Los tribunales administrativos en el marco de la regulación económica de los servicios públicos

Resumen


I. La prestación de los denominados servicios públicos.II. Creación de los organismos reguladores de servicios públicos.III. La historia de los tribunales administrativos en los organismos reguladores de servicios públicos.IV. El momento de la unificación.V. El funcionamiento actual de los tribunales administrativos en los organismos reguladores de servicios públicos.VI. La función de solución de controversias en la regulación económica de los servicios públicos.VII. Un pequeño análisis costo-beneficio de la actuación de los tribunales de solución de controversias.VIII. Conclusión

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Los tribunales administrativos en el marco de la regulación económica de los servicios públicos

I. La prestación de los denominados servicios públicos

Podemos entender1 al servicio público en su acepción tradicional, como la técnica legal de regulación sobre actividades de contenido económico cuya titularidad ostenta el Estado y su gestión los particulares, destinadas a satisfacer necesidades esenciales de los habitantes, por lo cual debe el Estado asegurar su prestación de manera obligatoria y sujetas a reglas preestablecidas.

Gaspar ARIÑO2 nos ofrece un concepto estricto, basado en la idea tradicional de servicio público, entendiéndose como tal a aquella actividad propia del Estado o de otra Administración Pública, de prestación positiva, con la cual, mediante un procedimiento de derecho público, se asegura la ejecución regular y continua, por organización pública o por delegación, de un servicio técnico indispensable para la vida social.

Actualmente se concibe los servicios públicos como una actividad de titularidad estatal, puesto que constituye un título justificativo de intervención estatal en la economía, a través de la declaración de una actividad económica como servicio público. Cabe precisar que esta idea y concepciones del servicio público provienen del derecho administrativo continental,contrapuesto a la teoría anglosajona de las public utilities. En virtud de esta teoría se reconoció al Estado, en función a su poder de policía, un poder para regular determinadas industrias en función a sus efectos en la economía y sobre el bienestar de los consumidores.

Se reconoce entonces, por vía jurisprudencial (Munn vs. Illinois), un poder de regulación estatal de ciertas actividades denominadas como public utilities.

Estas public utilities no han sido concebidas como de titularidad pública, sino que las empresas y la infraestructura siempre han sido privadas aunque sometidas a un intenso control y regulación estatal a través de un sistema de agencias administrativas. Esta regulación incide principalmente sobre aspectos como tarifas, facilidades esenciales, el acceso a la infraestructura, y protección a los consumidores.

Asimismo, esta concepción anglosajona ha producido incidencia dentro de la concepción europea o continental produciéndose un cuestionamiento de la titularidad estatal de los servicios públicos y la publicatio.

En lo que se refiere justamente a la publicatio, debemos entenderla como el acto de declaración de una actividad como servicio público, reservándola a favor del estado, mediante una ley (ya que se trata de una limitación a la libertad de empresa). La publicatio ha sido criticada en la medida que se discute la titularidad estatal de los servicios.

Respecto de la titularidad de los servicios públicos, cabe señalar que se reconoce en un principio la titularidad estatal3, discutiéndose luego, ya que al fin y al cabo, los servicios públicos son actividades económicas, pero que por decisión estatal son publificadas o declaradas como servicio público. En cambio, se reconoce ahora que existen actividades económicas privadas cuya prestación reviste interés público, que son sometidos a una regulación especial de parte d...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex Perú

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía