RESOLUCION SUPREMA N° 238-2014-IN - Autorizan viajes de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina e Italia, en comisión de servicios

Fecha de publicación04 Diciembre 2014
Fecha de disposición04 Diciembre 2014
El Peruano
Jueves 4 de diciembre de 2014
539278
Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones a la
prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios
públicos y representantes del Estado con cargo a recursos
públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse
a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se
autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por
la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es
publicada en el diario ofi cial “El Peruano”;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la
Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios
Públicos, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante
el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la
autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios
públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior,
el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-
2013-IN; y el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía
Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión
de servicios, del Subofi cial Técnico de Primera de la Policía
Nacional del Perú Edilio Armando Padilla Buiza y del
Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú
José Daniel Diaz Huertas, para que ejecuten la extradición
activa del ciudadano peruano Eduardo Rafael Pérez Casani,
quien se encuentra requerido por el Décimo Octavo Juzgado
Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de
Lima, para ser procesado por la presunta comisión del delito
contra la Vida el Cuerpo y la Salud – Lesiones graves seguidas
de muerte, en agravio de Aldo Omar Huamani Canchoa, a
realizarse en la ciudad de Buenos Aires República Argentina,
del 7 al 11 de diciembre de 2014.
Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que
ocasione el viaje que se hace referencia en el artículo
precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora
002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía
Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior,
de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Días Personas
Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de
efectuado el viaje, el personal policial a que se refi era el artículo
1º de la presente deberá presentar ante el Titular del Sector
un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y
los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas
debidamente documentada por los viáticos asignados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración o liberación del pago de
impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase
o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y
por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
DANIEL URRESTI ELERA
Ministro del Interior
1173652-5
Autorizan viaje de personal de la Policía
Nacional del Perú a Argentina e Italia,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 238-2014-IN
Lima, 3 de diciembre de 2014
VISTOS; el mensaje con referencia CR 12928-12 UDI-
G.9/pz de fecha 12 de noviembre de 2014, de la Ofi cina
Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires; y, el
Memorándum Múltiple Nº 538-2014-DIRGEN-PNP/EMP-
OCNI de fecha 20 de noviembre de 2014, de la Dirección
General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Suprema Nº 129-2013-JUS
de fecha 30 de setiembre de 2013, el Estado peruano
accede a la solicitud de extradición activa de la ciudadana
peruana Carmen Tatiana Degola Ramos, formulada por la
Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de
Ica y declarada procedente por la Sala Penal Permanente
de la Corte Suprema de Justicia de la República, para
ser procesada por la presunta comisión del delito contra
la Salud Pública en la modalidad de tráfi co ilícito de
drogas, en agravio del Estado peruano, y disponer su
presentación por vía diplomática a la República Argentina,
de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por
las normas legales peruanas aplicables al caso;
Que, mediante mensaje con referencia CR 12928-12
UDI-G.9/pz de fecha 12 de noviembre de 2014, la Ofi cina
Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires puso en
conocimiento de la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL
en Lima, que el Ministerio de Relaciones Exteriores de la
República Argentina ha autorizado la extradición activa
de la ciudadana peruana Carmen Tatiana Degola Ramos;
motivo por el cual solicitaron los nombres y planes de
desplazamiento de los funcionarios policiales que se
encargarán de recibir, custodiar y trasladar a la citada
reclamada desde la ciudad de Buenos Aires, República
Argentina hacia territorio peruano;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 550-2014-
DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 19 de noviembre de
2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General
de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos
y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y
Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de
la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en
comisión de servicios del 6 al 10 de diciembre de 2014,
de la Mayor de la Policía Nacional del Perú Verónica Irene
Carpio Lara y de la Subofi cial de Primera de la Policía
Nacional del Perú Lisset Angélica Huamán Carnero, a la
ciudad de Buenos Aires, República Argentina, a fi n de que
ejecuten la extradición activa de la ciudadana peruana
antes mencionada;
Que, en atención a los documentos sustentatorios
sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº
538-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 20 de
noviembre de 2014, la Dirección General de la Policía
Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior
señalado, disponiendo se proceda a la formulación del
proyecto de resolución autoritativa correspondiente
y señalando que los gastos por concepto de viáticos
para el personal policial serán asumidos por el Estado
peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección
de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú,
del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los
gastos correspondientes a pasajes aéreos, e impuesto
de viaje para el personal policial y el extraditable serán
asumidos por la Gerencia de Administración del Poder
Judicial, a través de la Sub Gerencia de Contabilidad,
conforme lo establece la Directiva Nº 001-2007-GG/PJ
“Procedimientos para la Adecuada Administración del
Fondo para Pagos en Efectivo del Poder Judicial” y la
Directiva Nº 011-2008-CE/PJ “Normas y Procedimientos
para el Traslado de Personas Requisitoriadas por Orden
Judicial”;
Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, la resolución
de autorización de viajes al exterior de la República
estrictamente necesarios, será debidamente sustentada
en el interés nacional o en el interés específi co de la
institución y deberá indicar expresamente el motivo del
viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de
los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por
tarifa única de uso de aeropuerto;
Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1
del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones
a la prohibición de viajes al exterior de servidores o

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