Tres áreas en la evolución de la regulación del impacto ambiental

AutorVito Verna Coronado
CargoAbogado, magíster en Economía y Management Ambiental
Páginas63-81

Page 64

I Introducción

El presente artículo es el resultado del intento por construir recomendaciones para la mejora del marco regulatorio del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Estas recomendaciones serán derivadas de los rasgos esenciales de los derechos ambientales, las políticas públicas ambientales, el estudio de impacto ambiental y la evaluación de impacto ambiental; ello con la finalidad de contribuir a la generación de confianza ciudadana a partir de la expedición de la certificación ambiental.

La inquietud que motiva la presente reflexión nace de los problemas de confiabilidad que actualmente despierta la certificación ambiental, acto administrativo destinado a declarar la viabilidad ambiental y social de los proyectos, tanto públicos como privados, en el marco del SEIA.

Cabe precisar que el autor es consciente de que la confianza en la certificación ambiental del Estado depende de una serie de variables y de que estas no necesariamente tienen que ver con aspectos involucrados en el EIA, el SEIA o la regulación. Sin embargo, considera que fijar la confianza como objetivo último de la certificación ambiental coadyuva a alinear su regulación a uno de los logros máximos de las instituciones públicas: alcanzar y mantener la confianza de la población en su trabajo.

II Marco del análisis
II 1. Los derechos ambientales

El reconocimiento del derecho a un medio ambiente adecuado proviene de la comprensión de la vinculación vital que existe entre los seres humanos y su medio ambiente. Todos nosotros somos, al igual que los demás seres vivos, componentes del sistema ambiental e interactuamos permanentemente con él. En esta medida, nuestra calidad de vida, salud, bienestar y hasta la funcionalidad de nuestros sistemas sociales, culturales y económicos dependen del equilibrio ecosistémico. Cada vez más, y con mayor frecuencia, somos testigos de las consecuencias que puede producir una sequía o abundancia de lluvias en los precios de los alimentos, o

Page 65

de la forma en que el cambio climático alterará nuestras vidas, hábitos cotidianos e ingresos económicos en el mediano y largo plazo.

Esta constatación, evidentemente, se refleja en el Derecho, en razón de ello, el disfrute del derecho a la paz, a la integridad personal, a la salud, a la vida, a la propiedad, al trabajo, entre muchos otros, depende también del equilibrio de los ecosistemas.

Pero no solo ello, tal como lo expone el numeral 2 del artículo 6 de la Declaración del Derecho al Desarrollo, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1986, «todos los derechos humanos y libertades fundamentales son indivisibles e interdependientes»1. Del mismo modo, el principio 25 de la Declaración de Río de Janeiro proclama que «la paz, el desarrollo y la protección del medio ambiente son interdependientes e inseparables»2.

Los ecosistemas, además de su relación más o menos evidente con la salud y la vida, prestan fundamentales servicios a la actividad económica, los cuales hacen posible su expansión y crecimiento. En efecto, la provisión de materia prima a los sistemas productivos, así como la capacidad de asimilación, degradación y dispersión de los desechos de la producción y el consumo son solo algunos ejemplos de lo que el ambiente hace por la economía mundial y a la vez, la prueba concreta de la dependencia que tiene esta respecto de la funcionalidad equilibrada del ambiente.

Sobrepasar la capacidad ambiental de «procesar» naturalmente los desechos y proveernos materia o energía tendrá inevitablemente consecuencias. Estas se traducirán jurídicamente en vulneraciones a nuestros derechos y económicamente en externalidades ambientales negativas3.

Eduardo García Villegas, en su artículo «Anotaciones sobre derechos humanos ambientales», afirma que «en un sentido amplio, los derechos humanos ambientales son casi todos, pues los impactos ambientales no se pueden desvincular prácticamente de ninguna de las actividades humanas reguladas por el derecho»4. Asimismo, los derechos ambientales se encuentran entrelazados entre sí y con el medio ambiente, en razón de ello, su goce efectivo se encuentra condicionado a la funcionalidad armónica de los ecosistemas. Esta realidad subraya la importancia del

Page 66

enfoque sistémico en la compresión de la realidad jurídica, económica y científica actual.

