RESOLUCION SUPREMA N° 151-2014-RE - Autorizan al Ministerio de Defensa y a la SUNAT el pago de cuotas a organismos internacionales

Fecha de disposición04 Septiembre 2014
Fecha de publicación04 Septiembre 2014
El Peruano
Jueves 4 de setiembre de 2014 531719
Medina López en el cargo de Coordinadora de la Sub
Unidad de Logística de la Unidad de Administración
del Programa Integral Nacional para el Bienestar
Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables – MIMP;
Que, por convenir al servicio, resulta conveniente dar
por concluida la citada designación;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de
Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General y de la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos;
el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo
que aprueba la Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su
Reglamento de Organización y Funciones, aprobado
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dar por concluida la designación de
la abogada MILCA PATRICIA MEDINA LÓPEZ en el cargo
de Coordinadora de la Sub Unidad de Logística de la
Unidad de Administración del Programa Integral Nacional
para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la
Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN OMONTE DURAND
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
1132843-1
RELACIONES EXTERIORES
Autorizan al Ministerio de Defensa y a la
SUNAT el pago de cuotas a organismos
internacionales
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 151-2014-RE
Lima, 3 de setiembre de 2014
VISTO:
El Of‌i cio N° 840-2014/MINDEF/VPD del Ministerio
de Defensa por el que se solicita al Ministerio de
Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución
Suprema que autorice en el año f‌i scal 2014, el pago
de la cuota a la Secretaria General de la Unión de
Naciones Suramericanas (UNASUR) - Centro de
Estudios Estratégicos de Defensa (CEED) del Consejo
de Defensa Suramericano (CDS);
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con
cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del
Gobierno peruano a los organismos internacionales de
los cuales el Perú es miembro;
Que, es obligación del Perú cumplir con el pago
de las cuotas a los organismos internacionales con
el fin de potenciar la capacidad de negociación en
las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio
de los flujos de cooperación y asistencia técnica
internacional;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar al
Ministerio de Defensa, el pago de la cuota del año 2013 a
dicho Organismo, con cargo al presupuesto del Ministerio
de Defensa;
Que, conforme a lo dispuesto en el inciso 1.3 del
artículo 1° de la Ley 30114, las cuotas internacionales
contenidas en el Anexo “B: Cuotas Internacionales – Año
Fiscal 2014”, podrán ser modif‌i cadas, previa evaluación y
priorización por el Ministerio de Relacionas Exteriores a
través de Decreto Supremo refrendado por el Ministro de
Relaciones Exteriores;
se modif‌i ca el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley
N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014, incorporando la cuota prevista por el
Pliego Presupuestario 026: Ministerio de Defensa, a favor
de la Secretaria General de la UNASUR-CEED-CDS, la
misma que asciende a S/. 538,704.00 (QUINIENTOS
TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUATRO CON
00/100 NUEVOS SOLES);
De conformidad con lo establecido en el artículo
67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, y;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Defensa
a efectuar el pago de S/. 538,704.00 (QUINIENTOS
TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUATRO CON
00/100 NUEVOS SOLES) a la Secretaria General de la
Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) - Centro de
Estudios Estratégicos de Defensa (CEED) del Consejo de
Defensa Suramericano (CDS), correspondiente a la cuota
del año 2013.
Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto
en el artículo precedente, serán f‌i nanciados con cargo al
presupuesto del Ministerio de Defensa.
Artículo 3º.- La equivalencia en moneda extranjera
será establecida según el tipo de cambio vigente a la
fecha de pago.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1132844-2
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 152-2014-RE
Lima, 3 de setiembre de 2014
VISTO:
El Of‌i cio Nº 062-2014-SUNAT/1M0000 de fecha 23
de julio de 2014, de la Superintendencia Nacional de
Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), por
el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores
la expedición de la Resolución Suprema que autorice el
pago de la cuota del período comprendido entre el 1° de
julio de 2014 y el 30 de junio de 2015 a la Organización
Mundial de Aduanas (OMA);
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con
cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del
Gobierno peruano a los organismos internacionales de
los cuales el Perú es miembro;
Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de
las cuotas a los organismos internacionales de manera
que permitan potenciar la capacidad de negociación en
las gestiones diplomáticas y acrecentar el benef‌i cio de los
f‌l ujos de cooperación y asistencia técnica internacional;

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