1683 018-2003-COFOPRI/TAP - Suspenden procedimiento de formalización de la propiedad de lote de terreno ubicado en el distrito de Cerro Colorado, departamento de Arequipa
Fecha de publicación | 15 Febrero 2003 |
Fecha de disposición | 15 Febrero 2003 |
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 15 de febrero de 2003
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Con-
trataciones y Adquisiciones de la Universidad Nacional
Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, para el
Año Fiscal 2003, el mismo que forma parte integrante de
la presente Resolución.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Vicepresi-
dencia Administrativa realice la publicación de la pre-
sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, den-
tro de los diez (10) días hábiles siguientes a su apro-
bación, así como la remisión del mismo al Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-
do CONSUCODE y a la Comisión de la Pequeña y
Microempresa PROMPYME.
Artículo Tercero.- DISPONER que el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Na-
cional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas para
el Año Fiscal 2003, sea difundido para conocimietos y
fines.
Regístrese y comuníquese.
SEGUNDO PASCUAL CAMACHO
Presidente Comisión Organizadora
02997
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones
y Contrataciones de la Universidad
Nacional José Faustino Sánchez Carrión
UNIVERSIDAD NACIONAL
"JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN"
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 058-2003-UH
Huacho, 30 de enero del 2003
CONSIDERANDO:
Que mediante Oficio Nº 036-2003-DELyP, el Director
Ejecutivo de Logística y Patrimonio, con la conformidad
del Vicerrector Administrativo, presenta el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones 2003 de la Universidad
Nacional José Faustino Sánchez Carrión de Huacho,
que de acuerdo a la normatividad vigente debe formali-
zarse su aprobación;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 7º del
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 012-2001-PCM las entidades de la Administra-
ción Pública deben elaborar un Plan Anual de Adquisi-
ciones y Contrataciones que contemple los bienes, ser-
vicios, obras y el monto del presupuesto requerido du-
rante el ejercicio presupuestal correspondiente;
Que, el inciso a) del Artículo 6º del D.S. Nº 013-
2001-PCM, Reglamento de la Ley de Adquisiciones y
Contrataciones del Estado, modificado por el D.S.
Nº 079-2001-PCM, concordante con el numeral 39 de
las disposiciones específicas de la Directiva Nº 022-
2001-CONSUCODE/PRE, establece que el Plan Anual
contendrá, por lo menos: las licitaciones públicas, con-
cursos públicos y adjudicaciones directas que se eje-
cuten en el ejercicio fiscal, objeto, valor estimado fuen-
te de financiamiento, etc;
Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el
numeral 2) de la Directiva del CONSUCODE, establece
que el Titular del Pliego o la máxima autoridad adminis-
trativa, de la entidad, deberá aprobar el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones;
Estando a lo autorizado; y,
De conformidad con las facultades conferidas por la
Ley Universitaria Nº 23733 y Estatuto de la Universidad;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar, el PLAN ANUAL DE ADQUISI-
CIONES Y CONTRATACIONES 2003 de la Universidad
Nacional José Faustino Sánchez Carrión, el mismo que
anexo al presente forma parte de la presente Resolu-
ción.
Artículo 2º.- Encargar al Vicerrector Administrativo
poner a disposición de los interesados el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el artículo
precedente, de conformidad con lo previsto en el nume-
ral 4) del Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 013-2001,
debiendo publicarse en el Diario Oficial EL PERUANO
dentro de los 10 días siguientes a su aprobación.
Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a las
Instancias correspondientes de la Universidad, para su
conocimiento y demás fines.
Regístrese, comuníquese y archívese.
ZOILA F. HONORIO DURAND
Rectora
03087
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
COFOPRI
Suspenden procedimiento de formaliza-
ción de la propiedad de lote de terreno
ubicado en el distrito de Cerro Colora-
do, departamento de Arequipa
COMISIÓN DE FORMALIZACIÓN DE
LA PROPIEDAD INFORMAL
Expediente Nº 2002-195-COFOPRI/TAP
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE LA PROPIEDAD
Nº 018-2003-COFOPRI/TAP
Lima, 28 de enero de 2003
VISTO:
El Informe Nº 163-2002-COFOPRI/OJAAQP del 16
de mayo de 2002, emitido por la Jefatura de la Oficina de
Jurisdicción Ampliada de la Sede Central Lima - Ciudad
de Arequipa - COFOPRI, a través del cual solicita a este
Tribunal declarar la Nulidad de la Resolución Directoral
Nº 927-99-MPA-C.2 del 20 de setiembre de 1999, expe-
dida por la Dirección de Asentamientos Humanos de la
Municipalidad Provincial de Arequipa (fojas 21), median-
te la cual se declaró la reversión en favor del Estado del
lote 16, Mz. "R" del Asentamiento Humano "Asociación
de Vivienda y Talleres de I.S. Andrés Avelino Cáceres",
ubicado en el distrito de Cerro Colorado, provincia y
departamento de Arequipa, inscrito en el Registro Pre-
dial Urbano con el Código Nº P06109490, en adelante "el
predio" y se adjudicó en favor de Porfirio Santa Cruz
Uscachi y Margarita Checca Ccaya; y,
CONSIDERANDO:
1. Que, el 31 de agosto de 1998 se instaló el ahora
denominado Tribunal Administrativo de la Propiedad, ór-
gano de resolución de segunda y última instancia con
competencia a nivel nacional, que conoce y resuelve los
procedimientos administrativos relacionados con las
competencias de la COFOPRI, de acuerdo con lo estable-
cido por el artículo 15º del Reglamento de Normas1, por
lo que la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Sede
Central Lima - Ciudad Arequipa ha remitido el expediente
a este Tribunal para que sea resuelto.
2. Que, el 10 de abril de 1989, la Municipalidad Pro-
vincial de Arequipa celebró un Contrato de Transferencia
de Dominio con Feliciano Castillo Flores y Encarnación
Soto Apaza, respecto de "el predio".
1Reglamento de Normas que regulan la organización y funciones de los órganos
de COFOPRI responsables del conocimiento y solución de medios impugnato-
rios, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2000-MTC, publicado en el Diario
Oficial El Peruano el día 6 de agosto de 2000.
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