RESOLUCION N° 400-2014/SUNAT - Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2015
El Peruano
Martes 6 de enero de 2015 544047
de los procesos declarados desiertos.
2.1.5 Autorizar la participación de expertos
independientes para apoyar a los Comités Permanentes
y Especiales.
2.1.6 Suscribir, en representación del OEFA, los
contratos y adendas derivados de los procesos de
selección regulados por la normativa de Contrataciones
del Estado, previa visación de la O cina de Asesoría
Jurídica. Asimismo, suscribir los contratos y adendas
para la adquisición de bienes y servicios cuyos montos,
sean iguales o inferiores a tres (3) Unidades Impositivas
Tributarias.
2.1.7 Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales
en el caso de bienes o servicios hasta por el límite del
veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original,
siempre que se cuente con la asignación presupuestaria
su ciente. Dicha autorización debe tener como objeto la
contratación de bienes y servicios provenientes de los
procesos de selección de Adjudicaciones Directas y de
Menor Cuantía, así como de Adjudicaciones de Menor
Cuantía de procesos declarados desiertos.
2.1.8 Autorizar la reducción de prestaciones en el caso
de bienes o servicios hasta por el límite del veinticinco
por ciento (25%) del monto del contrato original. Dicha
autorización debe tener como objeto la contratación
de bienes y servicios provenientes de los procesos
de selección de Adjudicaciones Directas y de Menor
Cuantía, así como de Adjudicaciones de Menor Cuantía
de procesos declarados desiertos.
2.1.9 Aprobar las contrataciones complementarias de
bienes y servicios derivados de procesos de contratación
pública.
2.1.10 Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones,
pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos
de selección que deban realizarse ante el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE,
la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y la
Contraloría General de la República, así como gestionar
las publicaciones que deban efectuarse por mandato
legal y los pedidos de información y consultas que resulte
necesario formular ante otras entidades.
2.1.11 Resolver los contratos relativos a la contratación
de bienes y servicios por las causales reguladas en la
normativa sobre Contrataciones del Estado, así como
efectuar los actos previos necesarios para cumplir dicha
nalidad. Asimismo, resolver los contratos relativos
a la contratación de bienes y servicios derivados de
contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a
tres (3) Unidades Impositivas Tributarias.
2.1.12 Resolver las solicitudes de ampliación de plazo
contractual derivados de procesos contratación pública.
2.1.13 Emplazar a los impugnantes a n de que
realicen la subsanación de los requisitos de admisibilidad
del recurso de apelación, así como la facultad para correr
el traslado de los recursos de apelación a los postores
que pudiesen resultar afectados con su resolución en los
procesos de Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación
de Menor Cuantía.
2.2. Facultades en materia administrativa:
2.2.1. Suscribir, en representación del OEFA, los
contratos del personal de la Entidad, así como sus
respectivas prórrogas, adendas y/o modi caciones.
2.2.2. Suscribir, en representación del OEFA, los
acuerdos resolutorios de los contratos de personal, en
aquellos casos que exista mutuo acuerdo.
2.2.3. Aprobar la contratación de servicios de terceros
según los requerimientos de las unidades orgánicas
debidamente sustentados en el Plan Operativo Institucional
correspondiente al Año Fiscal 2015.
2.2.4. Representar al OEFA ante la Superintendencia
Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, el Servicio
de Administración Tributaria - SAT, el Instituto Nacional
de Defensa de la competencia y de la Protección de la
Propiedad Intelectual - INDECOPI, la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la
Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud
- SUNASA, el Seguro Social de Salud - ESSALUD,
las Entidades Prestadoras de Salud - EPSs, las
Administradoras de Fondo de Pensiones - AFPs,
Empresas de Seguros, instituciones prestadoras de
servicios de salud, así como todas aquellas vinculadas
con las funciones de la O cina de Administración, para que
realice cualquier tipo de actividad que resulte necesaria
para el mejor desarrollo de las funciones administrativas
y de gestión del OEFA.
2.2.5. Suscribir, en representación del OEFA,
los convenios de prácticas (pre profesionales,
profesionales u otros) celebrados conforme a lo
dispuesto en la Ley Nº 28518 - Ley sobre Modalidades
Formativas Laborales y su Reglamento aprobado
2.2.6. Suscribir, en representación del OEFA, los
contratos, convenios y documentos con las entidades
nancieras, en lo relacionado al manejo de cuentas
bancarias del OEFA y a los servicios que dichas entidades
brindan.
Artículo 3º.- La Secretaría General y la O cina de
Administración deberán informar trimestralmente a la
Presidencia del Consejo Directivo del Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA sobre los
actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en
los Artículos 1º y 2º de la presente Resolución.
Artículo 4º.- La Oficina de Administración
deberá informar trimestralmente a la Secretaría
General respecto de las acciones desarrolladas en
el marco de las facultades establecidas en el Decreto
Legislativo Nº 1057 que regula el régimen especial
de Contratación Administrativa de Servicios y su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-
2008-PCM.
Artículo 5º.- La O cina de Administración deberá
informar trimestralmente a la Secretaría General respecto
de las contrataciones de bienes y servicios cuyos montos
sean iguales o inferiores a tres (3) Unidades Impositivas
Tributarias.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario O cial El Peruano y en el Portal
Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo
Organismo de Evaluación
y Fiscalización Ambiental - OEFA
1184138-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban modificación del Reglamento
de Organización y Funciones de la
Superintendencia Nacional de Aduanas
y de Administración Tributaria -
SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 400-2014/SUNAT
Lima, 31 de diciembre de 2014
VISTO:
El Informe Técnico Nº 035-2014-SUNAT/1K2000
emitido por la Gerencia de Organización y Procesos de
la O cina Nacional de Planeamiento y el Informe Legal
Nº 27-2014-SUNAT/8E0000 emitido por la Intendencia
Nacional de Asesoría Legal Interna;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Superintendencia
Nº 122-2014/SUNAT, se aprobó el Reglamento de
Organización y Funciones - ROF de la Superintendencia
Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
- SUNAT, modi cado por las Resoluciones de
Superintendencia Nos 139-2014/SUNAT, 158-2014/

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