RESOLUCION SUPREMA N° 240-2014-IN - Autorizan viajes de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina e Italia, en comisión de servicios

Fecha de disposición04 Diciembre 2014
Fecha de publicación04 Diciembre 2014
El Peruano
Jueves 4 de diciembre de 2014 539279
funcionarios públicos y representantes del Estado con
cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido
numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del
Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución
Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de
Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial
“El Peruano”;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula
la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas
reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y,
el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional
del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del país en
comisión de servicios, del 6 al 10 de diciembre de 2014,
de la Mayor de la Policía Nacional del Perú Verónica Irene
Carpio Lara y de la Subofi cial de Primera de la Policía
Nacional del Perú Lisset Angélica Huamán Carnero,
para que ejecuten la extradición activa de la ciudadana
peruana Carmen Tatiana Degola Ramos, quien se
encuentra requerida por la Sala Penal Liquidadora de la
Corte Superior de Justicia de Ica y declarada procedente
por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema
de Justicia de la República, para ser procesada por la
presunta comisión del delito contra la Salud Pública en
la modalidad de tráfi co ilícito de drogas, en agravio del
Estado peruano, a realizarse en la ciudad de Buenos
Aires, República Argentina.
Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que
ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo
precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora
002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía
Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior,
de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Días Pers. Total US$
Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
de efectuado el viaje, el personal policial a que se refi ere
el artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar
ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo
las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así
como la rendición de cuentas debidamente documentada
por los viáticos asignados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración o liberación del pago de
impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase
o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y
por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
DANIEL URRESTI ELERA
Ministro del Interior
1173655-10
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 240-2014-IN
Lima, 3 de diciembre de 2014
VISTOS; el mensaje con referencia 2012-14452 de
fecha 9 de octubre de 2014, de la Ofi cina Central Nacional
de INTERPOL en Roma; y, el Memorándum Múltiple
Nº 521-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 1 de
noviembre de 2014, de la Dirección General de la Policía
Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Suprema Nº 043-2013-JUS de
fecha 26 de abril de 2013, el Estado peruano accede a
la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano
José Augusto Cáceres Lozano, formulada por el Tercer
Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos
cometidos por funcionarios Públicos de la Corte Superior
de Justicia de Lima y declara procedente por la Sala
Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la
República, para ser procesado por la presunta comisión
del delito contra la Administración Pública – Peculado, en
perjuicio del Estado peruano y disponer su presentación
por vía diplomática a la República Italiana, de conformidad
con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas
legales peruanas aplicables al caso;
Que, mediante mensaje con referencia 2012-14452 de
fecha 9 de octubre de 2014, la Ofi cina Central Nacional
de INTERPOL en Roma solicitó a la Ofi cina Central
Nacional INTERPOL en Lima, los nombres y planes de
desplazamiento de los funcionarios policiales que se
encargarán de recibir, custodiar y trasladar al ciudadano
peruano José Augusto Cáceres Lozano desde la ciudad de
Varese, República Italiana hacia territorio peruano, toda
vez que tal entrega ha sido autorizada por las autoridades
Italianas;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 500-2014-
DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 31 de octubre de
2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General
de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos
y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y
Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de
la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en
comisión de servicios del 13 al 19 de diciembre de 2014,
del Comandante de la Policía Nacional del Perú Juan
Alfredo Pérez Uriondo y del Comandante de la Policía
Nacional del Perú Carlos Esteban Robalino Peralta,
a la ciudad de Varese, República Italiana, a fi n de que
ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano
antes mencionado;
Que, en atención a los documentos sustentatorios
sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple
Nº 521-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 1 de
noviembre de 2014, la Dirección General de la Policía
Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior
señalado, disponiendo se proceda a la formulación del
proyecto de resolución autoritativa correspondiente
y señalando que los gastos por concepto de viáticos
para el personal policial serán asumidos por el Estado
peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección
de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú,
del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los
gastos correspondientes a pasajes aéreos, e impuesto
de viaje para el personal policial y el extraditable serán
asumidos por la Gerencia de Administración del Poder
Judicial, a través de la Sub Gerencia de Contabilidad,
conforme lo establece la Directiva Nº 001-2007-GG/PJ
“Procedimientos para la Adecuada Administración del
Fondo para Pagos en Efectivo del Poder Judicial” y la
Directiva Nº 011-2008-CE/PJ “Normas y Procedimientos
para el Traslado de Personas Requisitoriadas por Orden
Judicial”;
Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, la resolución
de autorización de viajes al exterior de la República
estrictamente necesarios, será debidamente sustentada
en el interés nacional o en el interés específi co de la
institución y deberá indicar expresamente el motivo del
viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de
los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por
tarifa única de uso de aeropuerto;
Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1
del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones
a la prohibición de viajes al exterior de servidores o
funcionarios públicos y representantes del Estado con
cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido
numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del
Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución

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