El rompecabezas incompleto. La omisión normativa y jurisprudencial sobre la protección por el derecho de autor de personajes y objetos de la obra

AutorJavier André Murillo Chávez
CargoAbogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas189-220
El rompecabezas incompleto. La omisión
normativa y jurisprudencial sobre la
protección por el derecho de autor de
personajes y objetos de la obra
The incomplete puzzle. The missing rule and ruling
about the protection by copyright of characters and
objects of the work
javier andré murillo CHávez*
Resumen: El presente artículo analiza la omisión normativa y jurisprudencial
sobre la protección de los personajes y objetos de ficción que son parte de las
obras protegidas por el régimen de derecho de autor. El autor sistematiza los
criterios utilizados en los casos de jurisprudencia administrativa en conflictos
existentes entre la propiedad intelectual y la propiedad industrial para
extraer las reglas específicas existentes en casos que involucran objetos de
ficción y personajes, estableciendo y proponiendo criterios para encontrar la
originalidad de estos elementos.
Palabras clave: derecho de autor – derecho de propiedad intelectual
– derecho de propiedad industrial – personajes de ficción – objetos de ficción
Abstract: This article analyzes the missing rule and ruling about the
protection of characters and fictional objects which are part of works covered
by copyright. The author systematizes the criteria used in the administrative
jurisprudence for conflicts between the intellectual property and the industrial
property to extract specific rules in cases that involve fictional objects and
characters, establishing and proposing criteria to find out the originality of
these elements.
Key words: copyright – intellectual property law – industrial property law
– fictional characters – fictional objects
Contenido: i. introduCCión.– ii. desprotegiendo la propiedad in-
teleCtual: el Caso duFF Y superHuevo en el perú.– iii. el medio de
deFensa de los dereCHos de autor soBre personajes Y oBjetos
de FiCCión Frente a los terCeros: el poCo eXplorado inCiso F) del
artíCulo 136 de la deCisión 486.– iv. apliCando el viejo Criterio de
* Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), con estudios en la Maestría en
Derecho de la Propiedad Intelectual y de la Competencia de la Escuela de Posgrado de la PUCP.
Adjunto de Docencia de los cursos Derecho de Autor y Derecho de la Competencia 2 en la Facultad
de Derecho de la PUCP. Correo electrónico: jmurillo@pucp.edu.pe
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originalidad a los oBjetos Y personajes de FiCCión.– v. dos medi-
das, un Camino: la apliCaCión analógiCa o la neCesaria modiFi-
CaCión permanente del artíCulo 7 de la lda.– vi. una luz al Final
del Camino: el Caso KrYptonite.– vii. ConClusiones Y reFleXiones.
i. introduCCión
Cuando uno se encuentra armando un rompecabezas busca tener
todas las piezas juntas para poder observar la imagen final después
de tanto esfuerzo. ¿Qué pasaría si uno no encuentra ciertas piezas al
final? Probablemente, la imagen quedaría incompleta y nos sentiríamos
defraudados. En efecto, creemos que esto sucede con la protección de
obras artísticas y literarias que buscan ser protegidas por el régimen
de derecho de autor, pues existen dudas sobre la protección de ciertas
partes de las mismas, tales como los objetos o personajes de ficción.
Así, contamos con una protección general indubitable de las obras
como un todo, pero se pone en tela de juicio si se protegen sus partes
individualmente.
Como señala Loredo, «el derecho de autor se determina teleológicamente
por la tutela que hace del autor y por la protección que otorga a la obra
creada, asegurando el respeto a la autoría y a la integridad de lo creado»1.
Así, el canon fundamental de los derechos de autor siempre ha sido
que se protege una creación humana en tanto cumpla con el requisito
legal consistente en la originalidad. De esta manera vemos protegidas
las pinturas, los libros, las obras de teatro, las películas, los videojuegos,
los poemas, las canciones, las fotografías y muchas otras. Sin embargo,
¿qué sucede con las partes integrantes de una obra? Específicamente,
¿qué sucede con los personajes y los objetos creados que son parte de la
misma?
