RESOLUCION MINISTERIAL Nº 201 A 217-2008-VIVIENDA - Resoluciones Ministeriales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Fecha de publicación05 Junio 2008
Fecha de disposición05 Junio 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 5 de junio de 2008 373441
PODER EJECUTIVO
DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA
Nº 019-2008
DECLARAN DE INTERÉS NACIONAL LA
IMPLEMENTACIÓN Y APLICACIÓN DE LA
TECNOLOGÍA ALTERNATIVA DE CALEFACCIÓN
“SISTEMA PASIVO DE RECOLECCIÓN DE ENERGÍA
SOLAR DE FORMA INDIRECTA” DENOMINADA
“MURO TROMBE”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, cada año entre los meses de agosto y setiembre,
en la zona andina del Perú por encima de los 3,500 metros
sobre el nivel del mar, se produce el fenómeno físico
cíclico y anual denominado “heladas”, el cual ocasiona
un aumento considerable en la tasa de mortalidad, en
especial en la población de niños menores de cinco (5)
años y adultos de la tercera edad;
Que, a f‌i n de reducir los efectos negativos del fenómeno
antes señalado en los departamentos de Ayacucho,
Apurímac, Arequipa, Cusco, Huancavelica, Huánuco,
Junín, Moquegua, Pasco, Puno y Tacna, es necesario
dictar medidas urgentes y extraordinarias que permitan
f‌i nanciar y ejecutar actividades para contrarrestar dichos
efectos;
Que, el artículo 2° y el literal a) del artículo 4º de la Ley
Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que
dicho organismo es competente para formular, aprobar,
ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional
aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construcción
y saneamiento;
Que, asimismo, el Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento de conformidad con el Plan de Prevención
y Atención de Desastres al 2014 del Sector Vivienda,
Construcción y Saneamiento, aprobado por Resolución
Suprema Nº 002-2005-VIVIENDA, tiene entre sus objetivos
específ‌i cos, rehabilitar y reconstruir la infraestructura en
situación de riesgo o afectada por fenómenos naturales,
impulsar la aplicación de nuevas tecnologías constructivas,
así como contribuir con programas de capacitación que
coadyuven en la prevención de desastres;
Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la
Industria de la Construcción - SENCICO, como parte
de sus funciones de investigación y capacitación, ha
llevado a cabo un Plan Piloto en el departamento de
Puno de aplicación de la tecnología alternativa de
calefacción “Sistema pasivo de recolección de energía
solar de forma indirecta” denominado “Muro Trombe”,
el mismo que contó con la validación del Servicio
Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI,
el cual consiste en el calentamiento del ambiente
dentro de las viviendas por medio de la captación de
energía solar, tecnología cuya aplicación es de muy
bajo costo;
Que, a efectos de atender a la población afectada por
el fenómeno denominado “heladas” en las localidades
que vienen siendo identif‌i cadas y focalizadas por el
Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, mediante la
implementación de la tecnología del “Muro Trombe” antes
referida, es necesario exceptuar al Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento de lo establecido en el literal
c) del numeral 41.1 del artículo 41º de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de
cualquier otra disposición legal que limite la realización
de modif‌i caciones presupuestarias que fueran necesarias
para el efecto;
Que, de no dictarse en forma urgente las medidas
antes señaladas las cuales constituyen acciones de
carácter económico y f‌i nanciero, la población alto
andina continuará percibiendo los efectos negativos del
fenómeno en mención, por lo que es necesario disponer
las medidas extraordinarias y urgentes de interés nacional
que corresponden;
En uso de las facultades conferidas por el numeral
Perú;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo de dar cuenta al Congreso de la
República;
DECRETA:
Artículo 1º.- Declaración de interés nacional
Declárese de interés nacional la implementación y
aplicación de la tecnología alternativa de calefacción
“Sistema pasivo de recolección de energía solar de forma
indirecta” denominado “Muro Trombe” en las viviendas
ubicadas en las zonas alto andinas por encima de los
3,500 metros sobre el nivel del mar.
Artículo 2º.- Excepción a la Ley Nº 28411
Autorizar al Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, a implementar y aplicar la tecnología
alternativa a que se contrae el artículo precedente,
hasta por la suma de Quince Millones Quinientos Mil
y 00/100 Nuevos Soles (S/. 15’500,000.00), con cargo
a los recursos aprobados para el Año Fiscal 2008 de
la Unidad Ejecutora 02 - Vivienda y Urbanismo, de la
fuente de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios, en los
departamentos de Ayacucho, Apurímac, Arequipa,
Pasco, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín,
Moquegua, Puno y Tacna.
Para la ejecución de la autorización mencionada,
el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
queda exceptuado de lo establecido en el literal c) del
numeral 41.1 del artículo 41º de la Ley Nº 28411 y de
cualquier otra disposición legal que limite la realización
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
GENERAL SANCHEZ CERRO
Acuerdo Nº 008-2008-MPGSC-O.- Autorizan viaje
de Alcalde, Regidores y Funcionarios a España para
participar en la XIV Feria Internacional del Urbanismo y
Medio Ambiente 373482
CONVENIOS INTERNACIONALES
RELACIONES EXTERIORES
Fe de Erratas CONVENIO INTERNACIONALES 373482
SEPARATAS ESPECIALES
CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Res. N° 138-2008-CNM.- Reglamemto de Concursos
para la selección y nombramiento de Jueces y Fiscales
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VIVIENDA
R.M. N° 201, 202, 203, 204, 205, 206, 207, 208, 209, 210,
211, 212, 213, 214, 215, 216 y 217-2008-VIVIENDA.-
Resoluciones Ministeriales del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento 373412
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