RESOLUCION N° 329-2014-SUNARP/SN - Autorizan la creación de Oficinas Receptoras en los departamentos de Moquegua y Cusco

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Fecha de la disposición24 de Diciembre de 2014
El Peruano
Miércoles 24 de diciembre de 2014 540895
Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución en el
diario o cial “El Peruano” por una (1) vez, conforme a lo
dispuesto en el artículo 33 del Decreto Supremo N° 006-
2003-PCM, modi cado por Decreto Supremo Nº 004-
2009-PCM.
Artículo 5º.- Poner en conocimiento de las partes
interesadas que el periodo para que presenten
pruebas o alegatos es de seis (6) meses posteriores
a la publicación de la presente Resolución en el diario
oficial “El Peruano”, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 28 del Decreto Supremo N° 006-2003-PCM,
modificado por Decreto Supremo Nº 004-2009-PCM.
Dicho periodo podrá ser prorrogado por tres (3) meses
adicionales, de conformidad con lo dispuesto en el
referido artículo.
Artículo 6º.- El inicio del procedimiento de examen
se computará a partir de la fecha de publicación de la
presente Resolución en el diario o cial “El Peruano”.
Con la intervención de los señores miembros de
Comisión: Renzo Rojas Jiménez, Pierino Bruno Stucchi
López Raygada, Peter Barclay Piazza y José Guillermo
Díaz Gamarra.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RENZO ROJAS JIMÉNEZ
Presidente
1181011-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Autorizan la creación de Oficinas
Receptoras en los departamentos de
Moquegua y Cusco
RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 329-2014-SUNARP/SN
Lima, 23 de diciembre de 2014
VISTOS, el O cio Nº 584-2014/Z.R.NºXIII-JEF, de
la Jefatura de la Zona Registral Nº XIII – Sede Tacna
y los Informes Nº 594-2014-SUNARP/OGPP; Nº 212-
2014-SUNARP/OGA; Nº 1247-2014-SUNARP/OGAJ; y
Nº 099-2014-SUNARP/DTR, de las O cinas Generales
de Planeamiento y Presupuesto; de Administración; de
Asesoría Jurídica y de la Dirección Técnica Registral,
respectivamente;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº26366, se creó la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -
SUNARP, organismo autónomo del Sector Justicia y ente
rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos,
cuyo objetivo principal es dictar políticas y normas técnico
- administrativas de los Registros Públicos;
Que, en aplicación a políticas de descentralización
e inclusión social, la Sunarp viene brindando servicios
registrales a un gran número de ciudadanos que se
encuentran ubicados en las zonas más apartadas del
país;
Que, la Zona Registral Nº XIII-Sede Tacna, Órgano
Desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos solicita autorización para la apertura
de la O cina Receptora el distrito de Omate, ubicada en
la provincia de General Sánchez Cerro, departamento de
Moquegua, para lo cual remite el Expediente Técnico-
Económico que contiene la documentación que lo
sustenta;
Que, conforme a lo establecido en la Directiva
Nº 002-2008-SUNARP-GPD/SN “Procedimiento de
autorización para la creación, supresión o traslado
de las O cinas Receptoras de la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos”, aprobada por
Resolución Nº 139-2008-SUNARP/SN, el Expediente
Técnico debe contener los estudios preliminares, el
análisis de la demanda, costos y bene cios que se
generen a partir de la puesta en marcha de la O cina
Receptora así como los bene cios que redundarían en
la población de la localidad;
Que, de acuerdo a los estudios técnicos y análisis de
la demanda elaborados por la Unidad de Planeamiento
y Presupuesto de la Zona Registral de Tacna, se tiene
que el distrito de Omate cuenta con una población
total de 3,900 habitantes siendo estos pobladores
los directamente beneficiados con la instalación de
la futura Oficina Receptora, incluyendo los distritos
de Coalaque, La Capilla, Puquina, Matalaque,
Quinistaquillas. Cuenta además con Notaría, Servicio
Postal (Serpost), señal televisiva satelital de CLARO,
servicios básicos (luz, agua, desagüe), agencias
bancarias, telefonía, trasporte urbano, así como dos
emisoras radiales;
Que, la O cina Receptora propuesta brindaría los
servicios de inscripción y publicidad registral, trámite
documentario, recepción de títulos para cali cación e
inscripción respectiva, orientación y defensoría al usuario,
promoción y difusión de la cultura registral, así como llevar
a cabo la coordinación con las autoridades locales de los
diferentes distritos, para la posible noti cación de títulos
provenientes de Cofopri y el PETT;
Que, para el funcionamiento de la O cina Receptora
propuesta, la Municipalidad ha cedido un ambiente en
virtud al Convenio de cooperación interinstitucional suscrito
con la Sunarp, de fecha 03 de diciembre de 2014;
Que, respecto al análisis costo bene cio, la O cina
General de Planeamiento y Presupuesto ha señalado que
la instalación de la nueva O cina Receptora en el distrito
de Omate, demandará un costo de inversión por concepto
de bienes y servicios que serán recuperados conforme se
prevé de la proyección para los años 2015-2017, lo cual
hace razonable su apertura, teniendo en cuenta además,
que los servicios que brindará la Sunarp bene ciará a
gran cantidad de pobladores de escasos recursos en
dicha localidad;
Que, asimismo, el Expediente Técnico cuenta con las
opiniones favorables de la Dirección Técnica Registral
y de las O cinas Generales de Asesoría Jurídica y de
Administración de la Sede Central, que señalan que es
viable la propuesta de creación de la O cina Receptora en
el distrito de Omate, considerándose que cumple con los
requisitos técnicos exigidos en la Directiva Nº 002-2008-
SUNARP-GPD/SN;
Que, estando a lo acordado en Sesión de Consejo
Directivo Nº 290 de fecha 05 de febrero de 2013, que
faculta al Superintendente Nacional autorizar la creación
de O cinas Receptoras en el ámbito nacional, dando
cuenta al Directorio (hoy Consejo Directivo), y con los
vistos de Secretaría General; las O cinas Generales de
Planeamiento y Presupuesto; Administración; Asesoría
Jurídica, así como de la Dirección Técnica Registral;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la creación de la O cina
Receptora en el distrito de Omate, ubicado en la provincia
de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua,
bajo la jurisdicción de la Zona Registral Nº XIII - Sede
Tacna.
Artículo Segundo.- La Jefatura de la Zona Registral
Nº XIII - Sede Tacna, mediante resolución, detallará
los servicios registrales que se brindarán en la O cina
Receptora de Omate.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de Registros Públicos
SUNARP
1181516-1
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 330-2014-SUNARP/SN
Lima, 23 de diciembre de 2014
VISTOS, los Oficios Nºs. 241 y 392-2014/Z.R.NºX/
JEF, de la Jefatura de la Zona Registral Nº X – Sede

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