RESOLUCION SUPREMA N° 035-2012-SA - Autorizan viaje de profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas a México, en comisión de servicios

Fecha de disposición01 Diciembre 2012
Fecha de publicación01 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 1 de diciembre de 2012
479756
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Designan Secretario Técnico del Consejo
de Defensa Jurídica del Estado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0293-2012-JUS
Lima, 27 de noviembre de 2012
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0205-2012-
JUS, se encargó al señor abogado Arturo Manuel Martínez
Ortíz las funciones de la Secretaría Técnica del Consejo
de Defensa Jurídica del Estado;
Que, resulta conveniente dar por concluido el
encargo de funciones a que referido en el considerando
precedente y a f‌i n de continuar con el normal desarrollo
de las funciones y actividades de la Secretaría Técnica
del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, por lo que
es necesario designar al funcionario que desempeñe el
correspondiente cargo de Secretario Técnico del Consejo
de Defensa Jurídica del Estado;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,
que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos;
el Decreto Legislativo Nº 1068, que crea el Sistema de
Defensa Jurídica del Estado; la Ley Nº 29809, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 011-2012-
JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
y;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluido el encargo de funciones
de la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica
del Estado conferido al señor abogado Arturo Manuel
Martínez Ortiz.
Artículo 2º.- Designar al señor abogado Arturo
Manuel Martínez Ortíz, en el cargo de Secretario Técnico
del Consejo de Defensa Jurídica del Estado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Justicia y Derechos Humanos
873321-1
SALUD
Autorizan viaje de profesionales de la
Dirección General de Medicamentos,
Insumos y Drogas a México, en comisión
de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 035-2012-SA
Lima, 30 de noviembre del 2012
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29459 – Ley de
los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y
Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional
de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y
Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable
de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar,
regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar,
auditar, certif‌i car y acreditar en temas relacionados a lo
establecido en la referida Ley, implementando un sistema
de administración ef‌i ciente sustentado en estándares
internacionales;
Que, el artículo 11º de la Ley Nº 29459, señala que
el Certif‌i cado de Buenas Prácticas de Manufactura
emitido por la Dirección General de Medicamentos,
Insumos y Drogas – DIGEMID, como Autoridad Nacional
de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y
Productos Sanitarios, constituye requisito previo para
la inscripción y reinscripción de dichos productos en el
Registro Sanitario;
Que, asimismo el artículo 22º de la acotada Ley
dispone que las personas naturales o jurídicas, públicas
y privadas que se dedican para sí o para terceros
a la fabricación, la importación, la distribución, el
almacenamiento, la dispensación o el expendio de
productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos
sanitarios, deben cumplir con los requisitos y condiciones
sanitarias establecidas en el Reglamento respectivo y
en las Buenas Prácticas de Laboratorio, de Distribución,
de Almacenamiento, de Dispensación y de Seguimiento
Farmacoterapéutico y demás aprobados por la Autoridad
Nacional de Salud a propuesta de la Autoridad Nacional
de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y
Productos Sanitarios, según corresponda, y contar con la
certif‌i cación correspondiente en los plazos que establece
el Reglamento;
Que, la Directiva Administrativa N°165-MINSA/
DIGEMID V.01, Directiva Administrativa para la
Certif‌i cación de Buenas Prácticas de Manufactura en
laboratorios Nacionales y Extranjeros aprobada por
Resolución Ministerial N° 737-2010/MINSA, señala en
el numeral 6.1 de las Disposiciones Especif‌i cas que, el
Ministerio de Salud como Autoridad Nacional de Salud,
a través de la Dirección General de Medicamentos,
Insumos y Drogas como Autoridad Nacional de Productos
Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos
Sanitarios, otorga la Certif‌i cación de Buenas Prácticas de
Manufactura a los laboratorios dedicados a la fabricación
de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y
Productos Sanitarios a nivel nacional e internacional,
previa auditoría para verif‌i car su cumplimiento;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.17 de la
citada Directiva, en el caso de certif‌i cación de laboratorios
extranjeros, estos abonarán en la cuenta del Ministerio
de Salud, los montos correspondientes a la tarifa según
el Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA)
vigente, más la cantidad que se def‌i na en una Pre
Liquidación que incluya los costos de pasajes y viáticos
para el personal que realizará dicha certif‌i cación;
Que, de acuerdo a lo señalado por la Dirección
General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID
en la Nota Informativa Nº 464-2012-DIGEMID-DG-DCVS-
ECVE/MINSA y en el Informe N° 313-2012-DIGEMID-
DCVS-ECVE/MINSA, la Empresa PFIZER S.A., solicita
la certif‌i cación de Buenas Prácticas de Manufactura
(BPM) y Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) del
Laboratorio PZIFER S.A. DE CV, ubicado en la ciudad
de Toluca, Estados Unidos Mexicanos, señalando que la
citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de
tramitación previsto en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) para la certif‌i cación de Buenas
Prácticas de Manufactura (BPM) y Buenas Prácticas de
Laboratorio (BPL), incluyendo los costos por concepto de
pasajes y viáticos;
Que, de lo informado por la Dirección General
de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID, la
inspección solicitada para la obtención de la Certif‌i cación
de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y Buenas
Prácticas de Laboratorio (BPL), se llevará a cabo del 3 al
7 de diciembre del 2012, en la ciudad de Toluca, Estados
Unidos Mexicanos;
Que, con Memorando Nº 3084-2012-OGA/MINSA, la
Of‌i cina General de Administración del Ministerio de Salud,
informa que el viaje de las Químicos Farmacéuticos Gloria
Mélida García Molina, Fanny Felipa Vásquez Ramos y
Betty Dolores Vadillo Otárola a la ciudad de Toluca, Estados

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