Establecen procedimiento que deben seguir los miembros de mesa en los lugares donde se realice simultáneamente Elecciones Regionales y Municipales, previamente al conteo de cédulas de sufragio de las Elecciones Regionales

Fecha de publicación27 Octubre 2006
Fecha de disposición27 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
viernes 27 de octubre de 2006 331597
R
E
P
U
B
L
I
C
A
D
E
L
P
E
R
U
las atribuciones y prohibiciones establecidas en las
normas electorales respectivas.
Artículo Segundo.- Abrir la partida correspondiente
a dicha encuestadora, asignándole como código de
identificación el Registro Nº 131-REE/JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
MENDOZA RAMÍREZ
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLÓ
VELARDE URDANIVIA
FALCONÍ GÁLVEZ,
Secretario General (e)
03535-1
O N P E
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales contra ex Jefe y ex Asistente
Administrativo de la ODPE - Huari
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 243-2006-J/ONPE
Lima, 23 de octubre de 2006
Vistos: el Informe Largo - Administrativo 2005
resultado de la auditoría practicada a los procesos de
Referéndum para la Integración y Conformación de
Regiones y para la Segunda Consulta Popular de
Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del
año 2005, elaborado por la Sociedad Auditora Vigo &
Asociados SC, el Memorándum Nº 1784-2006-GAF/
ONPE de la Gerencia de Administración y Finanzas, el
Memorándum Nº 877-2006-GAJ/ONPE de la Gerencia
de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, como resultado de la auditoría al "Referéndum
para la Integración y Conformación de Regiones y para la
Segunda Consulta Popular de Revocatorias del Mandato
de Autoridades Municipales del año 2005", la Sociedad
Auditora Vigo & Asociados SC, recomendó a la Jefatura
Nacional de la ONPE, disponer que se procese la
responsabilidad que pudiera corresponder al ex Jefe y ex
Asistente Administrativo de la Oficina Descentralizada de
Procesos Electorales -ODPE -Huari, respectivamente por
las observaciones formuladas a las rendiciones de cuentas
que presentaron por los fondos que recibieron para la
ejecución de los citados procesos electorales; asimismo,
que la Gerencia de Administración y Finanzas agote las
acciones administrativas para lograr la regularización o
recuperación del monto observado, y de ser el caso
autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos de
la Oficina Nacional de Procesos Electorales-ONPE, para
que interponga las acciones legales que correspondan;
Que, la Gerencia de Administración y Finanzas
mediante cartas notariales Nºs. 008 y 009-2006-GAF/
ONPE de fecha 25 de mayo de 2006, comunicó las
observaciones a las rendiciones de cuentas por los
encargos otorgados, al ex Jefe y ex Asistente
Administrativo de la ODPE-Huari, otorgándoles un plazo
de 10 días hábiles para su regularización ante la Jefatura
del Área de Contabilidad, plazo que a la fecha se ha
cumplido en exceso, sin que las observaciones materia
de las comunicaciones hayan sido subsanadas;
Que, se advierte de los antecedentes administrativos,
así como del contenido del Memorándum Nº 1784-2006-
GAF/ONPE que la ONPE ha agotado todas las acciones
administrativas conducentes a recuperar u obtener un
rendimiento documentado del encargo otorgado, sin
resultados satisfactorios;
Que, de acuerdo con lo establecido en el literal f) del
artículo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República, constituye atribución del sistema, emitir, como
resultado de las acciones de control efectuadas, los
Informes respectivos con el debido sustento técnico y
legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio
de las acciones administrativas y/o legales que sean
recomendadas en dichos informes;
Que, por lo expuesto resulta necesario autorizar al
Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de
la ONPE, a interponer las acciones legales que
correspondan;
De conformidad con lo establecido en el artículo 47º
de la Constitución Política del Perú; el Decreto Ley
Nº 17537, Ley de Representación y Defensa Judicial del
Estado, modificatorias y ampliatorias; la Ley Nº 26487,
Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales;
y el literal cc) del artículo 9º del Reglamento de
Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por
Resolución Jefatural Nº 154-2006-J/ONPE;
Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Procurador Público a
cargo de los asuntos judiciales de la Oficina Nacional de
Procesos Electorales, para que en representación y
defensa de los intereses del Estado, inicie las acciones
legales correspondientes, por los fundamentos
expuestos en la parte considerativa de la presente
resolución, contra el ex Jefe y ex Asistente Administrativo
de la ODPE-Huari comprendidos en los documentos del
visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del
caso.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA
Jefa Nacional
03540-1
Establecen procedimiento que deben seguir
los miembros de mesa en los lugares donde
se realice simultáneamente Elecciones
Regionales y Municipales, previamente al
conteo de cédulas de sufragio de las
Elecciones Regionales
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 244-2006-J/ONPE
Lima, 23 de octubre de 2006
VISTOS: el Memorando Nº 1824-2006-GPDE/ONPE,
de fecha 20 de octubre de 2006, de la Gerencia de
Planificación y Desarrollo Electoral; el Informe Nº 121-
2006- MABB-GAJ/ONPE y el Memorando Nº 882-2006-
GAJ/ONPE, ambos de fecha 20 de octubre de 2006, de
la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM,
de fecha 22 de marzo de 2006, se ha convocado a
Elecciones Regionales y Municipales para el 19 de
noviembre del presente año, en todo el territorio de la
República;
Que, según el literal c) del artículo 5º de la Ley
Orgánica de la ONPE, Ley Nº 26487, es función de la
ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las
acciones necesarias para el desarrollo de los procesos
a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividad
vigente;
Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley
Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859, la Oficina
Nacional de Procesos Electorales - ONPE tiene a su
cargo la organización y ejecución de los procesos
electorales y consultas populares; y ejerce sus
atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución
y a su Ley Orgánica;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR