02 044 - Acuerdan brindar apoyo a Regidora respecto a Proyecto de Ley destinado a sustituir el proceso judicial de conocimiento existente para los niños no reconocidos por uno sumarísimo
Fecha de disposición | 22 Marzo 2003 |
Fecha de publicación | 22 Marzo 2003 |
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 22 de marzo de 2003
nistración Tributaria, mediante el cual eleva propuesta
de prórroga de la fecha de vencimiento respecto a los
meses de enero, febrero y marzo y del pago al Contado
Anual del Impuesto Predial y del Arbitrio de Limpieza
Pública, Parques y Jardines, correspondiente al presente
Ejercicio 2003. Establecido en la Ordenanza Nº 079-C/
MC del 28 de febrero de 2003;
CONSIDERANDO:
Que, es competencia de la Municipalidad, crear, mo-
dificar, suprimir o exonerar sus contribuciones, arbitrios
y derechos, conforme a ley, numeral 4, Artículo 10º de la
Ley Nº 23853, Art. 14º del Decreto Legislativo Nº 776 -
Ley de Tributación Municipal;
Que, el Art. 2º de la Ordenanza Nº 79-C/MC prorroga
hasta el 15 de marzo del 2003 el vencimiento de los
meses de enero y febrero, y del pago al contado anual
del Impuesto Predial y de los Arbitrios de Limpieza Públi-
ca, Parques y Jardines 2003;
Que, mediante Informe Nº 55-2003-OAT/MC la Ofici-
na de Administración Tributaria, presenta propuesta de
prórroga para el pago de los tributos municipales hasta
el 31 de marzo del 2003;
En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni-
ca de Municipalidades - Ley Nº 23853, el pleno del Con-
cejo por Unanimidad aprobó la siguiente:
ORDENANZA
Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo del
2003 el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 79-C/MC respec-
to a la fecha de vencimiento de los meses de enero y
febrero, marzo y del pago al contado anual de los tribu-
tos Municipales, correspondiente al Impuesto Predial y
al Arbitrio de Limpieza Pública, Parques y Jardines del
Ejercicio 2003.
Segundo.- La Oficina de Administración y Finanzas,
brindará, el apoyo económico, logístico y de Servicio a la
Oficina de Administración Tributaria y a la Unidad de
Comunicación Municipal, para que faciliten la orientación
al contribuyente y la publicidad y difusión de la presente
Ordenanza.
Tercero.- Dispensar del dictamen de la Comisión de
Administración, Planificación, Presupuesto, Economía y
Finanzas, así como de la lectura y aprobación del Acta
para su inmediato cumplimiento.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI
Alcalde
05625
MUNICIPALIDAD
DE PUNTA NEGRA
Establecen tasa de arbitrios por servi-
cio de limpieza pública, parques y jar-
dines para el período 2003
ORDENANZA Nº 005-2003/MDPN
Punta Negra, 8 de marzo del 2003
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
DE PUNTA NEGRA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en pleno, en Sesión Extraordi-
naria de Concejo de fecha 8 de marzo del 2003, aprobó
por UNANIMIDAD la Ordenanza que establece la Tasa
de Arbitrios por Servicio de Limpieza Pública, Parques y
Jardines en el distrito de Punta Negra - Período 2003;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú establece en su
den crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o
exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los
límites que señala la Ley;
Que, de acuerdo al Art. 68 Inc. a) del D. Leg. Nº 776
- Ley de Tributación Municipal, las Municipalidades po-
drán imponer las Tasas por servicios públicos o arbi-
trios, las cuales se pagan por la prestación o mante-
nimiento de un servicio público individualizado en el con-
tribuyente consisten regula la creación de los arbitrios;
Que, la Ley Nº 26725 que modifica el Art. 69º de la
Ley de Tributación Municipal, establece que las tasas
por servicios públicos o arbitrios se calcularán, dentro
del primer trimestre de cada ejercicio fiscal, en función
del costo efectivo del servicio a prestar;
Que, el D.S. Nº 191-2002-EF del 18 diciembre de
2002 estableció el valor de la UIT para el presente ejer-
cicio en S/. 3,100.00;
Estando a lo dispuesto por el numeral 3) del Artículo
36º y el Artículo 109º de la Ley Orgánica de Municipali-
dades, ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA DE
ARBITRIOS POR SERVICIO DE LIMPIEZA
PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES EN LA
JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE
PUNTA NEGRA - PERÍODO 2003
Artículo Primero.- APLÍQUESE para el ejercicio
2003, las disposiciones Municipales y montos estable-
cidos en la Ordenanza Nº 001-2000MDPN que esta-
blece el Régimen Tributario de los Arbitrios de Lim-
pieza Pública y Parques y Jardines, publicada el 22
de abril del 2000 y ratificada por la Municipalidad Metro-
politana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº
120 de fecha 7 de mayo del 2000 y publicado el 15 de
junio del 2000.
Artículo Segundo.- La Unidad Impositiva Tributaria
(UIT) aplicable será la que se encuentra vigente a partir
del 1 de enero del presente año.
Artículo Tercero.- Encárguese a la Oficina de Admi-
nistración y Dirección de Rentas el fiel cumplimiento de
la presente Ordenanza y a la Secretaría General su
publicación correspondiente.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ROSA PATRICIA LI SOTELO
Alcaldesa
05559
MUNICIPALIDAD DE
SAN BARTOLO
Acuerdan brindar apoyo a Regidora res-
pecto a Proyecto de Ley destinado a
sustituir el proceso judicial de conoci-
miento existente para los niños no reco-
nocidos por uno sumarísimo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 044
San Bartolo, 12 de marzo de 2003
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, fecha 12 de
marzo del 2003;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 3 de marzo del 2003, la regidora Dra.
ROSARIO SASIETA MORALES, presentó al Congreso
de la República el Proyecto de Ley destinado a sustituir
el actual proceso judicial de conocimiento existente para
los niños no reconocidos por uno sumarísimo. Asimis-
mo, por intermedio del Congresista Yonhy Lescano An-
cieta, dicho Proyecto será sustentado de conformidad
con lo establecido en el artículo 107º de la Constitución
Política del Perú;
Que, la iniciativa de la Regidora constituye un
aporte Legislativo que contribuirá para que el Poder
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