RESOLUCION SUPREMA N° 026-2014-MINEDU - Autorizan viaje de profesionales del Ministerio de Educación a la República Socialista de Vietnam, en comisión de servicios
Fecha de disposición | 29 Junio 2014 |
Fecha de publicación | 29 Junio 2014 |
El Peruano
Domingo 29 de junio de 2014 526517
EDUCACION
Autorizan viaje de profesionales del
Ministerio de Educación a la República
Socialista de Vietnam, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 026-2014-MINEDU
Lima, 27 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el Viceministro del Ministerio de Trabajo,
Discapacidad y Asuntos Sociales de la República
Socialista de Vietnam ha cursado invitación para
participar en la Reunión Preparatoria para la 6° Reunión
Ministerial de Desarrollo de Recursos Humanos APEC, a
desarrollarse del 6 al 8 de julio de 2014, en la ciudad de
Hanói, República Socialista de Vietnam;
Que, asimismo, el Ministerio de Educación de la
República del Perú ha coordinado una reunión bilateral
con representantes del Ministerio de Educación y
Formación de la República Socialista de Vietnam, a
llevarse a cabo el día 9 de julio de 2014 en la misma
ciudad;
Que, en la Reunión Preparatoria se revisarán los
documentos preliminares de la 6° Reunión Ministerial de
Desarrollo de Recursos Humanos APEC y se discutirá la
organización, procedimientos y cuestiones de fondo de
la misma; asimismo, permitirá intercambiar experiencias
no solo entre los representantes de las economía APEC,
sino entre los expertos, académicos y representantes de
organizaciones internacionales, para preparar la referida
Reunión Ministerial;
Que, por su parte la reunión bilateral tiene como
objetivos analizar las posibilidades de fortalecer la
cooperación educativa entre Perú y Vietnam en el marco de
los objetivos APEC y exponer las propuestas de proyectos
que el Ministerio de Educación de la República del Perú
viene elaborando con el fi n de obtener fi nanciamiento con
fondos APEC;
Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del
artículo 10 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, respecto
a los viajes al exterior de servidores o funcionarios
públicos y representantes del Estado con cargo a
recursos públicos, establece que el requerimiento de
excepciones adicionales a las señaladas en los literales
del citado numeral, para el caso de las entidades del
Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la
Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza
mediante Resolución Suprema refrendada por el
Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es
publicada en el Diario Ofi cial El Peruano;
Que, en tal sentido y siendo de interés para la
Institución, resulta necesario autorizar el viaje de las
señoras CARMEN MAGALY BELTRAN VARGAS, Jefa de
la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable
y MARIA DEL CARMEN NANO AMBURGO, Profesional
especializado en análisis y sistematización de portafolios
de cooperación técnica internacional de la Ofi cina de
Cooperación Internacional del Ministerio de Educación;
cuyos gastos de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos
con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de
Educación – Unidad Ejecutora: 024;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modifi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30114, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba
normas reglamentarias sobre autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado
por los Decretos Supremos N°s 005-2006-PCM y 056-
2013-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje de las
señoras CARMEN MAGALY BELTRAN VARGAS, Jefa de
la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable
y MARIA DEL CARMEN NANO AMBURGO, Profesional
especializado en análisis y sistematización de portafolios
de cooperación técnica internacional de la Ofi cina de
Cooperación Internacional del Ministerio de Educación, a
la ciudad de Hanói, República Socialista de Vietnam, del
03 al 11 de julio de 2014, para los fi nes expuestos en la
parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con
cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación
- Unidad Ejecutora: 024, de acuerdo al siguiente detalle:
CARMEN MAGALY BELTRAN VARGAS
Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US $ 3 500,00
Viáticos (por 5 días) : US $ 2 500,00
MARIA DEL CARMEN NANO AMBURGO
Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US $ 3 500,00
Viáticos (por 5 días) : US $ 2 500,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, las citadas profesionales
deberán presentar un informe detallado describiendo
las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la
rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a
exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase
o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el
Ministro de Educación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DIAZ
Presidente del Consejo de Ministros
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1103639-4
INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la
Policía Nacional del Perú a España, en
comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 112-2014-IN
Lima, 27 de junio de 2014
VISTO, el mensaje con referencia EEG2/46800/JPA/8
del 2 de junio de 2014, mediante el cual la Ofi cina Central
Nacional INTERPOL-Madrid hace de conocimiento de la
Ofi cina Central Nacional INTERPOL-Lima, que habiendo
sido autorizada la entrega a Perú del ciudadano peruano
Luis Enrique BOCANEGRA MARREROS; por tal motivo
solicitan los planes de desplazamiento de los funcionarios
policiales que se encargarán de recibir, custodiar y
trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Madrid,
Reino de España hacia territorio peruano.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al procedimiento simplifi cado
de extradición establecido en el artículo 17 del Tratado
de Extradición suscrito entre la República del Perú y el
Reino de España, en el que: “La parte requerida podrá
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