar sin efecto la creación
de la Oficina Zonal de Arequipa, su Estructura Orgánica
Administrativa y Funcional, así como la creación de las
Oficinas de Jurisdicción Ampliada señaladas en el quinto
y sexto considerando de la presente Resolución;
De conformidad con lo establecido por el Decreto
Supremo Nº 014-98-MTC, el Decreto Supremo Nº 009-99-
MTC, el Decreto Supremo Nº 013-99-MTC y el Decreto
Supremo Nº 005-2001-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dejar sin efecto la creación de la Oficina
Zonal de Arequipa de la Comisión de Formalización de la
Propiedad Informal - COFOPRI, su Estructura Orgánica
Administrativa y Funcional, así como la creación de la
Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Oficina
Zonal de Arequipa - Ciudad Moquegua, y la creación de la
Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Oficina
Zonal de Arequipa, Ciudad Tacna, Tarata y Jorge Basadre.
Artículo 2º.- Deróguese la Resolución Ministerial Nº
436-97-MTC/15.01 y su Directiva Nº 009-97-COFOPRI,
así como la Resolución de Gerencia General Nº 202-99-
COFOPRI/GG y las Resoluciones de Gerencia General
Nºs. 267-99-COFOPRI/GG, 102-2000-COFOPRI/GG y
120-2000-COFOPRI/GG, así como cualquier otra disposi-
ción legal que se oponga a lo dispuesto por la presente
Resolución.
Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vi-
gencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese.
DIEGO GARCÍA SAYÁN LARRABURE
Ministro de Justicia y Presidente de la Comisión
de Formalización de la Propiedad Informal
- COFOPRI
19621
P R E S
Aprueban Cuadros para Asignación
de Personal de los CTAR Lima y Callao
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 070-2001-PRES
Lima, 8 de marzo de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27271 se creó el Consejo Tran-
sitorio de Administración Regional del departamento de
Lima - CTAR LIMA, como organismo público descentra-
lizado, con autonomía técnica, presupuestal y adminis-
trativa en el ejercicio de sus funciones;
Que, por Decreto Supremo Nº 019-2000-PRES se ha
determinado el ámbito territorial de las tres Gerencias

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