RESOLUCION SUPREMA N° 026-2014-MINEDU - Autorizan viaje de profesionales del Ministerio de Educación a la República Socialista de Vietnam, en comisión de servicios

Fecha de disposición29 Junio 2014
Fecha de publicación29 Junio 2014
El Peruano
Domingo 29 de junio de 2014 526517
EDUCACION
Autorizan viaje de profesionales del
Ministerio de Educación a la República
Socialista de Vietnam, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 026-2014-MINEDU
Lima, 27 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el Viceministro del Ministerio de Trabajo,
Discapacidad y Asuntos Sociales de la República
Socialista de Vietnam ha cursado invitación para
participar en la Reunión Preparatoria para la 6° Reunión
Ministerial de Desarrollo de Recursos Humanos APEC, a
desarrollarse del 6 al 8 de julio de 2014, en la ciudad de
Hanói, República Socialista de Vietnam;
Que, asimismo, el Ministerio de Educación de la
República del Perú ha coordinado una reunión bilateral
con representantes del Ministerio de Educación y
Formación de la República Socialista de Vietnam, a
llevarse a cabo el día 9 de julio de 2014 en la misma
ciudad;
Que, en la Reunión Preparatoria se revisarán los
documentos preliminares de la 6° Reunión Ministerial de
Desarrollo de Recursos Humanos APEC y se discutirá la
organización, procedimientos y cuestiones de fondo de
la misma; asimismo, permitirá intercambiar experiencias
no solo entre los representantes de las economía APEC,
sino entre los expertos, académicos y representantes de
organizaciones internacionales, para preparar la referida
Reunión Ministerial;
Que, por su parte la reunión bilateral tiene como
objetivos analizar las posibilidades de fortalecer la
cooperación educativa entre Perú y Vietnam en el marco de
los objetivos APEC y exponer las propuestas de proyectos
que el Ministerio de Educación de la República del Perú
viene elaborando con el f‌i n de obtener f‌i nanciamiento con
fondos APEC;
Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del
artículo 10 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, respecto
a los viajes al exterior de servidores o funcionarios
públicos y representantes del Estado con cargo a
recursos públicos, establece que el requerimiento de
excepciones adicionales a las señaladas en los literales
del citado numeral, para el caso de las entidades del
Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la
Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza
mediante Resolución Suprema refrendada por el
Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano;
Que, en tal sentido y siendo de interés para la
Institución, resulta necesario autorizar el viaje de las
señoras CARMEN MAGALY BELTRAN VARGAS, Jefa de
la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable
y MARIA DEL CARMEN NANO AMBURGO, Profesional
especializado en análisis y sistematización de portafolios
de cooperación técnica internacional de la Of‌i cina de
Cooperación Internacional del Ministerio de Educación;
cuyos gastos de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos
con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de
Educación – Unidad Ejecutora: 024;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modif‌i cado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30114, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba
normas reglamentarias sobre autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos, modif‌i cado
por los Decretos Supremos N°s 005-2006-PCM y 056-
2013-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje de las
señoras CARMEN MAGALY BELTRAN VARGAS, Jefa de
la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable
y MARIA DEL CARMEN NANO AMBURGO, Profesional
especializado en análisis y sistematización de portafolios
de cooperación técnica internacional de la Of‌i cina de
Cooperación Internacional del Ministerio de Educación, a
la ciudad de Hanói, República Socialista de Vietnam, del
03 al 11 de julio de 2014, para los f‌i nes expuestos en la
parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con
cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación
- Unidad Ejecutora: 024, de acuerdo al siguiente detalle:
CARMEN MAGALY BELTRAN VARGAS
Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US $ 3 500,00
Viáticos (por 5 días) : US $ 2 500,00
MARIA DEL CARMEN NANO AMBURGO
Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US $ 3 500,00
Viáticos (por 5 días) : US $ 2 500,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, las citadas profesionales
deberán presentar un informe detallado describiendo
las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la
rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a
exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase
o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el
Ministro de Educación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DIAZ
Presidente del Consejo de Ministros
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1103639-4
INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la
Policía Nacional del Perú a España, en
comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 112-2014-IN
Lima, 27 de junio de 2014
VISTO, el mensaje con referencia EEG2/46800/JPA/8
del 2 de junio de 2014, mediante el cual la Of‌i cina Central
Nacional INTERPOL-Madrid hace de conocimiento de la
Of‌i cina Central Nacional INTERPOL-Lima, que habiendo
sido autorizada la entrega a Perú del ciudadano peruano
Luis Enrique BOCANEGRA MARREROS; por tal motivo
solicitan los planes de desplazamiento de los funcionarios
policiales que se encargarán de recibir, custodiar y
trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Madrid,
Reino de España hacia territorio peruano.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al procedimiento simplif‌i cado
de extradición establecido en el artículo 17 del Tratado
de Extradición suscrito entre la República del Perú y el
Reino de España, en el que: “La parte requerida podrá

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