Sobre algunas teorías del discurso práctico

AutorRobert Alexy
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Público y Filosofía del Derecho, Universidad de Kiel, Alemania
Páginas65-250

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Sobre algunas teorías del discurso práctico

A. SOBRE ALGUNAS TEORÍAS DEL DISCURSO PRÁCTICO

I. EL DISCURSO PRÁCTICO EN LA ÉTICA ANALÍTICA

Para saber si y cómo pueden ser fundamentados los enunciados, proposiciones u oraciones1normativas se debe saber primero qué son enunciados, proposiciones u oraciones normativas. Una teoría sobre la fundamentación de los mismos presupone, pues, una teoría del lenguaje normativo2.

1 Estos tres conceptos pueden determinarse provisionalmente de la siguiente manera: Un enunciado es una determinada secuencia de signos, por ejemplo sonoros o escritos; una oración, el uso de un enunciado en una determinada situación; y una proposición, lo que se dice con un enunciado, su significado. Estos conceptos se aclararán en lo que sigue. Se fundamentará especialmente por qué tiene sentido hablar de «proposiciones normativas». Donde no importen las diferencias, en adelante se usará indistintamente «proposición» o «enunciado».

2 Cfr., por ejemplo, J. O. URSOM, The Emotive Theory of Etics, London, 1968, p. 9: «But as soon as we raise the cuestion how a certain type of assertion, the moral, the mathematical or the aestetic, for example, can be reasonable arrived at or defended, it is clearly necessary to determine the general character

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El análisis del lenguaje normativo, en especial del lenguaje de la moral, ha sido en las últimas décadas objeto de numerosas investigaciones en el marco de la filosofía analítica. Se ha formado así una disciplina propia llamada «metaética». Puesto que la teoría del lenguaje normativo constituye la base de la teoría de la fundamentación de enunciados, proposiciones, etc., normativos, se discutirán aquí en primer lugar las diferentes teorías metaéticas. Tal discusión es necesaria, ante todo, porque hay una serie de teorías metaéticas que no son compatibles con la teoría del discurso racional propuesta en esta investigación.

El modelo más simple de un discurso práctico consiste en una discusión entre dos personas sobre si «a» debe ser hecho o sobre si «a» es bueno. Hay dos posibilidades para que éstas puedan llegar a un acuerdo. La primera consiste en que el uno demuestre, justifique, fundamente, etc., ante el otro que su afirmación es verdadera. La segunda consiste en conseguir el acuerdo del otro de alguna otra manera. Los medios para ello son grandes; así, se puede utilizar cualquier método de persuasión, de influencia psíquica o de propaganda. En el primer caso se trata de la justificación de una convicción moral3. En el segundo caso ésta puede, en el mejor de

of such assertions, to make explicit what sort of claims in what sort of field they make.»
3 Entre los conceptos de justificación y fundamentación de una convicción, aserción, proposición, etc., existen algunas diferencias, pero también importantes coincidencias. El concepto de justificación es, por una parte, más amplio que el de fundamentación. Así, se puede hablar de justificación de una oración tanto si el hablante concede que aunque no esté fundamentada es, sin embargo, necesaria para evitar males, como también si la misma está fundamentada. Por otra parte, el concepto de justificación es más estrecho. De una justificación se hablará sobre todo cuando se ofrecen razones frente a una objeción o una duda. Sin embargo, en muchos contextos se pueden usar am-

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los casos, ser explicada psicológicamente. La cuestión que se discutirá en lo que sigue es: ¿Es posible la justificación de convicciones morales, y, en caso de que lo sea, cómo es posible?

1. Naturalismo e intuicionismo

Hay dos posiciones metaéticas según las cuales se puede contestar positivamente a esta pregunta de un modo simple e indubitable: el naturalismo y el intuicionismo. Una teoría del discurso práctico racional como la aquí defendida es superflua si se puede sostener alguna de estas dos teorías.

1.1. El naturalismo

Aquí se designan como «naturalistas», siguiendo a MOORE,

aquellas teorías en las que se parte de que las expresiones normativas como «bueno» y «debido» pueden ser definidas a través de expresiones descriptivas4. Si esto es posible, las expresiones norma-tivas contenidas en enunciados normativos pueden ser sustituidas

bas expresiones. Por ello, en adelante se usarán en gran medida como sinónimos.
4 Cfr. G. E. MOORE, Principia Ethica, Cambridge, 1903, p. 40: «I have thus appropriated the name naturalism to a particular method of approaching Ethics... This method consist in substituting for «good» some one property of a natural object or a collection of natural objects; and in this replacing Ethics by some one of the natural sciences.» El naturalismo, que se consideró como superado durante mucho tiempo, ha encontrado de nuevo seguidores en época reciente. Cfr. por ejemplo G. 1. WARNOCK, Contemporary Moral

Philosophy, London/ Basingstoke. 1967, pp. 62-77; Ph. FOOT, Moral Arguments, en: «Mind», 67 (1958), pp. 502-513; Id, Moral Beliefs, en: Theories of Ethics, ed. de Ph. FOOT, Oxford, 1967, pp. 83-l00. Las concepciones de estos autores designados como «neonaturalistas» son considerablemente más diferenciadas de lo que lo es la tesis indicada arriba. A ellos se volverá en la discusión de las nuevas teorías éticas.

