Tutela anticipatoria

Tutela jurisdiccional diferenciadaSumario

Enlazado como:

Resumen


1. Consideraciones generales. 2. Antecedentes y referencias normativas. 3. Tutela anticipatoria, concepto y aspectos generales del instituto. 4. Presupuestos para despachar esta tutela. 5. Aporte del Instituto en cuestión. 6. Critica al instituto. 7. Tutela anticipatoria v/s Tutela cautelar.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Tutela anticipatoria

1. Consideraciones generales

El Estado a través de sus jueces otorga tutela normalmente con la sentencia, sea ésta estimatoria o desestimatoria; sin embargo lo hace también con la tutela urgente cautelar, no obstante esta tutela resulta provisoria, pues siendo ésta instrumental del proceso principal en la que se emitirá sentencia, estará supeditada a la misma; sin embargo existe la tendencia actual de separar a la tutela anticipatoria de la tutela urgente cautelar, pues se señala que ésta tiene singularidades que la hacen distinta a la tutela cautelar, por ello es que se le considera como una modalidad de tutela diferenciada.

En este tópico, pretendemos dar algunas pautas referidas al instituto de la Tutela Anticipatoria, la cual tiene por objeto ejecutar de manera anticipada, lo que se debe decidir en la sentencia, esto significa que nos encontramos frente a una tutela que se anticipa a la decisión final y le otorga satisfacción al demandante (si la pretensión resuelta fuera postulada en la demanda) o al demandado (si la pretensión fue involucrada con reconvención). Esta figura al igual que otras (tratadas también en el presente trabajo) tiene por objeto, el otorgamiento de tutela judicial de manera efectiva (en términos prácticos, pues el justiciable tiene derecho a una efectiva y adecuada tutela judicial) a la parte que formuló la pretensión, sin necesidad de esperar la decisión final, esto implica el adelanto de los efectos de lo que se va ha decidir en la sentencia, siempre y cuando se presenten los presupuestos involucrados en la misma.

En nuestro ordenamiento procesal tenemos regulada la medida temporal sobre el fondo1 o llamada también medida cautelar coincidente, sin embargo ésta como se podrá apreciar, en nuestro Código Adjetivo, tienen un tratamiento y regulación normativa que corresponde a las medidas cautelares, sin embargo la doctrina se ha encargado de separarlas, para generar un instituto, que por sus rasgos especiales merece un tratamiento diferenciado y distinto a la tutela urgente cautelar, como vere-mos más adelante, ya que existen marcadas diferencias entre medida cautelar y tutela anticipada.

A este instituto procesal la doctrina también la reconoce como «despacho interino de fondo», así tenemos a Carlos CARBONE quien expresa que la doctrina nacional (para referirse a la doctrina argentina) la llama unánimemente «sentencias anticipatorias» y nosotros «despacho interino de fondo», nos referimos a aquella porción del proceso urgente que anticipa, total o parcialmente el contenido mismo de ciertas pretensiones, siempre y cuando se acredite prima facie una fuerte dosis de probabilidad de ser declarado el derecho solicitado en la sentencia de fondo, y que pueda llegar a sufrir un perjuicio irreparable o de difícil reparación, extremo este último que constituye un plus respecto del habitual peligro en la demora que existe para el despacho de las medidas cautelares y en el marco del proceso troncal cuyo objeto mismo se está anticipando y sin perjuicio de que la misma sentencia definitiva revoque o confirme tal anticipación2.

2. Antecedentes y referencias normativas

Como lo señala Raimundo NONATO SILVA la institución de la tutela anticipada se revela más antigua de que lo que muchos imaginan, teniendo a la vista la existencia de registros históricos datado de la &eacut...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex Perú

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía