RESOLUCION N° 297-2015-MINEDU - Aprueban Norma Técnica 'Normas para la Gestión del Bienestar y Desarrollo Integral de los Estudiantes del modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño'

Fecha de disposición28 Febrero 2015
Fecha de publicación28 Febrero 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Sábado 28 de febrero de 2015
547668
una educación integral y de calidad para todos y la
universalización de la educación básica;
Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 80 de la
Ley, es función del Ministerio de Educación def‌i nir, dirigir,
regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la
política educativa y pedagógica nacional, y establecer
políticas específ‌i cas de equidad;
Que, según lo establecido en el artículo 66 del
Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado
Regional, a través de la Dirección Regional de Educación
o la que haga sus veces, promueve la experimentación
de diversas formas de atención dirigidas a propiciar la
universalización de la Educación Secundaria para los
adolescentes, entre otras, mediante la educación en
alternancia, garantizando la incorporación plena de los
adolescentes en zonas rurales;
Que, mediante la Resolución de Secretaría General
N° 1624-2014-MINEDU, de fecha 19 de setiembre de
2014, se aprueban los Lineamientos para la Educación
en Alternancia; encargándose el cumplimiento de estos
a la Dirección General de Educación Secundaria, la cual
depende de la Dirección General de Educación Básica
Regular del Ministerio de Educación;
Que, con el Of‌i cio N° 040-2015-MINEDU/VMGP/
DIGEBR, la Directora General de Educación Básica
Regular remitió al Viceministro de Gestión Pedagógica
el Informe N° 01-2015-MINEDU/VMGP/DIGEBR-
DES-APCO, elaborado por la Dirección de Educación
Secundaria, a través del cual se sustenta la necesidad
de aprobar la Norma Técnica denominada “Orientaciones
para la contratación de Coordinadores Comunales en
los Centros Rurales de Formación en Alternancia bajo
el régimen especial de contratación administrativa de
servicios”, las cuales establecen disposiciones para el
proceso de evaluación, selección, y contratación de los
referidos coordinadores comunales;
De conformidad, con lo previsto en el Decreto Ley
Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modif‌i cado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED; la
Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba
la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada
“Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos
Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de
Educación”; y en virtud de las facultades delegadas por la
Resolución Ministerial N° 021-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada
“Orientaciones para la contratación de Coordinadores
Comunales en los Centros Rurales de Formación en
Alternancia bajo el régimen especial de contratación
administrativa de servicios”, la misma que como Anexo
forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Educación
Secundaria del Ministerio de Educación, las Direcciones
Regionales de Educación o las que hagan sus veces, y las
instituciones educativas comprendidas en la forma de atención
de educación en alternancia, la difusión y cumplimiento de la
norma técnica aprobada por el artículo precedente.
Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el
Diario Of‌i cial El Peruano, encargándose a la Of‌i cina de
Apoyo a la Administración de la Educación su publicación
y la de su Anexo en el Sistema de Información Jurídica
de Educación-SIJE, ubicado en el Portal Institucional del
Ministerio de Educación (http//www.minedu.gob.pe), en la
misma fecha.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DESILU LEON CHEMPEN
Secretaria General
1205475-1
Aprueban Norma Técnica “Normas para
la Gestión del Bienestar y Desarrollo
Integral de los Estudiantes del modelo
de servicio educativo para la atención
de estudiantes de alto desempeño”
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
Nº 297-2015-MINEDU
Lima, 26 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:
de Educación, establece que el Ministerio de Educación
es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por f‌i nalidad
def‌i nir, dirigir y articular la política de educación, cultura,
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de
Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo
siguiente:
1. La solicitud de publicación se efectuará mediante of‌i cio dirigido al Director del Diario Of‌i cial El
Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un
funcionario de la entidad solicitante.
2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio
en la Separata de Declaraciones Juradas.
3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo
electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión
electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente
asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas
a publicarse.
4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por
celda.
5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo
de otra.
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