RESOLUCION N° 828-2014/SBN-DGPE-SDAPE - Disponen primera inscripción de dominio de diversos terrenos ubicados en los departamentos de Lima, Ica, La Libertad, Apurímac y en la Provincia Constitucional del Callao

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Fecha de la disposición 4 de Diciembre de 2014
El Peruano
Jueves 4 de diciembre de 2014 539317
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de eriazo
de 38 520,58 m², ubicado al Norte de la jurisdicción
del distrito de Huaranchal, entre los Centros Poblados
de Quinual, Susual e Igor, en el distrito de Huaranchal,
provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; según
el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente
Resolución.
Artículo 2º.- La Zona Registral Nº V - Sede Trujillo de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Otuzco.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal
1172816-18
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN Nº 827-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 28 de noviembre de 2014
Visto el Expediente Nº 1414-2014/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno de 521 643,36 m²,
ubicado al sureste del centro poblado de Chalhuahuacho,
distrito de Chalhuahuacho, provincia de Cotabambas,
departamento de Apurímac;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional
de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar
las acciones que realicen las entidades que conforman
el mencionado Sistema, en materia de adquisición,
disposición, administración y registro de los bienes
estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos
actos respecto de los bienes estatales que se encuentran
bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor,
conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado
Que, revisada la base grá ca de propiedades con la
que cuenta esta Superintendencia, se identi có el terreno
de 521 643,36 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado
de Chalhuahuacho, distrito de Chalhuahuacho, provincia
de Cotabambas, departamento de Apurímac, que se
encontraría sin inscripción registral;
Que, el Certi cado de Búsqueda Catastral de fecha 06
de noviembre de 2014 sobre la base del Informe Técnico
Nº 1814-2014-ZR Nº X/OC-OR-ABANCAY-U de fecha 31
de octubre de 2014, señala que el área en consulta no se
encuentra inscrito;
Que, realizada la inspección técnica con fecha
12 de noviembre de 2014, se observó que el terreno
es de topografía variada con pendiente menor al 5%
aproximadamente, presenta un suelo de composición
arenosa con presencia de rocas y piedra de variados
tamaños, constituido por material pedregoso de rio
conglomerado, tiene pasto natural que crece todo el año,
terreno desocupado;
Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que
los predios que no se encuentren inscritos en el Registro
de Predios y que no constituyan propiedad de particulares,
ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de
dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar
la primera inscripción de dominio a favor del Estado de
521 643,36 m², de conformidad con el artículo 38º del
Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto
Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-
2002/SBN, modi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN,
que regulan el trámite de inscripción de la primera de
dominio de predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del “Reglamento
de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por
21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de
Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y
aprobar los actos de adquisición y administración de los
bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir
las Resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento
y modi catorias;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 943-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha
25 de noviembre de 2014.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio
a favor del Estado del terreno de 521 643,36 m², ubicado al
Sureste del Centro Poblado de Chalhuahuacho, distrito de
Chalhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento
de Apurímac; según el plano y memoria descriptiva que
sustentan la presente Resolución.
Artículo 2º.- La Zona Registral Nº X - Sede Cusco de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Apurimac.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal
1172816-19
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN Nº 828-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 28 de noviembre de 2014
Visto el Expediente Nº 1413-2014/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno de 207 712,32 m²,
ubicado al Sureste del Centro Poblado de Chalhuahuacho,
distrito de Chalhuahuacho, provincia de Cotabambas,
departamento de Apurímac;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema
Nacional de Bienes Estatales encargado de normar
y supervisar las acciones que realicen las entidades
que conforman el mencionado Sistema, en materia
de adquisición, disposición, administración y registro
de los bienes estatales a nivel nacional, así como de
ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales
que se encuentran bajo su competencia, procurando
optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -
Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales-
y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº
007-2008-VIVIENDA;
Que, revisada la base grá ca de propiedades con la
que cuenta esta Superintendencia, se identi có el terreno
de 207 712,32 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado
de Chalhuahuacho, distrito de Chalhuahuacho, provincia
de Cotabambas, departamento de Apurímac, que se
encontraría sin inscripción registral;
Que, el Certi cado de Búsqueda Catastral de fecha 06
de noviembre de 2014 sobre la base del Informe Técnico
Nº 1815-2014-ZR Nº X/OC-OR-ABANCAY-U de fecha 13
de octubre de 2014, señala que el área en consulta no se
encuentra inscrito;
Que, realizada la inspección técnica con fecha 12
de noviembre de 2014, se observó que el terreno es de
topografía ligeramente plana con pendiente menor al 5%
aproximadamente, presenta un suelo de composición
arenosa con presencia de rocas y piedras, el terreno
ha sido removido y nivelado, se encuentra desocupado,
se observa un camal, losas deportivas, sistema de

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