RESOLUCION N° 388-2014/MDSMP - Declaran de oficio la aprobación de la habilitación urbana de inmueble ubicado en el distrito
Fecha de disposición | 31 Diciembre 2014 |
Fecha de publicación | 31 Diciembre 2014 |
El Peruano
Miércoles 31 de diciembre de 2014
543710
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal a los veintisiete días del
mes de noviembre del dos mil catorce.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
1182624-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Declaran de oficio la aprobación de
la habilitación urbana de inmueble
ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 388-2014/MDSMP
San Martín de Porres, 17 de diciembre del 2014.
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN
DE PORRES
VISTO: El informe Nº 643-2014-GDU-MDSMP de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de
Habilitación Urbana de Ofi cio de predio; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de
Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación
Urbana de Ofi cio, del terreno constituido por la Parcela
Nº 10268 del ex Fundo Santa Rosa que, según la Ficha
Registral Nº 1177012 y continuada en la Partida Nº
44193728 expedida por la Superintendencia Nacional de
los Registros Públicos (SUNARP), se encuentra ubicado
en nuestra jurisdicción, sobre el cual se ha constituido
la Urbanización Kama 1, cuya área es de 87,100.00 m²;
con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por
el Norte, colinda con la UU.CC. Nos. 10530 y 10244 de
propiedad de terceros, en línea recta con una distancia
de 270.57 m., teniendo por medio un camino carrozable
y acequia de regadío; por el Sur, colinda con las UU.CC.
Nos. 10265 y 10266 de propiedad de terceros, en línea
recta con una distancia de 300.57 m.; por el Este, colinda
con las UU.CC. Nos. 10269 y 10270 de propiedad de
terceros, en línea recta con una distancia de 336.42 m.; y
por el Oeste, colinda con la U.C. Nº 10267 de propiedad
de terceros, en línea recta con una distancia de 349.78
m.; Que, mediante Informe Nº 1491-2014-SGCyHU-GDU-
MDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones
Urbanas señala que, recogiendo el Informe Nº 622-2014-
LEHH-SGCHU-GDU/MDSMP, el terreno de 87,100.00 m2
m², sobre el cual se desarrolla la Urbanización Kama 1,
se encuentra totalmente consolidada respecto al total del
área útil, contando con edifi caciones y servicios públicos
domiciliarios; por lo que cumple con las condiciones
para que se declare habilitado de ofi cio, acorde con
lo establecido en la Ley Nº 29898, que modifi ca la Ley
Nº 29090 – de Regulación de Habilitaciones Urbanas
y de Edifi caciones que establece el procedimiento de
Habilitación Urbana de Ofi cio y el Decreto Supremo Nº
Que, la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en el diario
ofi cial El Peruano el 14.MAYO2007, aprueba el Reajuste
Integral de la Zonifi cación de los Usos del Independencia,
Comas y Los Olivos y de una parte del distrito del Rímac,
que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II
de Lima Metropolitana; y conforme al Plano de Zonifi cación
de los Usos del Suelo se califi ca al terreno materia de
trámite con Zonifi cación Residencial de Densidad Media
– RDM – y Comercio Zonal - CZ;
Que, asimismo, de conformidad con el Plano del
Sistema Vial Metropolitano de Lima, aprobado por
Ordenanza Nº 341-MML, el terreno de la Urbanización
Kama 1 se encuentra afectado por una vía metropolitana
Av. Carlos Izaguirre, calificada como vía arterial
FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la
publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles
siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante
la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.
2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda
revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de
Erratas.
3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo
el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe
Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden
antes de consignar el siguiente error a rectifi carse.
4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste
podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCIÓN
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