RESOLUCION MINISTERIAL N° 970-2012-DE/SG - Delegan al Viceministro de Recursos para la Defensa la facultad de suscribir contratos de locación de servicios en representación del Ministerio de Defensa en el marco normativo establecido para el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público

Fecha de disposición29 Agosto 2012
Fecha de publicación29 Agosto 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 29 de agosto de 2012
473500
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 28261 se “Declara de necesidad y
utilidad pública, la recuperación integral y puesta en valor de la
zona intangible del Complejo Arqueológico de Chan Chan”;
Que, con el dispositivo previamente citado se otorga
fuerza de Ley a la Resolución Suprema Nº 518-67-ED,
del 14 de junio de 1967, con la cual se delimita la zona
intangible del Complejo Arqueológico de Chan Chan y
al Decreto Supremo Nº 003-2000-ED, que aprueba el
“Plan Maestro de Conservación y Manejo del Complejo
Arqueológico de “Chan Chan”;
Que, asimismo, la citada Ley establece que el Poder
Ejecutivo expedirá las disposiciones necesarias para la
recuperación integral del Complejo Arqueológico de Chan
Chan, a través de una Comisión Multisectorial presidida
por el Instituto Nacional de Cultura, e integrada por los
representantes de los sectores involucrados, así como por
un representante del Gobierno Regional de La Libertad y
otro de la Municipalidad Provincial de Trujillo;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 005-
2005-ED de fecha 30 de marzo de 2005 se conforma
la Comisión Multisectorial para la recuperación del
Complejo Arqueológico de Chan Chan, la misma que se
encuentra integrada por un representante del Instituto
Nacional de Cultura, quien la presidirá; un representante
del Ministerio de Educación; un representante del
Ministerio de Agricultura; un representante del Proyecto
Especial de Irrigación Chavimochic; un representante del
Gobierno Regional de La Libertad y un representante de
la Municipalidad Provincial de Trujillo, encargándole la
elaboración del Reglamento de la Ley Nº 28261;
Que, dada la función encomendada a la Comisión
Multisectorial a la que se alude en el considerando anterior,
corresponde precisar que la misma es de naturaleza
temporal, tal como lo dispone el numeral 2 del Artículo 36º
Que, mediante Ley Nº 29565, se creó el Ministerio
de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con
personería jurídica de derecho público;
modif‌i cado a través del Decreto Supremo Nº 002-2010-MC,
se aprobó la fusión por absorción del Instituto Nacional de
Cultura en el Ministerio de Cultura, la misma que culminó el
30 de setiembre del 2010. Asimismo, en el citado dispositivo
legal se dispuso que toda referencia al Instituto Nacional de
Cultura se entenderá al Ministerio de Cultura, por lo que resulta
conveniente adecuar la conformación de la citada Comisión;
Que, adicionalmente a la fecha, algunas instituciones que
guardan relación con el proceso de recuperación del Complejo
Arqueológico de Chan Chan deben ser consideradas dentro
de la Comisión Multisectorial; motivo por el cual, con la
opinión favorable del Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, es necesario incluir a un representante de
dicho Sector en la referida Comisión;
Que, asimismo es conveniente, a f‌i n de cumplir con los
objetivos de la Ley Nº 28261, que la Comisión Multisectorial
cuente con un órgano de apoyo que actúe como Secretaría
Técnica, brindando el soporte necesario;
De conformidad, con lo establecido en la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 28296, Ley del
Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 28261, Ley que
declara de Necesidad y Utilidad Pública la recuperación del
Complejo Arqueológico de Chan Chan; Ley Nº 29565, Ley
de creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo
Nº 001-2010-MC que aprueba la fusión de entidades y
órganos en el Ministerio de Cultura y su modif‌i catoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 1º de la Resolución
Suprema Nº 005-2005-ED, quedando la Comisión
Multisectorial de naturaleza temporal, a que se ref‌i ere el
Artículo 4º de la Ley Nº 28261, integrada de la siguiente
manera:
- Un representante del Ministerio de Cultura, quien la
presidirá;
- Un representante del Ministerio de Educación;
- Un representante del Ministerio de Agricultura;
- Un representante del Proyecto Especial de Irrigación
Chavimochic;
- Un representante del Gobierno Regional de La
Libertad;
- Un representante de la Municipalidad Provincial de
Trujillo; y,
- Un representante del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento.
La Comisión contará con una Secretaría Técnica como
órgano de apoyo y estará a cargo de un representante
designado por el Ministerio de Cultura quien dará el soporte
administrativo necesario.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro de Cultura, la Ministra de Educación, el Ministro
de Agricultura, y el Ministro de Vivienda, Construcción y
Saneamiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ
Ministro de Cultura
PATRICIA SALAS O’BRIEN
Ministra de Educación
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Agricultura
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
834506-5
DEFENSA
Delegan al Viceministro de Recursos
para la Defensa la facultad de suscribir
contratos de locación de servicios
en representación del Ministerio
de Defensa en el marco normativo
establecido para el Fondo de Apoyo
Gerencial al Sector Público
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 970-2012-DE/SG
Lima, 27 de agosto de 2012
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Ley Nº 25650 se creó el Fondo de
Apoyo Gerencial al Sector Público, destinado a compensar
adecuadamente el asesoramiento calif‌i cado que se brinde
a las diferentes reparticiones del Estado;
Que, el artículo 2° del Decreto de Urgencia Nº 053-2009
dispone que la selección de los locadores de servicios, así
como la suscripción del contrato correspondiente, que se
efectúe en el marco de las disposiciones que regulan al
referido fondo, serán efectuadas por el titular de la entidad
o por quien éste delegue para dichos f‌i nes;
Que, según lo dispuesto por el artículo 11° de la Ley
Nº 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Defensa, corresponde al Viceministro de Recursos para
la Defensa, la conducción de la actividad funcional del
Sector Defensa en los ámbitos de las políticas de recursos
materiales, humanos, presupuestales y de gestión
administrativa para la Defensa;
Que, conforme a lo previsto por el artículo 2° del
Decreto de Urgencia Nº 053-2009, procede delegar en
el Viceministro de Recursos para la Defensa la facultad
de suscribir en representación del Ministro de Defensa,
los contratos de locación de servicios que se celebren
en el Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001:
Administración General), en el marco normativo establecido
para el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en los literales u) y v)
del artículo 9° de la Ley Nº 29605 - Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Defensa, y en los literales
o) y r) del artículo 8° de su Reglamento, aprobado por el
Decreto Supremo Nº001-2011-DE;

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