RESOLUCION SUPREMA N° 125-2015-IN - Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú al Reino de España, en comisión de servicios

Fecha de disposición30 Mayo 2015
Fecha de publicación30 Mayo 2015
El Peruano
Sábado 30 de mayo de 2015
553672
aprobaron las normas reglamentarias sobre la Autorización
de Viajes al Exterior de servidores y funcionarios públicos;
el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, que hace extensivo al
personal de la Policía Nacional del Perú el Decreto Supremo
N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes
al Exterior de personal militar y civil del Sector Defensa;
disposiciones respecto a montos por Compensación
Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión
Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de
Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico
Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector
Defensa e Interior; y, el Decreto Legislativo Nº 1151, Ley del
Régimen Educativo de la Policía Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en misión de
estudios de los Cadetes de Primer Año de la Escuela de
O ciales de la Policía Nacional del Perú, Antauro Higor
Ccanto Olivera, José Santos Sierra Palomino, Daniel
Hoyos Fernández, Joseph Kerwin Pérez Velásquez y
Nelly Jacinta Huamaní Rojas, a la ciudad de Panamá,
República de Panamá, del 31 de mayo de 2015 al 31 de
diciembre de 2018, para los nes indicados en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el viaje a que se
hace referencia en el artículo precedente se efectuarán
con cargo a la Unidad Ejecutora N° 002– Dirección de
Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del
Pliego 007 – Ministerio del Interior, correspondiente al Año
Fiscal 2015, de acuerdo al detalle siguiente:
Importe US $ Meses Personas
Compensación
extraordinaria 961.24 X 7 X 5 = US$ 33,643.40
Pasajes 964.00 X 5 = US$ 4,820.00
US$ 38,463.40
Artículo 3°.- El otorgamiento de la compensación
extraordinaria por servicios en el exterior, se hará por los
días reales y efectivos de servicios en el extranjero, de
acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto
Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo
presupuesto institucional del año scal correspondiente.
Artículo 4°.- El Ministro del Interior queda facultado para
variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se
re ere el artículo 1° de la presente Resolución, sin exceder
el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual
se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.
Artículo 5°.- Dentro de los quince (15) días calendario
contados a partir de la fecha de retorno al país, el
personal a que se re ere el artículo 1° de la presente
Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un
informe detallado, describiendo las acciones realizadas
y los resultados obtenidos, así como la rendición de
cuentas debidamente documentada por la compensación
extraordinaria asignada.
Artículo 6°.- La presente autorización no dará derecho
a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE
Ministro del Interior
1244508-5
Autorizan viaje de personal de la Policía
Nacional del Perú al Reino de España,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 125-2015-IN
Lima, 29 de mayo de 2015
VISTOS; el Mensaje EEG2/23001/JPA/8 de fecha
4 de mayo de 2015, de la O cina Central Nacional de
INTERPOL en Madrid; y, el Memorándum Múltiple Nº 218-
2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 11 de mayo de
2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del
Perú; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Suprema Nº 078-2011-JUS de
fecha 6 de abril de 2011, el Estado peruano accede a
la solicitud de extradición activa del ciudadano boliviano
Donald Ramón Navarro Tapia, formulada por la Sala
Penal de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del
Callao, por la presunta comisión del delito Contra la Salud
Pública - Trá co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado
peruano y disponer su presentación por vía diplomática al
Reino de España, de conformidad con el Tratado vigente
y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables
al caso;
Que, mediante Mensaje EEG2/23001/JPA/8 de
fecha 4 de mayo de 2015, la O cina Central Nacional de
INTERPOL en Madrid, hizo de conocimiento a la O cina
Central Nacional de INTERPOL en Lima, que se ha
concedido la petición de extradición activa del ciudadano
boliviano Donald Ramón Navarro Tapia; motivo por el
cual resulta pertinente se autorice el desplazamiento de
los funcionarios policiales que se encargarán de recibir,
custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad
de Madrid, Reino de España, hacia territorio peruano;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 404-2015-
DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 8 de mayo de 2015,
el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la
Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y
documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y
Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de
la Policía Nacional del Perú autorice el viaje al exterior del
país en comisión de servicios del 12 al 18 de junio de 2015,
del Mayor de la Policía Nacional del Perú Edgard Sixto
Alarcón Velásquez y del Subo cial Superior de la Policía
Nacional del Perú Gilmar Julián Navarro Rodríguez, a la
ciudad de Madrid, Reino de España, para que ejecuten
la extradición activa mencionada en el considerando
precedente;
Que, en atención a los documentos sustentatorios
sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº
218-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 11 de mayo
de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del
Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado,
disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de
resolución autoritativa correspondiente y que los gastos
por concepto de viáticos para el personal policial serán
asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad
Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de
la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio
del Interior; mientras que los gastos correspondientes
a pasajes aéreos e impuesto de viaje para el personal
policial y el extraditable serán asumidos por el Poder
Judicial;
Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, la resolución
de autorización de viajes al exterior de la República
estrictamente necesarios, será debidamente sustentada
en el interés nacional o en el interés especí co de la
institución y deberá indicar expresamente el motivo del
viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de
los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por
tarifa única de uso de aeropuerto;
Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1
del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones
a la prohibición de viajes al exterior de servidores o
funcionarios públicos y representantes del Estado con
cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido
numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del
Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución
Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de
Ministros, la misma que es publicada en el diario o cial
“El Peruano”; y,
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula
la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR