RESOLUCION SUPREMA N° 232-2014-IN - Autorizan viajes de personal de la Policía Nacional del Perú a Colombia y España, en comisión de servicios

Fecha de publicación22 Noviembre 2014
Fecha de disposición22 Noviembre 2014
El Peruano
Sábado 22 de noviembre de 2014 538141
Ministros, la misma que es publicada en el diario of‌i cial
“El Peruano”;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la
Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios
Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante
el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la
autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios
la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-
2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía
Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión
de servicios, del 23 al 27 de noviembre de 2014, del Mayor
de la Policía Nacional del Perú Elmer Martín Zuta Arbildo y
del Subof‌i cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional
del Perú Marco Antonio Hernández Chávarri, para que
ejecuten la extradición activa del ciudadano colombiano
Aníbal Zapata Ávalos, quien se encuentra requerido por
la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala
Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la
República, para ser procesado por la presunta comisión
del delito contra la Salud Pública - Tráf‌i co Ilícito de Drogas
agravado, en perjuicio del Estado peruano, a realizarse en
la ciudad de Bogotá, República de Colombia.
Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que
ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo
precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora
002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía
Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior,
de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Días Pers. Total US$
Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
de efectuado el viaje, el personal policial a que se ref‌i ere
el artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar
ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo
las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así
como la rendición de cuentas debidamente documentada
por los viáticos asignados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración o liberación del pago de
impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase
o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y
por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
DANIEL URRESTI ELERA
Ministro del Interior
1168337-10
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 232-2014-IN
Lima, 21 de noviembre de 2014
VISTOS; el mensaje con referencia EXPTE EXT
EEG2/55420/JPA/8 de fecha 3 de noviembre de 2014, de
la Of‌i cina Central Nacional de INTERPOL en Madrid; y, el
Memorándum Múltiple Nº 528-2014-DIRGEN-PNP/EMP-
OCNI de fecha 11 de noviembre de 2014, de la Dirección
General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Suprema Nº 048-2014-JUS de
fecha 4 de marzo de 2014, el Estado peruano accede a
la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano
Felipe Santiago Mantilla Silva, formulada por la Sala
Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de
Justicia de la Libertad y declara procedente por la Sala
Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la
República, para ser procesado por la presunta comisión
de los delitos (i) contra la Vida, el Cuerpo y la Salud -
Homicidio calif‌i cado, en agravio de Oscar Barreno Zelada;
y (ii) contra el Patrimonio - Robo agravado en grado de
tentativa, en agravio de Carlos Edgar Ávila Gonzáles y
Silvia Beatriz Cruz García, y disponer su presentación por
vía diplomática al Reino de España, de conformidad con
el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales
peruanas aplicables al caso;
Que, mediante mensaje con referencia EXPTE EXT
EEG2/55420/JPA/8 de fecha 3 de noviembre de 2014, la
Of‌i cina Central Nacional de INTERPOL en Madrid solicitó
a la Of‌i cina Central Nacional de INTERPOL en Lima, los
nombres y planes de desplazamiento de los funcionarios
policiales que se encargarán de recibir, custodiar y
trasladar al ciudadano peruano Felipe Santiago MANTILLA
SILVA desde la ciudad de Madrid, Reino de España
hacia territorio peruano, toda vez que tal entrega ha sido
autorizada por las autoridades españolas;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 515-2014-
DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 10 de noviembre de
2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General
de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos
y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y
Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de
la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en
comisión de servicios del 29 de noviembre al 5 de diciembre
de 2014, del Comandante de la Policía Nacional del Perú José
Luis Frías Chávez y de la Subof‌i cial de Primera de la Policía
Nacional del Perú Merly Carranza Delgado, a la ciudad de
Madrid, Reino de España, a f‌i n de que ejecuten la extradición
activa del ciudadano peruano antes mencionado;
Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre
el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº 528-2014-
DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 11 de noviembre de
2014, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú
dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo
se proceda a la formulación del proyecto de resolución
autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por
concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos
por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-
Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del
Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los
gastos correspondientes a pasajes aéreos, e impuesto de
viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos
por la Gerencia de Administración del Poder Judicial, a
través de la Sub Gerencia de Contabilidad, conforme lo
establece la Directiva Nº 001-2007-GG/PJ “Procedimientos
para la Adecuada Administración del Fondo para Pagos en
Efectivo del Poder Judicial” y la Directiva Nº 011-2008-CE/
PJ “Normas y Procedimientos para el Traslado de Personas
Requisitoriadas por Orden Judicial”;
Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, la resolución
de autorización de viajes al exterior de la República
estrictamente necesarios, será debidamente sustentada
en el interés nacional o en el interés específ‌i co de la
institución y deberá indicar expresamente el motivo del
viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de
los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por
tarifa única de uso de aeropuerto;
Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1
del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones a la
prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios
públicos y representantes del Estado con cargo a recursos
públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse
a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se
autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por
la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es
publicada en el diario of‌i cial “El Peruano”;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula
la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas
reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158,

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