En nuestro país, vemos varios casos de conflicto entre propiedad industrial
e intelectual que reflejan trazos de respuesta a estas interrogantes. La
pregunta concreta que buscaremos responder en las presentes líneas
es si las partes integrantes de una obra determinada, elementos de
ficción y personajes, individualmente merecen protección o no por el
régimen de derecho de autor. La pregunta surge debido a la falta de una
expresa determinación por parte de la norma y la tenencia de criterios
jurisprudenciales muy disimiles en sede administrativa por parte del
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de
la Propiedad Intelectual (IndecopI).
Derecho de Autor (en adelante, LDA)—, «la protección del derecho
1 Loredo, Adolfo. Nuevo derecho autoral mexicano. México D.F.: FCE, 2000, p. 87.
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el roMpeCabezas
inCoMpleto.
la oMisión
norMativa y
JurisprudenCial
sobre la
proteCCión
por el dereCho
de autor de
personaJes y
obJetos de la
obra
the inCoMplete
puzzle. the
Missing rule and
ruling about
the proteCtion
by Copyright of
CharaCters and
obJeCts of the
work
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de autor recae sobre todas las obras del ingenio, en el ámbito literario
o artístico, cualquiera que sea su género, forma de expresión, mérito o
finalidad». Se puede observar que no hay mención en este ni en otro
punto a los elementos integrantes de la obra; aunque cabe indicar que
sí existe una mención a los títulos. La LDA aquí es expresa y señala
en su artículo 7 que «El título de una obra, cuando sea original,
queda protegido como parte de ella». Sin embargo, tanto el legislador
andino como el nacional omiten pronunciarse normativamente sobre
la protección específica de los objetos o personajes. Por lo tanto, es
importante analizar si debemos inclinarnos por la desprotección o la
protección —vía aplicación analógica del artículo 7 de la LDA o de la
evaluación de una reforma del mismo artículo— de estos elementos.
Este tema es muy importante, ya que la utilización de bienes inmateriales
en el mercado se ha intensificado con el paso de los años. Así, la
propiedad intelectual parece tener gran proyección en el futuro pues,
como señala Vibes,
[...] el mundo actual parecería reflejar que el crecimiento económico
que aportan las industrias relacionadas con la explotación de DPIs
[derechos de propiedad intelectual] es no solo relevante en términos
de volumen, sino que además demuestra una curva ascendente, en la
cual se puede proyectar que a medida que pasa el tiempo la generación
de riqueza del sector aumenta cada vez más. Por otro lado, también
es factible anticipar que la falta de un sistema de derechos exclusivos
de protección de los DPIs hará disminuir la cantidad de obras
nuevas, la actividad inventiva y, desde la óptica marcaria, quitará una
herramienta de vital importancia a los consumidores. Todo parece
indicar que actualmente el mundo moderno tiende a ver en los DPIs
una herramienta estratégica de crecimiento2.
En este sentido, la norma y los examinadores del IndecopI deben
otorgar, en «papel» y en la realidad, la protección necesaria para
incentivar la creación de mayores obras, sin perjudicar la potencial
creatividad mediante una protección demasiado restrictiva o el acceso a
la cultura que merece la sociedad. Este es uno de los motivos por los que
es importante saber sobre la protección de los personajes y elementos,
pues muchas veces ciertos personajes o elementos se pueden utilizar
en diversas obras o formatos, las llamadas sagas o trilogías o series son
muestra de esto. A continuación, intentaremos profundizar en este
tema y la manera en que se lo viene tratando en nuestro país a través de
los órganos resolutivos del IndecopI.
2 ViBes, Federico. Derechos de propiedad intelectual. Buenos Aires: AdHoc, 2009, p. 48.

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