57 309-2003-SUNARP/SN - Designan representante de la SUNARP ante la Comisión Provincial de Formalización de la Propiedad Informal de la Municipalidad Provincial de Chiclayo

Fecha de publicación27 Junio 2003
Fecha de disposición27 Junio 2003
Pág. 246797
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 27 de junio de 2003
En ningún caso la suspensión del anticipo adicional surtirá
efectos con anterioridad a la fecha de pago de la cuota del
mes de agosto.
La suspensión será aplicable para las cuotas cuyo ven-
cimiento se produzca a partir del día hábil siguiente al pla-
zo indicado en el primer párrafo o de la fecha de notifica-
ción de la resolución mediante la cual SUNAT declara la
procedencia de la solicitud. La suspensión no será aplica-
ble a las cuotas correspondientes a periodos tributarios
vencidos.
Artículo 9º.- Reinicio de pago de las cuotas suspen-
didas
Los contribuyentes a los que se les hubiere autorizado
la Suspensión del pago de las cuotas del Anticipo podrán
reiniciar el pago de las cuotas suspendidas a través de la
Boleta de Pago 1252, 1052, 1062 ó a través del Sistema
de Pago Fácil - F. 1662, consignando el período tributario
correspondiente al mes del reinicio.
Artículo 10º.- De los Registros Contables
Los Estados Financieros que sustenten la suspensión
deberán ser anotados en el Libro de Inventarios y Balan-
ces a valores históricos. Las actualizaciones por efecto
de la inflación se efectuarán extra contablemente.
Dentro del concepto de ingresos netos gravables no
deberá incluirse el saldo de la cuenta "Resultado por Ex-
posición a la Inflación" - REI.
Artículo 11º.- Vigencia
La presente resolución entrará en vigencia el 1 de julio
de 2003.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- Aprúebase el Formulario Virtual Nº 647, a ser
utilizado para solicitar la suspensión del pago de las cuo-
tas del Anticipo.
12031
SUNARP
Ratifican designación de representan-
tes de la SUNARP ante el Consejo
Consultivo de la Zona Registral Nº XI -
Sede Ica
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 306-2003-SUNARP/SN
Lima, 25 de junio de 2003
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 26366 se creó el Sistema
Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, como un
organismo descentralizado autónomo y ente rector del Sis-
tema;
Que, por Resolución Nº 063-2002-SUNARP/SN, de fe-
cha 19 de febrero de 2002, se constituyó el Consejo Con-
sultivo de la Oficina Registral Los Libertadores Wari, hoy
Zona Registral Nº XI- Sede Ica, disponiéndose que el man-
dato de sus miembros será de un año, pudiendo ser reno-
vado por un período similar;
Que, mediante Resolución Nº 233-2002-SUNARP/SN,
de fecha 11 de junio de 2002, se designó como represen-
tantes de la SUNARP ante el referido Consejo Consultivo,
al señor doctor Armando Buendía Navea y, al señor arqui-
tecto Wilfredo Andrade Yp;
Que, habiendo transcurrido el plazo de vigencia del
mandato de los miembros del Consejo Consultivo de la
Zona Registral Nº XI - Sede Ica, es conveniente ratificar la
designación de los representantes de la SUNARP ante él;
De conformidad con lo dispuesto en el literal v) del Ar-
tículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolu-
ción Suprema Nº 135-2002-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Ratificar la designación del señor doc-
tor Armando Buendía Navea y, del señor arquitecto Wilfre-
do Andrade Yp, como representantes de la SUNARP ante
el Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº XI - Sede
Ica por el período de un año.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GAMARRA UGAZ
Superintendente Nacional de los
Registros Públicos
12019
Designan representante de la SUNARP
ante la Comisión Provincial de Formali-
zación de la Propiedad Informal de la
Municipalidad Provincial de Chiclayo
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 309-2003-SUNARP/SN
Lima, 25 de junio de 2003
VISTO:
Mediante Oficio Nº 899-2003/Z.R Nº II-JEF, la Jefatura
de la Zona Registral Nº II- Sede Chiclayo, propone la de-
signación del señor abogado Luis Noya Rivero, como Re-
presentante de la Superintendencia Nacional de los Regis-
tros Públicos ante la Comisión Provincial de Formaliza-
ción de la Propiedad Informal de la Municipalidad Provincial
de Chiclayo;
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Ley Nº 27755, se creó el Registro
de Predios a cargo de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos, incorporándose el Registro Predial Ur-
bano a la SUNARP como órgano desconcentrado de com-
petencia nacional, con autonomía registral, económica y
administrativa;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-JUS,
se crearon las Comisiones Provinciales de Formaliza-
ción de la Propiedad Informal, encargadas de planificar,
organizar, coordinar y ejecutar las labores propias del
proceso de Formalización de la Propiedad Informal a ni-
vel nacional;
Que, conforme al artículo 3º del Decreto Supremo se-
ñalado en el párrafo precedente, las Comisiones Provin-
ciales de Formalización de la Propiedad Informal, estarán
integradas por representantes de la Municipalidad Provin-
cial, de la Comisión de Formalización de la Propiedad In-
formal - COFOPRI, de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos - SUNARP y del Registro Predial Urba-
no - RPU, entre otros;
Que, mediante Resolución del Superintendente Nacio-
nal de los Registros Públicos Nº 242-2001-SUNARP/SN,
de fecha 19 de setiembre del 2001, se designó como re-
presentante de la SUNARP ante la Comisión Provincial de
Formalización de la Propiedad Informal de la Municipali-
dad Provincial de Chiclayo, al señor abogado Alfredo San-
ta Cruz Vera;
Que, a la fecha se ha considerado conveniente cam-
biar de representante ante la Comisión en mención;
De conformidad con el Decreto Supremo Nº 005-2001-
JUS, que crea las Comisiones Provinciales de Formaliza-
ción de la Propiedad Informal y el literal v) del artículo 7º
del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Su-
prema Nº 135-2002-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar al señor abogado Luis Noya
Rivero, Jefe de la Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo

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