RESOLUCION VICE MINISTERIAL Nº 493-2015-MTC/03 - Aprueban transferencia de autorización a favor de Radio Uno S.A.C, para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en el departamento de Lima

Fecha de disposición05 Octubre 2015
Fecha de publicación05 Octubre 2015
SecciónSección Única
563375
NORMAS LEGALES
Lunes 5 de octubre de 2015
El Peruano
/
Artículo 12º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para las acciones que corresponda, de
acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER CORONADO SALEH
Viceministro de Comunicaciones
1295215-1
Aprueban transferencia de autorización
a favor de Radio Uno S.A.C., para prestar
servicio de radiodifusión sonora comercial
en FM en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 493-2015-MTC/03
Lima, 17 de setiembre del 2015
VISTOS, los escritos de registros Nº 2011-031991 y
Nº 2015-004503 del 12 de julio de 2011 y del 22 de enero
de 2015, respectivamente, presentados por la empresa
F.M. S.O.S.S. 88.1 MHz TELESTEREO 88 S.A.C., sobre
renovación y transferencia de la autorización para la
prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial
en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Lima,
departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 456-2006-
MTC/03 del 28 de agosto de 2006, se renovó por mandato
expreso de la Primera Disposición Complementaria
y Final de la Ley Nº 28853, entre otras, la autorización
que le fuera renovada por Resolución Ministerial Nº 450-
95-MTC/15.17 a la empresa F.M. S.O.S.S. 88.1 MHz
TELESTEREO 88 S.A.C., por el plazo de diez (10) años,
para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial
en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Lima,
departamento de Lima; estableciéndose que el plazo de
vigencia de la acotada autorización vence el 20 de junio
de 2013;
Que, con escrito de registro Nº 2011-031991 del 12
de julio de 2011, la empresa F.M. S.O.S.S. 88.1 MHz
TELESTEREO 88 S.A.C., solicitó la renovación de la
autorización que le fuera renovada mediante Resolución
Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03;
Ley Nº 28278, concordado con los artículos 21º y 67º de
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-
2005-MTC, establecen que el plazo máximo de vigencia
de una autorización es de diez (10) años, renovable por
períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos
legalmente establecidos;
Que, los artículos 69º y 71º del Reglamento de la
Ley de Radio y Televisión, disponen que para obtener
la renovación de la autorización para continuar
prestando el servicio de radiodifusión, es necesario
cumplir con las condiciones y requisitos que en ellas
se detallan;
concordante con el numeral 3) del artículo 71º de su
Reglamento, establece que el plazo máximo para resolver
las solicitudes de renovación es de ciento veinte (120)
días; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio
administrativo positivo, conforme a lo establecido en
el Texto Único de Procedimientos Administrativos –
TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus
modif‌i catorias;
29060, modif‌i cada con Decreto Legislativo Nº 1029,
señala que los procedimientos administrativos,
sujetos al silencio administrativo positivo (SAP), se
consideran automáticamente aprobados, si vencido
el plazo establecido o máximo, no se hubiere emitido
pronunciamiento expreso;
Que, habiendo transcurrido el plazo máximo
establecido en el párrafo anterior y al no haber emitido
este Ministerio el debido pronunciamiento respecto de
la solicitud de renovación de la autorización, en virtud
del Silencio Administrativo Positivo (SAP), la solicitud
presentada por la empresa F.M. S.O.S.S. 88.1 MHz
TELESTEREO 88 S.A.C., con escrito de registro Nº
2011-031991 del 12 de julio de 2011, se considera
automáticamente aprobada a partir del 10 de enero de
2012;
Que, con escrito de registro Nº 2015-004503 del 22
de enero de 2015, la empresa F.M. S.O.S.S. 88.1 MHz
TELESTEREO 88 S.A.C., solicita la aprobación de la
transferencia de la autorización que le fuera renovada
mediante Resolución Viceministerial Nº 456-2006-
MTC/03, a favor de la empresa RADIO UNO S.A.C.;
- Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73º de su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-
2005-MTC, establece que los derechos otorgados para la
prestación del servicio de radiodifusión son transferibles,
previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución
Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento
del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que
las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un
plazo máximo de noventa (90) días, transcurrido el cual,
sin que se haya expedido resolución pronunciándose
sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla
aprobada;
Que, a su vez, el artículo 27º de la Ley de Radio y
Televisión, concordado con los artículos 74º y 76º de
su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos
aplicables a las solicitudes de transferencia de
autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 77º del
Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada
la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume
de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos
derivados de la autorización;
Que, mediante Informe Nº 1482-2015-
MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en
Telecomunicaciones señala que corresponde declarar
aprobada, al 10 de enero de 2012, por aplicación
del Silencio Administrativo Positivo, la solicitud de
renovación de la autorización otorgada a la empresa
F.M. S.O.S.S. 88.1 MHz TELESTEREO 88 S.A.C. que
le fuera renovada mediante Resolución Viceministerial
Nº 456-2006-MTC/03, al haber cumplido con las
condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento
de la Ley de Radio y Televisión, y verif‌i car que no ha
incurrido en los impedimentos o causales para denegar
la renovación de una autorización contemplados en la
Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; asimismo,
concluye que corresponde aprobar la transferencia de
la referida autorización a favor de la empresa RADIO
UNO S.A.C., reconociendo a esta última como titular
de dicha autorización, asumiendo todos los derechos y
obligaciones derivados de ésta;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión -
Ley Nº 28278 y su Reglamento, aprobado con Decreto
Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modif‌i catorias, el Texto
Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por
Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modif‌i catorias,
el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 021-2007-MTC, la Ley del Procedimiento
Administrativo General - Ley Nº 27444, la Ley del Silencio
Con la opinión favorable del Director General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar aprobada al 10 de enero de
2012, la solicitud de renovación de la autorización que le
fuera renovada mediante Resolución Viceministerial Nº
456-2006-MTC/15 a favor de la empresa F.M. S.O.S.S.
88.1 MHz TELESTEREO 88 S.A.C., por el plazo de diez
(10) años, la misma que vencerá el 20 de junio de 2023,
para prestar el servicio de servicio de radiodifusión sonora
comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad
de Lima, departamento de Lima.

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