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por expresiones descriptivas. Cada enunciado normativo llegaría así a ser un enunciado descriptivo y, como tal, sería comprobable según el procedimiento de las ciencias naturales y de las ciencias sociales de carácter empírico. La tarea de la ética se limitaría a la traducción de expresiones normativas en descriptivas. La vieja disputa de la derivación del deber a partir del ser estaría además decidida en sentido positivo, puesto que los enunciados normativos serían equivalentes a los descriptivos.

1.1.1. El ataque de MOORE a esta tesis (defendida de forma explícita sólo muy raramente) al comienzo del siglo supuso la iniciación del desarrollo de la metaética. MOORE reprocha al naturalismo una falacia, «la falacia naturalista» (naturalistic fallacy)5,

y fundamenta este reproche principalmente con su famoso argumento de la cuestión abierta (open-question argument)6.

Si se define «bueno» mediante un predicado empírico, por ejemplo, como «aquello a lo que aspira la mayoría», entonces «bueno» puede sustituirse siempre por «aquello a lo que aspira la mayoría». Ahora se puede plantear la cuestión: La mayoría aspira a A, pero ¿es A también bueno? Si la tesis definicionista fuera válida, esta pregunta tendría tan poco sentido como la siguiente: La mayoría aspira a A, pero ¿aspira la mayoría también a A? Sin

5 La elección de esta expresión es algo desafortunada. Como FRANKENA ha

mostrado, el núcleo del reproche de MOORE consiste en que «bueno» se defina de alguna manera. Así, MOORE se dirige no sólo contra las definicioncs a través de expresiones descriptivas. Él usa el término «naturalistic fallacy» también en relación con definiciones mediante expresiones metaéticas (cfr. G. E MOORE, Ibid., pp. 39, 114). Por ello, FRANKENA habla de una «falacia definicionista» (definist fallacy); cfr. W. K. FRANKENA, The Naturalistic, en: Theories of Ethics, ed de Ph. FOOT. Oxford, 1967, p. 57.
6 Cfr. G. E MOORE, Ibid., pp. 15 y ss.

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embargo esto no es así. La primera pregunta tiene pleno sentido; la segunda no. Por tanto, el significado de «bueno» puede no coincidir, por lo menos no completamente, con el de «aquello a lo que aspira la mayoría». En lugar de «aquello a lo que aspira la mayoría» se puede tomar cualquier predicado o conjunto de predicados. «Cualquiera que sea la definición que se ofrezca, puede preguntarse con sentido, del conjunto así definido, si él mismo es bueno»7. De aquí se deriva que la tesis definicionista del naturalismo no es válida.

1.1.2. El argumento de la open-question ha sido duramente criticado por diferentes razones. Aquí se recogerán tres puntos de crítica especialmente importantes8.

Se le ha objetado que si bien es posible que el argumento sea válido respecto a todas las propuestas de definición consideradas hasta ahora, esto no excluye que un día se encuentre una definición contra la que no pueda ser utilizado9. Sin embargo, teniendo en cuenta que este argumento es válido en muchos casos, sólo se le podrá atribuir un peso mayor a esta objeción si se concreta de algún modo la mera posibilidad fáctica de tal caso.

Otra objeción se funda en la posibilidad de la sinonimia encubierta (covert synonymity). Los significados de dos expresiones pueden ser idénticos sin que esto se vea fácilmente. En este caso, «bueno» sería definible aunque el argumento de la cuestión

7 G. E. MOORE, Ibid., p.15.

8 Sobre otras objeciones cfr. K. NIELSEN, Problems of Ethics, en: The Encyclopedia of Philosophy, ed. de P. Edwuards, New York/ London, 1967, vol. 3, pp. 127 y s.

9 G. C. KERNER, The Revolution in Etical Theory, Oxford, 1966, pp. 19 y s.; N. HOERSTER, Zum problem der Ableitung eines Sollens aus einem Sein in der analytischen Moralphilosophie, en: «ARSP», 55 (1969), pp. 20 y s.

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abierta esté en contra10. Esta objeción, al igual que la anterior, no puede ser rebatida estrictamente sino que sólo se puede disminuir su peso; parece que está justificado el no atribuir demasiada importancia a la posibilidad de una sinonimia encubierta mientras no se puedan aducir razones para su existencia11. La fuerza del argumento de la open-question descansa precisamente en que hasta ahora aún no se han aducido tales razones de un modo convincente12.

Se ha señalado además que «bueno» en cuanto que es la expresión moral más general, pese a no poder ser definido con independencia de los diferentes contextos, adquiere, en algunos de éstos, un firme significado descriptivo, de tal manera que es posible una definición de este tipo. Sin...

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