RESOLUCION MINISTERIAL N° 699-2014/MINSA - Aprueban Documento Técnico 'Manual para la Vigilancia, Prevención y Control Sanitario de Agentes Zoonóticos y Zoonosis relacionados a la Paloma Doméstica'

EmisorSALUD
Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2014
El Peruano
Sábado 20 de setiembre de 2014 532933
en los campos de salud pública, control de enfermedades
transmisibles y no transmisibles, alimentación y nutrición,
producción de biológicos, control de calidad de alimentos,
productos farmacéuticos y a nes, salud ocupacional
y protección del ambiente centrado en la salud de las
personas y la salud intercultural, para contribuir a mejorar
la calidad de vida de la población;
Que, en tal sentido, en el marco de la misión y
funciones del Instituto Nacional de Salud, resulta de suma
importancia la participación del titular de dicha entidad en
las actividades programadas con las Escuelas de Medicina
de las Universidades George Washington y Johns Hopkins
University y el National Institutes of Health, toda vez
que ello permitirá consolidar los lazos de cooperación e
intercambio de información con entidades de prestigio a
nivel internacional dedicadas al estudio e investigación en
materia de salud, posibilitando compartir los avances en
la búsqueda de soluciones frente a patologías en la salud
de las personas, lo cual incidirá en bene cio de la mejora
de la calidad de vida de la población peruana;
Que, la O cina Ejecutiva de Plani cación, Presupuesto
e Inversiones del Instituto Nacional de Salud, informa que
el viaje a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos
de América del funcionario en mención, cuenta con la
disponibilidad presupuestal correspondiente en la Fuente
de Financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego
131: Instituto Nacional de Salud, para la adquisición
de los pasajes en tarifa económica, así como viáticos
para siete (07) días, incluyendo el equivalente a un día
adicional para gastos de instalación, en concordancia con
la normatividad vigente;
Que, en mérito a lo expuesto, atendiendo a la
transcendencia, temática y relevancia de los eventos
señalados en los considerandos precedentes, resulta de
suma importancia la participación del Jefe del Instituto
Nacional de Salud del Ministerio de Salud, siendo de
interés nacional autorizar el viaje al exterior del citado
funcionario;
Que, conforme a lo dispuesto en el último párrafo del
numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de
las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos
públicos, por supuestos distintos a los señalados en los
literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, deberá
canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de
Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema,
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10º de
la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014; en la Ley Nº 27619, Ley que
regula la autorización de viajes al exterior de los servidores
y funcionarios públicos; en su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modi catorias;
y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Licenciado en
Biología Carlos Ernesto Bustamante Donayre, Jefe del
Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud, a la
ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América,
del 25 de setiembre al 2 de octubre de 2014, para los
nes expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución Suprema.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con
cargo a la fuente de nanciamiento Recursos Ordinarios
del Pliego 131: Instituto Nacional de Salud, conforme al
siguiente detalle:
- Pasaje aéreo (tarifa económica, incluido TUUA) : US$ 1,009.26
- Viáticos por 7 días (US$ 440 x día) : US$ 3,080.00
TOTAL : US$ 4,089.26
Artículo 3º.- Disponer que dentro de los quince
(15) días calendario posteriores a su retorno, el citado
funcionario presente a la Ministra de Salud, un informe
detallado, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos, en el evento al que acudirá, así
como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no
otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de
impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y
por la Ministra de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
1140561-11
Aprueban Documento Técnico “Manual
para la Vigilancia, Prevención y Control
Sanitario de Agentes Zoonóticos y
Zoonosis relacionados a la Paloma
Doméstica”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 699-2014/MINSA
Lima, 17 de setiembre del 2014
Visto, el Expediente N° 12-113783-001 que contiene
el Informe N° 01519-2014-DHAZ/DIGESA, de la Dirección
General de Salud Ambiental;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley
N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud
es condición indispensable del desarrollo humano y
medio fundamental para alcanzar el bienestar individual
y colectivo, y que la protección de la salud es de interés
público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla,
vigilarla y promoverla;
Que, el artículo 105 de la precita Ley señala que
corresponde a la Autoridad de Salud de nivel nacional,
dictar las medidas necesarias para minimizar y controlar
los riesgos para la salud de las personas derivados de
elementos, factores y agentes ambientales;
Que, el literal d) del artículo 48° del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Salud,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2005-SA,
establece como función de la Dirección General de Salud
Ambiental, entre otras, conducir la vigilancia de riesgos
ambientales y la plani cación de medidas de prevención
y control;
Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del
artículo 49° del antedicho Reglamento, la Dirección de
Higiene Alimentaria y Zoonosis de la Dirección General de
Salud Ambiental, tiene entre sus funciones establecer las
normas y coordinar la vigilancia sanitaria de los alimentos,
zoonosis y la supervisión de las actividades de prevención
y control de los agentes patógenos en la protección de la
salud de los consumidores y la salud pública;
Que, con el documento del visto, la Dirección General
de Salud Ambiental remite para su aprobación el proyecto
de Documento Técnico: “Manual para la Vigilancia,
Prevención y Control Sanitario de Agentes Zoonóticos
y Zoonosis relacionados a la Paloma Doméstica”, cuya
nalidad es contribuir a proteger la salud de la población y
mantener un entorno saludable, a través de la vigilancia,
prevención y control sanitario de los factores de riesgo
ocasionados por los agentes zoonóticos y zoonosis
relacionados a la paloma doméstica;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de
Salud Ambiental;

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