RESOLUCION N° 326-2014/SUNAT - Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT a Ecuador, en comisión de servicios

Fecha de publicación28 Octubre 2014
Fecha de disposición28 Octubre 2014
El Peruano
Martes 28 de octubre de 2014
536050
siempre que resulten necesarios para el cumplimiento de
la f‌i nalidad de contratación del servicio.
La asignación u otorgamiento de los mismos, se
encuentran sujetos al requerimiento previo del órgano de
línea y/o CGOD, con el debido sustento técnico, así como
a la aprobación por parte de la Of‌i cina de Administración,
en función al principio de racionalidad y proporcionalidad
del gasto. Para dichos efectos, la Of‌i cina de Administración
aprobará las disposiciones que regulen su autorización,
así como las reglas para su devolución, restitución,
mantenimiento, cuidado, conservación, pago, reembolso,
u otras condiciones aplicables a la especif‌i cidad y/o
características del bien o servicio otorgado.
La asignación u otorgamiento de los referidos bienes y/
o servicios no desnaturaliza ni afecta el carácter autónomo
de la prestación de servicios contratada, ni genera vínculo
laboral o relación de subordinación con el tercero, dado
que únicamente será otorgado para atender la necesidad
específ‌i ca durante el periodo de contratación.”
Artículo 2°.- Encargar a la Of‌i cina de Administración
que, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles,
apruebe el Modelo de Contrato de Servicios y sus
respectivos anexos, los cuales serán suscritos por los
Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores, en
aplicación de lo establecido en la presente Resolución.
Dentro de dicho plazo, la Of‌i cina de Administración
deberá aprobar los Formatos de Requerimiento, Modelo
de Informe de Actividades e Informe de Conformidad,
así como el Flujograma del Proceso de Selección,
Contratación y Pago de los Terceros.
Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal
Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental (www.oefa.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo
Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental - OEFA
1155627-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajador de la
SUNAT a Ecuador, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 326-2014/SUNAT
Lima, 27 de octubre de 2014
CONSIDERANDO:
Que mediante OF.RE (SUD) N° 22-6-BB/121 de
fecha 15 de octubre de 2014, el Ministerio de Relaciones
Exteriores, comunica a la Superintendencia Nacional de
Aduanas y Administración Tributaria, la realización del
Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional de
Ministros del Perú y Ecuador que se llevará a cabo en
el Cantón Arenillas, Provincia de El Oro, República del
Ecuador, el día 30 de octubre de 2014;
Que el Encuentro Presidencial y VIII Gabinete
Binacional de Ministros del Perú y Ecuador, es la máxima
instancia de diálogo político con el Ecuador y constituirá
la conf‌i rmación del excelente nivel de integración y
cooperación que existe entre ambos países al permitir
avanzar en la identif‌i cación y realización de proyectos
en benef‌i cio de las poblaciones de ambos países, en
particular de las que habitan en la Zona de Integración
Fronteriza (ZIF);
Que el objetivo del mencionado evento es evaluar
los avances alcanzados en el cumplimiento de los
compromisos asumidos en la Declaración Presidencial de
Piura del 14 de noviembre de 2013, así como formular
nuevos compromisos con el propósito de profundizar la
integración e impulsar la agenda común entre ambos
países;
Que, en ese sentido, se abordará el avance logrado
entre otros, en materias aduaneras tales como el régimen
simplif‌i cado de intercambio comercial fronterizo, lucha
contra el contrabando y el desarrollo e implementación de
centros binacionales de atención en frontera;
Que la participación de la SUNAT se enmarca
dentro del objetivo estratégico institucional de reducir el
contrabando y el tráf‌i co ilícito de mercancías, toda vez
que el citado evento permitirá hacer una evaluación de los
avances alcanzados a la fecha, referidos a la ejecución de
capacitaciones, intercambio de información, cooperación
interinstitucional y ejecución de operativos de prevención
en el campo de la lucha contra el contrabando emprendida
por ambos países;
Que en tal sentido, siendo de interés institucional para
la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos
de esta naturaleza, conforme al Informe N° 074-2014-
SUNAT/3Y0000 de fecha 24 de octubre de 2014, resulta
necesario autorizar la participación en el referido evento
del trabajador Alfonso Iván Luyo Carbajal, Superintendente
Nacional Adjunto de Aduanas (e);
Que el numeral 1 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de
la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina
en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las
Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos;
Que en tal virtud, mediante Resolución de
Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las
normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT,
aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé
la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de
la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo
los que se efectúen con la f‌i nalidad de cumplir con los
objetivos institucionales y los que se realicen en el marco
de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y
ambientales, negociaciones económicas y f‌i nancieras y
las acciones de promoción de importancia para el Perú;
Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y
servidores;
Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple
con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia
N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de
itinerario, autorizar el viaje del trabajador Alfonso Iván
Luyo Carbajal del 29 al 30 de octubre de 2014; debiendo
la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos
por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa
Única por Uso de Aeropuerto (TUUA) y los viáticos;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos
27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y
la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT;
y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo
8° del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia
N° 122-2014/SUNAT y modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Alfonso
Iván Luyo Carbajal, Superintendente Nacional Adjunto de
Aduanas (e) del 29 al 30 de octubre de 2014 para participar
en el Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional
de Ministros del Perú y Ecuador que se llevará a cabo
en el Cantón Arenillas, Provincia de El Oro, República del
Ecuador, el día 30 de octubre de 2014.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto
del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas
y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al
siguiente detalle:
Señor Alfonso Iván Luyo Carbajal
Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso
de Aeropuerto - TUUA) US $ 452,51
Viáticos US $ 740,00

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