RESOLUCION N° 772-2014/SBN-DGPE-SDAPE - Disponen primera inscripción de dominio de diversos terrenos ubicados en los departamentos de Lima, Ica, La Libertad, Apurímac y en la Provincia Constitucional del Callao

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Fecha de la disposición 4 de Diciembre de 2014
El Peruano
Jueves 4 de diciembre de 2014 539311
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Nazca.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal
1172816-9
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN
Nº 771-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 26 de noviembre de 2014
Visto el Expediente Nº 1409-2014/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 749
599,48 m², ubicado al Suroeste del cerro Resbalón
y al Noreste del sector denominado Parque Porcino,
aproximadamente a 6.8 Km de la margen derecha de la
carretera a Ventanilla (ruta CL-100) Sureste del distrito de
Ventanilla, provincia Constitucional del Callao;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional
de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar
las acciones que realicen las entidades que conforman
el mencionado Sistema, en materia de adquisición,
disposición, administración y registro de los bienes
estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos
actos respecto de los bienes estatales que se encuentran
bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor,
conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado
Que, revisada la base grá ca de propiedades con la
que cuenta esta Superintendencia, se identi có el terreno
de 749 599,69 m², ubicado al Suroeste del cerro Resbalón
y al Noreste del sector denominado Parque Porcino,
aproximadamente a 6.8 Km de la margen derecha de la
carretera a Ventanilla (ruta CL-100) Sureste del distrito
de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao, que se
encontraría sin inscripción registral;
Que, mediante O cio Nº 708-2014-SUNARP/
Z.R.NºIX/CLL-PR de fecha 01 de octubre de 2014, la
Zona Registral Nº IX – Sede Lima remite el Certi cado de
Búsqueda Catastral de fecha 01 de octubre sobre la base
del Informe Técnico Nº 18187-2014-SUNARP-Z.R. Nº IX/
OC de fecha 30 de setiembre de 2014, donde señala que
el predio en consulta se encuentra en una zona donde no
se tiene información grá ca de predios con antecedentes
registrales;
Que, realizada la inspección técnica con fecha 06
de noviembre de 2014, se veri có que el terreno es de
naturaleza eriaza, de forma irregular, con una topografía
variada y pendiente fuerte por la presencia de lomas y
cerros, con tipo de suelo arcilloso-limoso;
Que, elaborada la documentación técnica que
sustenta la presente resolución se procedió a determinar
el área exacta a inscribir, el cual se ha determinado
un área de 749 599,48 m², ubicado al Suroeste del
cerro Resbalón y al Noreste del sector denominado
Parque Porcino, aproximadamente a 6.8 Km de la
margen derecha de la carretera a Ventanilla (ruta
CL-100) Sureste del distrito de Ventanilla, provincia
Constitucional del Callao;
Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que
los predios que no se encuentren inscritos en el Registro
de Predios y que no constituyan propiedad de particulares,
ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de
dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar
la primera inscripción de dominio a favor del Estado
del terreno eriazo de 749 599,48 m², de conformidad
con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151,
la Directiva Nº 001-2002/SBN, modi cada por la Directiva
Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de
la primera de dominio de predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento
de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por
21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de
Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y
aprobar los actos de adquisición y administración de los
bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir
las Resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento
y modi catorias;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 0944-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de
fecha 25 de noviembre de 2014;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio
a favor del Estado del terreno eriazo de 749 599,48 m²,
ubicado al Suroeste del cerro Resbalón y al Noreste del
sector denominado Parque Porcino, aproximadamente a
6.8 Km de la margen derecha de la carretera a Ventanilla
(ruta CL-100) Sureste del distrito de Ventanilla, provincia
Constitucional del Callao; según el plano y memoria
descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Callao.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal
1172816-10
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN
Nº 772-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 26 de noviembre de 2014
Visto el Expediente Nº 1408-2014/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 434
895,27 m², ubicado al Sur de cerro Resbalón y al Este del
Sector denominado Parque Porcino, aproximadamente a
6.6 Km. de la margen derecha de la carretera a Ventanilla
(ruta CL-100) Sureste del distrito de Ventanilla, provincia
Constitucional del Callao;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional
de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar
las acciones que realicen las entidades que conforman
el mencionado Sistema, en materia de adquisición,
disposición, administración y registro de los bienes
estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos
actos respecto de los bienes estatales que se encuentran
bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor,
conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado
Que, revisada la base grá ca de propiedades con la
que cuenta esta Superintendencia, se identi có el terreno
de 434 895,27 m², ubicado al Sur de cerro resbalón
y al Este del Sector denominado Parque Porcino,
aproximadamente a 6.6 Km. de la margen derecha de la
carretera a Ventanilla (ruta CL-100) Sureste del distrito
de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao, que se
encontraría sin inscripción registral;
Que, mediante O cio Nº 709-2014-SUNARP/
Z.R.NºIX/CLL-PR de fecha 01 de octubre de 2014, la
Zona Registral Nº IX – Sede Lima remite el Certi cado de
Búsqueda Catastral de fecha 01 de octubre sobre la base
del Informe Técnico Nº 18188-2014-SUNARP-Z.R. Nº IX/
OC de fecha 30 de setiembre de 2014, donde señala que

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