RESOLUCION N° 129-2014-OEFA/PCD - Designan Asesor de la Alta Dirección del OEFA

Fecha de publicación23 Septiembre 2014
Fecha de disposición23 Septiembre 2014
El Peruano
Martes 23 de setiembre de 2014 533161
del 2014, se aceptó la renuncia formulada por la citada
funcionaria al cargo de Subdirectora de la Calidad
Ambiental de la Dirección de Evaluación del OEFA, por
lo que resulta necesario designar al nuevo representante
alterno del OEFA ante la Comisión Nacional y ratif‌i car la
designación del representante titular;
Contando con el visado de la Secretaría General y de
la Of‌i cina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Supremo N° 097-
2010-RE y el Literal t) del Artículo 15° del Reglamento
de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Designar a la abogada Ady Rosin
Chinchay Tuesta, Subdirectora de la Calidad Ambiental de
la Dirección de Evaluación, como representante alterno
del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -
OEFA ante la Comisión Nacional Permanente Peruana de
la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica
(CNPP/OTCA).
Artículo 2°.- Ratif‌i car a la abogada Delia Angélica
Morales Cuti, Directora de Supervisión, designada
mediante Resolución de Presidencia del Consejo
Directivo N° 159-2013-OEFA/PCD, del 19 de diciembre
del 2013, como representante titular del Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA ante
la Comisión Nacional Permanente Peruana de la
Organización del Tratado de Cooperación Amazónica
(CNPP/OTCA).
Artículo 3°.- Dejar sin efecto toda disposición que se
oponga a lo establecido en la presente Resolución.
Artículo 4°.- Notif‌i car la presente Resolución al
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal
Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo
Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental - OEFA
1140861-1
Designan Asesor de la Alta Dirección
del OEFA
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO
DIRECTIVO
N° 129-2014-OEFA/PCD
Lima, 22 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el Literal e) del Artículo 15° del Reglamento de
Organización y Funciones del Organismo de Evaluación
y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto
Supremo N° 022-2009-MINAM, establece que corresponde
al Presidente del Consejo de Directivo designar y remover
a los funcionarios y asesores de la entidad;
Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor
de la Alta Dirección del Organismo de Evaluación y
Fiscalización Ambiental - OEFA resulta necesario designar
al funcionario que desempeñará dicho cargo;
Con el visado de la Secretaría General, de la Of‌i cina
de Administración y de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley
27594 - Ley que regula la participación del
Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación
de funcionarios públicos, y en uso de la atribución
conferida por los Literales e) y t) del Artículo 15° del
Reglamento de Organización y Funciones del OEFA
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Designar al señor Pedro Ronald Costa
Echevarria en el cargo de Asesor de la Alta Dirección
del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -
OEFA, con efectividad a partir del 1 de octubre del 2014.
Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal
Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo
Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental - OEFA
1140863-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Resolución de Superintendencia
que modifica la Resolución de
Superintendencia Nº 210-2004-
SUNAT y modificatorias, que aprobó
las disposiciones reglamentarias del
Decreto Legislativo Nº 943, el cual
aprobó la Ley del Registro Único de
Contribuyentes
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 290-2014-SUNAT
Lima, 22 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Legislativo Nº 943 se aprobó la
Ley del Registro Único de Contribuyentes, la cual, en su
artículo 6°, dispone que la SUNAT mediante resolución de
superintendencia establecerá la forma, plazo, información,
documentación y demás condiciones para la inscripción
en el RUC, así como para la modif‌i cación y actualización
permanente de la información proporcionada al registro;
Que en ese sentido, mediante la Resolución de
Superintendencia Nº 210-2004-SUNAT se aprobaron las
disposiciones reglamentarias del Decreto Legislativo Nº
943;
Que a efectos de generar una comunicación más
personalizada con los contribuyentes y/o responsables y
otros obligados a inscribirse en el RUC, y considerando
el uso masivo de la telefonía móvil y del internet, se ha
estimado conveniente dictar disposiciones para establecer
que para la inscripción en dicho registro, deberá
proporcionarse de manera obligatoria, la información
de una dirección de correo electrónico y un número de
teléfono móvil;
Que de otro lado, la Resolución de Superintendencia
Nº 210-2004-SUNAT establece que el domicilio f‌i scal
o establecimientos anexos que se declaren en el RUC
deberán ser sustentados con la documentación que,
para tal efecto, ha previsto el reglamento aprobado por
dicha resolución de superintendencia. Al respecto, y
con el objetivo de otorgar mayores facilidades a los
contribuyentes y/o responsables y otros obligados a
inscribirse en el RUC, se ha estimado oportuno incluir
documentos adicionales que, de manera opcional, podrán
ser utilizados por dichos sujetos para sustentar el domicilio
f‌i scal o establecimientos anexos que se declaren en el
citado registro;

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