Título preliminar
El sistema concursal. Una mirada a la novísima legislación peruana (2009)
Esteban Carbonell O'Brien -
Seccion: Análisis exegetivo de la Ley General del Sistema Concursal
El sistema concursal. Una mirada a la novísima legislación peruana (2009)
Esteban Carbonell O'Brien -
Seccion: Análisis exegetivo de la Ley General del Sistema Concursal
Resumen
Comentarios. Art. I.- Objetivo de la ley. Comentarios. Art. II.- Finalidad de los procedimientos concursales. Comentarios. Art. III- Decisión sobre el destino del deudor. Comentarios. Art. IV.- Universalidad. Comentarios. Art. V.- Objetividad. Comentarios. Art. VI.- Proporcionalidad. Comentarios. Art. VII.- Inicio e impulso de los procedimientos concursales. Comentarios. Art. VIII.- Conducta procesal. Comentarios. Art. IX- Integración de la norma. Comentarios. Art. X.- Rol promotor del Estado. Comentarios.
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Extracto
Título preliminar
Comentarios
Hemos de reseñar que por vez primera nuestra norma concursal, esboza un Título Preliminar, asunto que resulta relevante porque en dicho ítem se verifica los lineamientos que nutren al sistema y orientan el comportamiento de los agentes involucrados en el procedimiento concursal. Consideramos imprescindible anotar que la Ley bajo comentario, desarrolla la idea principal del fin último del procedimiento concursal, siendo ésta, la mejor tutela del crédito a través de diversas vías: sea la liquidación o conservación de la empresa, buscando flexibilizar el procedimiento y ofrecer diversas vías según se desprenda de la situación económico-patrimonial del deudor, dejándose de lado, los múltiples defectos de lo que adoleció la anterior legislación, siendo uno de ellos, la pluralidad de procedimientos concúrsales. Art. I.- Objetivo de la ley El objetivo de la presente es la recuperación del crédito mediante la regulación de procedimientos concúrsales que promuevan la asignación eficiente de recursos a fin de conseguir el máximo valor posible del patrimonio del deudor. "Texto según Dec. Leg. Nº 1050. Comentarios Con esta modificación se ha llevado al texto normativo lo que la realidad a puesto en evidencia: la protección del crédito viene a constituir el objetivo principal del mencionado sistema a fin de resguardar los derechos de los acreedores, no solo porque precisamente son ellos quienes más se perjudican con la situación del deudor concursado, sino también porque la consecución copulativa de los tres objetivos que preveía el texto anterior era inviable en la mayoría de los casos. Art. II.- Finalidad de los procedimientos concursales Los procedimientos concúrsales tienen por finalidad propiciar un ambiente idóneo para la negociación entre los acreedores y el deudor sometido a concurso, que les permita llegar a un acuerdo de reestructuración o, en su defecto, a la salida ordenada del mercado, bajo reducidos costos de transacción. Comentarios Consideramos que la finalidad de un procedimiento concursal, engloba la tutela del crédito en su máxima expresión. Dicho esto, apreciamos que el legislador confunde en la presente Ley, el fin propiamente dicho, con el objetivo de la norma, es por ello, que encuentra similitud el texto del artículo anterior, con el que se encuentra bajo comentario. Es oportuno comentar que el desarrollo alcanzado por la economía en el mundo moderno, tiene una de sus bases en la aparición, consolidación y desarrollo de la institución del crédito: sería impensable el estado actual de nuestra civilización, si la humanidad hubiera tenido que evolucionar su industria y comercio mediante trueque o pagos al con...Ver el contenido completo de este documento
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