Desde la perspectiva sistémica, los derechos ambientales se encuentran vinculados entre sí y su disfrute depende de las condiciones ambientales imperantes, las cuales pueden ser conocidas a través de las ciencias y sus métodos para producir conocimiento. En este orden de ideas, evaluar la vigencia de los derechos ambientales de la población implica, muchas veces, recurrir al establecimiento de parámetros estandarizados de medición, los cuales deben ser confrontados con monitoreos expresados en valores comparables. Ello da cuenta de la complementariedad, cada vez más necesaria, entre las ciencias jurídicas y las demás ciencias, complementaridad cuya finalidad es producir nuevos saberes sobre el goce efectivo por parte de la comunidad de los derechos ambientales.

II 2. Políticas ambientales

El 23 de mayo de 2009 se aprobó la Política Nacional del Ambiente, la cual expresa en su estructura y materia involucrada la enorme complejidad de los desafíos ambientales trazados. Gestionar racional e integralmente los recursos naturales, preservar o recomponer la calidad ambiental, o promover las potencialidades que nos ofrece el ambiente para mejorar la competitividad de nuestra economía son objetivos cuya realización implica una aproximación transectorial, sistémica y compleja; todos ellos rasgos esenciales y característicos de la gestión ambiental.

Encontramos, entre otras muchas tareas que supone la gestión ambiental, las siguientes: generar condiciones de acceso y participación equitativa en los beneficios del aprovechamiento de los recursos genéticos, alcanzar una gestión integral y sostenible de los recursos hídricos, alcanzar el uso seguro de la biotecnología, caracterizar la aptitud del territorio a través de la zonificación ecológica económica, sensibilizar a la población frente a la necesidad de adaptarse al cambio climático, desarrollar instrumentos y metodologías para la valoración de los servicios ambientales, lograr el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y no renovables, remediar o recuperar zonas ambientalmente degradadas, prepararnos para afrontar los riesgos naturales o ambientales, promover una producción limpia y la ecoeficiencia, e incorporar el enfoque intercultural en la gestión ambiental. Realizar dichas tareas implica la acción de una serie de competencias, disciplinas y ciencias.

Gran parte de las disciplinas del saber humano se dan cita y colaboran en la realización del objetivo o la política ambiental. No solo las ciencias naturales contribuyen con sus hallazgos a la conservación de un entorno adecuado, la ingeniería, la economía, el derecho, la medicina, la sociología, la antropología, la educación, la administración y la

Page 67

psicología, todas mantienen y ensanchan cada vez más su lugar en la consecución de un planeta cada vez más funcional, capaz de albergar a una población todavía creciente en número y necesidades. Población que tiene el reto de construir nuevos hábitos de vida y consumo compatibles con su entorno. La realización de los objetivos de la política ambiental congrega la acción integrada y coordinada de las ciencias naturales y sociales, exactas o no, no solo en la búsqueda de nuevas tecnologías, innovaciones técnicas y tecnológicas o novedosas pruebas, sino también en la necesidad de producir nuevos paradigmas, nuevos principios, nuevos valores y consecuentemente nuevas reglas que nos permitan seguir manteniendo el equilibrio ambiental global y local o, dicho en otras palabras, la vigencia efectiva del derecho fundamental al medio ambiente adecuado.

Los objetivos ambientales, al igual que los derechos ambientales, se juegan tanto en las grandes decisiones sobre mega proyectos, como en las pequeñas decisiones cotidianas de consumo y disposición de desechos de siete mil millones de personas. La política ambiental constituye la integración de varias políticas y múltiples instrumentos de gestión en diferentes campos del actuar humano, organizados de tal forma que recreen la relación entre sistemas sociales, económicos y ambientales altamente complejos. En consecuencia, lo ambiental exige síntesis y no especialidad, enfoque sistémico para comprender y no división para analizar. Lo ambiental resulta ser la conjunción de pensamientos, saberes, disciplinas, políticas, instrumentos, intenciones y un largo etcétera, dispuestos a mantener el equilibrio y funcionalidad de los ecosistemas, los cuales mantienen nuestra economía en expansión, nuestra vida en desarrollo y la vida de los demás seres en permanente evolución.

Por otro lado, las políticas ambientales han experimentado una interesante evolución. Al respecto, resulta interesante citar el caso europeo, continente que se inició en la elaboración de políticas ambientales en 1972. Gómez Orea considera que:

Los dos primeros [programas de acción]...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR