RESOLUCION SUPREMA N° 023-2015-RE - Nombran Cónsul General del Perú en Macará, República del Ecuador

EmisorRELACIONES EXTERIORES
Fecha de la disposición 8 de Febrero de 2015
El Peruano
Domingo 8 de febrero de 2015 546377
Artículo 2. La jurisdicción consular será la establecida
en la Resolución Suprema Nº 256-2004/RE, de 9 de
setiembre de 2004.
Artículo 3. Extenderle las Letras Patentes
correspondientes.
Artículo 4. La fecha en que el citado funcionario
diplomático deberá asumir funciones será fi jada por
Resolución Viceministerial.
Artículo 5. Aplicar el egreso que irrogue la presente
Resolución a las partidas correspondientes del Pliego
Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 6. La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1198473-11
Nombran Cónsul General del Perú en
Macará, República del Ecuador
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 023-2015-RE
Lima, 7 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 62 del Reglamento de la Ley del
Servicio Diplomático de la República dispone que los
funcionarios del Servicio Diplomático desempeñan
funciones indistintamente, en la Cancillería, en las misiones
diplomáticas y consulares, en las representaciones
permanentes ante organismos internacionales y en
misiones especiales, así como en otras dependencias del
Estado, en las ofi cinas desconcentradas del Ministerio de
Relaciones Exteriores y en gobiernos regionales o locales,
conforme a los objetivos de la política exterior;
Que, la protección y atención a las comunidades
peruanas en el exterior constituye una de las prioridades
de la Política Exterior del Perú;
De conformidad con la Ley N.° 28091 Ley del Servicio
Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N.°
29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto
Supremo N.° 130-2003/RE y su modifi catoria el Decreto
Supremo N.° 065-2009/RE; y el Reglamento Consular del
Perú, aprobado mediante el Decreto Supremo N.º 076-
2005/RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Nombrar al Ministro Consejero en el
Servicio Diplomático de la República Consejero Julio
Alberto Ocampo Mascaró, Cónsul General del Perú en
Macará, República de Ecuador.
Artículo 2. La jurisdicción consular será la establecida
en la Resolución Suprema Nº 0172-1988/RE, de 28 de
abril de 1988.
Artículo 3. Extenderle las Letras Patentes
correspondientes.
Artículo 4. La fecha en que el citado funcionario
diplomático deberá asumir funciones será fi jada por
Resolución Viceministerial.
Artículo 5. Aplicar el egreso que irrogue la presente
Resolución a las partidas correspondientes del Pliego
Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 6. La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1198473-12
SALUD
Decreto Supremo que declara en
Emergencia Sanitaria al Hospital I
María Reiche Neuman del Seguro
Social de Salud, ubicado en el distrito
de Marcona, provincia de Nazca,
departamento de Ica
DECRETO SUPREMO
N° 001-2015-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú reconoce en sus
artículos 7 y 9 que todos tienen derecho a la protección
de su salud y el Estado determina la política nacional de
salud, de modo que el Poder Ejecutivo norma y supervisa
su aplicación y es responsable de diseñarla y conducirla
en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos
el acceso equitativo a los servicios de salud;
Que, de conformidad con lo establecido en la Primera
Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo
Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Salud, éste se constituye como la
Autoridad de Salud a nivel nacional, y conforme a lo
establecido en la Ley N° 26842, Ley General de Salud,
tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la
REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración,
actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará
un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN

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