Valoracion de la reforma constitucional de 1994 en su decimo aniversario.

Pensamiento ConstitucionalNbr. 2005, January 2005

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Valoracion de la reforma constitucional de 1994 en su decimo aniversario.

SUMARIO I. INTRODUCCIÓN II. LA LEGITIMIDAD DE LA REFORMA III. LAS IDEAS FUERZA DE LA REFORMA IV. EL DISEÑO CONSTITUCIONAL V. LA MODERNIZACIÓN CONSTITUCIONAL VI. EL INCUMPLIMIENTO DE LA REFORMA Y LA VIOLACIÓN PERMANENTE DE LA LEY I. INTRODUCCIÓN

Pensamos que para realizar un juicio de valor de una reforma constitucional debemos considerar los 3 períodos del proceso constituyente: el "preconstituyente", de declaración de la necesidad de la reforma, a cargo del Congreso y que culmina con la elección popular de los Convencionales; el "constituyente", con la Convención que ejercita el poder constituyente y sanciona las reformas y el "postconstituyente", destinado a la reglamentación y al cumplimiento de la reforma producida.

Asimismo queremos indicar que para la consideración del período específicamente constituyente debemos efectuar otra distinción más entre las ideas fuerza, valores y finalidades que guiaron a la Convención por una parte y su diseño más o menos acertado a través de su redacción en las normas respectivas, por el otro.

Señalamos finalmente que por razones de brevedad nos limitaremos a una reflexión sintética y panorámica de tan importantes, complejas y trascendentes cuestiones.

II. LA LEGITIMIDAD DE LA REFORMA

El problema de la legitimidad de la Constitución --dice Linares Quintana-- (1) es de naturaleza esencialmente política, y debe resolverse remontándose hasta la naturaleza del acto constituyente. Este autor coincide con Sánchez Viamonte en que, para la legitimidad constitucional, el acto constituyente debe ser la expresión genuina de la voluntad del pueblo, surgida de una libre determinación mayoritaria.

Nosotros analizamos con detenimiento la legalidad y la legitimidad de la reforma constitucional de 1994 en el propio seno de la Convención Constituyente. (2)

Allí recordamos los debates producidos con motivo de las reformas constitucionales, comenzando con la de 1860. Desde la necesidad de sostener que existió ejercicio de poder constituyente originario y abierto --iniciado en 1810 y terminando en 1860 con la incorporación de la provincia de Buenos Aires a la Confederación-- ya que de lo contrario debiéramos impugnar la constitucionalidad de la reforma, porque una cláusula del texto de 1853 prohibía que se efectuara dentro de los 10 años. Pasando luego...

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