RESOLUCION SUPREMA N° 008-2015-EF - Autorizan viaje de funcionario de la Superintendencia del Mercado de Valores a Mexico, en comisión de servicios

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición28 de Febrero de 2015
El Peruano
Sábado 28 de febrero de 2015 547665
Que, el Plan Operativo Informático – POI, constituye
un instrumento de gestión de corto plazo, que permite
de nir las actividades informáticas de las entidades de la
Administración Pública integrantes del Sistema Nacional
de Informática en sus diferentes niveles;
Que, asimismo, de acuerdo con los literales a) y b) del
numeral 4.2 de la Guía para la Elaboración, Formulación
y Evaluación del Plan Operativo Informático de las
Entidades de la Administración Pública, la Dirección de
Informática de las entidades públicas, o la que haga sus
veces, formulará, registrará y evaluará su respectivo
plan informático, precisando que su aprobación en las
entidades del Gobierno Central se realiza por la máxima
autoridad de la entidad;
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo
aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la O cina
General de Tecnologías de la Información es el órgano
de apoyo encargado de brindar soluciones en materia
de comunicaciones e informática a los órganos del
Ministerio para la mejor ejecución de sus políticas y
funciones; asimismo, formula y procesa, conforme a
los requerimientos de los órganos de línea o de la Alta
Dirección, la información que se obtiene de los órganos,
programas y proyectos del Ministerio, elaborando los
respectivos informes estadísticos;
Que, en dicho contexto, mediante Informe N° 015-
2015-MIDIS/SG/OGTI, la O cina General de Tecnologías
de la Información ha propuesto la aprobación del Plan
Operativo Informático del Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social para el año 2015, indicando que ha sido
elaborado de acuerdo con las disposiciones establecidas
por la citada Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM;
Que, mediante Informe N° 084-2015-MIDIS/SG/OGPP,
la O cina General de Planeamiento y Presupuesto, en el
marco de sus competencias, opina que la propuesta de
Plan Operativo Informático 2015, cumple con los objetivos
y el contenido que se debe considerar, en el marco de
la Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM, que aprueba
la Guía para la Elaboración, Formulación y Evaluación
del Plan Operativo Informático de las Entidades de la
Administración Pública;
Que, en atención a las consideraciones expuestas, y
de acuerdo con los documentos de Vistos, corresponde
aprobar el documento denominado “Plan Operativo
Informático 2015” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social;
Con el visado de la Secretaría General, de la O cina
General de Tecnologías de la Información, de la O cina
General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O cina
General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Resolución
Ministerial N° 19-2011-PCM, que aprueba la Formulación y
Evaluación del Plan Operativo Informático de las Entidades
de la Administración Pública y su Guía de Elaboración; y la
Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones
del Ministerio de Desarrollo e Inclusión, y su Reglamento
de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 011-2012-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Plan Operativo
Informático 2015
Aprobar el documento “Plan Operativo Informático
2015” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social,
que en Anexo forma parte integrante de la presente
resolución.
Artículo 2.- Responsabilidad sobre el Plan
Operativo Informático 2015
Disponer que las acciones relacionadas con el Plan
Operativo Informático del Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social para el año 2015, aprobado por la presente
Resolución, sean de responsabilidad de la O cina General
de Tecnologías de la Información, debiendo realizar la
evaluación correspondiente en los plazos y formas que
establece la normativa sobre la materia.
Artículo 3.- Publicación
Encargar a la O cina General de Tecnologías de la
Información la publicación del documento “Plan Operativo
Informático 2015”, aprobado por la presente Resolución,
en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe/poi)
y en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social (www.midis.gob.pe), el mismo día de la
publicación de la presente Resolución en el Diario O cial
El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
1205589-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de funcionario de la
Superintendencia del Mercado de
Valores a México, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 008-2015-EF
Lima, 27 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante comunicación de fecha 20 de enero
de 2015, la Directora General Adjunta de Organismos
Bursátiles y Financieros Internacionales de la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores de los Estados Unidos
Mexicanos, mani esta a la Superintendencia del Mercado
de Valores - SMV, la con rmación para que una delegación
de dicha entidad participe en una pasantía en la referida
Comisión, a realizarse del 3 al 4 de marzo de 2015, en la
ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos;
Que, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
- CNBV es una autoridad nanciera mexicana, con
autonomía técnica y facultades ejecutivas; que tiene por
objeto supervisar y regular, en el ámbito de su competencia,
a las entidades nancieras, a n de procurar su estabilidad
y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar
el sano y equilibrado desarrollo del sistema nanciero en
su conjunto, en protección de los intereses del público;
Que, la pasantía programada tiene como objetivo
conocer la experiencia de la CNBV en materia de
regulación y supervisión de los grupos empresariales y
agrupaciones nancieras; la vigilancia de los riesgos de
concentración, sistémico y de con ictos de interés de las
transacciones entre relacionados, dentro de un marco de
supervisión basada en riesgos; así como entender los
lineamientos de gestión integral de riesgos requeridos por
la CNBV a las agrupaciones nancieras y la supervisión
consolidada ejercida sobre dichas agrupaciones;
Que, en el marco de su Plan Estratégico, orientado
a la implementación del modelo de Supervisión
Enfocada en Riesgos, la Superintendencia del
Mercado de Valores - SMV ha designado al señor
Javier Armando Chappell Quintana, Analista Principal
de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, para que
participe en la referida pasantía, en atención a las
funciones que desempeña;
Que, en consecuencia, por ser de importancia
institucional para asegurar el cumplimiento de los objetivos
y metas de la Superintendencia del Mercado de Valores -
SMV, resulta pertinente autorizar el viaje del mencionado
funcionario, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al
presupuesto de la Superintendencia del Mercado de
Valores – SMV;
Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del
artículo 10 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece
que las autorizaciones de viaje por supuestos distintos
a los señalados en los literales a), b), c), d), e) y f) del
mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder
Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del
Consejo de Ministros, y autorizarse, mediante Resolución
Suprema;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que
regula la autorización de viajes al exterior de servidores
y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias
aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, así

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