RESOLUCION MINISTERIAL N° 163-2014-VIVIENDA - Delegan la facultad de suscribir los Acuerdos Separados derivados de Contrato de Aporte Financiero y de Contrato de Préstamo celebrados entre el KfW, Frankfurt am Main y la República del Perú, para el financiamiento de diversos proyectos

EmisorVIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Fecha de la disposición24 de Mayo de 2014
El Peruano
Sábado 24 de mayo de 2014 523851
aprobación previa, el titular se encuentra obligado a
comunicarlo a la Dirección General de Autorizaciones en
Telecomunicaciones.
Artículo 6°.- Conforme a lo establecido en el artículo
5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modif‌i cado por
Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el titular adoptará las
medidas necesarias para garantizar que las radiaciones
que emita la estación de radiodifusión que se autoriza no
excedan los valores establecidos como límites máximos
permisibles en el acotado Decreto Supremo.
Artículo 7°.- Serán derechos y obligaciones del
titular de la autorización otorgada, los consignados en los
artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio
y Televisión, así como los señalados en la presente
Resolución.
Artículo 8º.- La autorización a que se contrae el
artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por
igual período.
La renovación podrá solicitarse hasta el día del
vencimiento del plazo de vigencia indicado en el
mencionado artículo 1º. Sin embargo, dicha solicitud
también se entenderá presentada si a la fecha del
término de la vigencia de la autorización el titular se
encuentra operando y al día en sus pagos o cuente con
solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovación
se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas
en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y
Televisión.
Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días
de notif‌i cada la presente Resolución, el titular de la
autorización efectuará el pago correspondiente al canon
anual. En caso de incumplimiento, la autorización otorgada
quedará sin efecto de pleno derecho.
Artículo 10º.- El titular de la autorización deberá
cumplir con las disposiciones previstas en los literales
a) y b) del artículo 38° del Marco Normativo General del
Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado
Artículo 11º.- La autorización a la que se contrae
la presente Resolución se sujeta a las disposiciones
legales y reglamentarias vigentes que regulan el
servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas
modif‌i catorias y complementarias que se expidan.
Artículo 12º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para las acciones que corresponda, de
acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones
1086675-1
VIVIENDA
Delegan la facultad de suscribir los
Acuerdos Separados derivados del
Contrato de Aporte Financiero y de
Contrato de Préstamo celebrados entre
el KfW, Frankfurt am Main y la República
del Perú, para el financiamiento de
diversos proyectos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 163-2014-VIVIENDA
Lima, 23 de mayo de 2014
CONSIDERANDO:
Poder Ejecutivo, se def‌i nen las funciones generales y
la estructura orgánica de los Ministerios, precisando en
el último párrafo de su artículo 25, que los Ministros de
Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera
ministerial, las facultades y atribuciones que no sean
privativas a su función, siempre que la normatividad lo
autorice;
Que, en el marco del Contrato de Aporte Financiero
de fecha 29 de diciembre de 2010 suscrito entre el KfW,
Frankfurt am Main y la República del Perú, representada
por el Ministerio de Economía y Finanzas, por el valor
de EUR 700 000,00 y teniendo en cuenta que los
fondos de dicho aporte se utilizarán para la adquisición
e implementación de hardware y software, así como
para la contratación de servicios de consultoría de
apoyo a la Unidad Coordinadora del Programa y a las
Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento
- EPS participantes del Programa de Medidas de
Rápido Impacto II, por lo cual se celebrarán Acuerdos
Separados derivados del mencionado Contrato, los que
serán suscritos entre el KfW, el Ministerio de Economía
y Finanzas y el Ministerio de Vivienda Construcción y
Saneamiento;
Que, en virtud del Contrato de Préstamo de fecha 20
de diciembre de 2012 suscrito entre el KfW, Frankfurt
am Main y la República del Perú, representada por
el Ministerio de Economía y Finanzas, por el valor de
EUR 7 449 766,19 y teniendo en cuenta que con los
fondos de dicho aporte se f‌i nanciarán las medidas
correspondientes a los suministros y obras para el
mejoramiento y ampliación de los sistemas de agua
potable y alcantarillado de las Unidades Ejecutoras
participantes del Programa de Medidas de Rápido
Impacto II, así como la contratación de servicios de
consultoría de diseño y supervisión, a mérito de lo
cual se celebrarán Acuerdos Separados derivados del
mencionado Contrato, los que serán suscritos entre la
KfW, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio
de Vivienda Construcción y Saneamiento, las Unidades
Ejecutoras de los Proyectos Individuales a ejecutarse
dentro del ámbito de intervención del referido Programa
y en su caso por el Banco de la Nación;
Que, el numeral 4 del artículo 12 de la Ley N° 30156,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adelante la
LOF del MVCS establece que, el Ministro puede delegar
en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades
y atribuciones que no sean privativas a su función, en
razón de lo cual es necesario delegar la suscripción de
los Acuerdos Separados que se deriven de los Contratos
antes citados en el(la) Viceministra de Construcción y
Saneamiento de este Ministerio; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº
30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento
de Organización y Funciones aprobado por el Decreto
Supremo N° 002-2002-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Delegación de facultades en el(la)
Viceministro(a) de Construcción y Saneamiento
Delegar en el(la) Viceministro(a) de Construcción y
Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, la facultad de suscribir los Acuerdos
Separados derivados del Contrato de Aporte Financiero
de fecha 29 de diciembre de 2010, así como los derivados
del Contrato de Préstamo de fecha 20 de diciembre
de 2012, celebrados entre el KfW, Frankfurt am Main
y la República del Perú, para el f‌i nanciamiento de los
proyectos individuales a ejecutarse dentro del ámbito de
intervención del Programa de Medidas de Rápido Impacto
II, así como a suscribir toda documentación que permita
su ejecución.
Artículo 2º.- La delegación de facultades a que se
ref‌i ere la presente Resolución; así como, la asignación
de responsabilidades que se deriven de la misma,
comprenden las atribuciones de decidir y resolver, pero no
exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales
establecidos para cada caso; a f‌i n de garantizar la correcta
conducción de la gestión de los sistemas administrativos
que les correspondan; debiendo informarse en forma
semestral respecto a los resultados de la gestión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1087269-1

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