RESOLUCION N° 295-2014-SUNARP/SN - Autorizan la creación de la Oficina Receptora que operará dentro de las instalaciones del Poder Judicial (Corte Superior de Justicia de Tacna), bajo la jurisdicción de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2014
El Peruano
Miércoles 26 de noviembre de 2014 538427
(e) de la División de Acciones Inmediatas y Masivas de la
Gerencia de Prevención del Contrabando y Operaciones
Especiales de la Intendencia de Control Aduanero;
Que el numeral 1 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de
la SUNAT, aprobada por Ley N.º 29816, dispone que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina
en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las
Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos;
Que en tal virtud, mediante Resolución de
Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT se aprobaron las
normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT,
aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé
la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de
la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo
los que se efectúen con la nalidad de cumplir con los
objetivos institucionales y los que se realicen en el marco
de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y
ambientales, negociaciones económicas y nancieras y
las acciones de promoción de importancia para el Perú;
Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley N.º 29816 establece
que la SUNAT autorizará mediante Resolución de
Superintendencia, los viajes al exterior de sus funcionarios
y servidores;
Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple
con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia
N.º 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones
de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Rómulo
Javier Guerrero Rojas del 1 al 4 de diciembre de 2014;
debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto,
los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye
la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA) y los
viáticos;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs.
27619 y 29816, el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y
la Resolución de Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT;
y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo
8º del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia
N.º 122-2014/SUNAT y modi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del trabajador Rómulo
Javier Guerrero Rojas, Jefe (e) de la División de Acciones
Inmediatas y Masivas de la Gerencia de Prevención del
Contrabando y Operaciones Especiales de la Intendencia
de Control Aduanero del 1 al 4 de diciembre de 2014, para
participar en la VIII Reunión de la Comisión Mixta Peruano
– Colombiana sobre Cooperación en Materia de Desarrollo
Alternativo, Prevención del Consumo, Rehabilitación,
Control del Trá co Ilícito de Estupefacientes, Sustancias
Psicotrópicas y sus Delitos Conexos, que se realizará los
días 2 y 3 de diciembre de 2014 en la ciudad de Bogotá,
República de Colombia.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto
del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas
y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al
siguiente detalle:
Señor Rómulo Javier Guerrero Rojas
Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso
de Aeropuerto - TUUA) US $ 699,50
Viáticos US $ 740,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador
deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe
detallado describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor del trabajador
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
1168746-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE LOS
REGISTROS PUBLICOS
Autorizan la creación de la Oficina
Receptora que operará dentro de las
instalaciones del Poder Judicial (Corte
Superior de Justicia de Tacna), bajo
la jurisdicción de la Zona Registral
N° XIII - Sede Tacna
RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 295-2014-SUNARP/SN
Lima, 25 de noviembre de 2014
VISTOS, el O cio N° 566-2014/Z.R.N°XIII-JEF, de
la Jefatura de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna
y los Informes N°s. 598-2014-SUNARP/OGPP; 207-
2014-SUNARP/OGA;1138-2014-SUNARP/OGAJ;095-
2014-SUNARP/DTR, de las O cinas Generales de
Planeamiento y Presupuesto; de Administración; de
Asesoría Jurídica y de la Dirección Técnica Registral,
respectivamente;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 26366, se creó la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
- SUNARP, organismo autónomo del Sector Justicia
y ente rector del Sistema Nacional de los Registros
Públicos, cuyo objetivo principal es dictar políticas
y normas técnico - administrativas de los Registros
Públicos;
Que, en aplicación a políticas de descentralización, la
Sunarp viene brindando servicios registrales a la mayor
cantidad de ciudadanos que se encuentran ubicados en
las zonas más alejadas del país;
Que, la Zona Registral N° XIII-Sede Tacna, Órgano
Desconcentrado de la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos solicita autorización para
la apertura de una Oficina Receptora dentro de las
instalaciones del Poder Judicial -Corte Superior de
Justicia- de Tacna, para lo cual remite el Expediente
Técnico-Económico que contiene la documentación
que lo sustenta;
Que, conforme a lo establecido en la Directiva
N° 002-2008-SUNARP-GPD/SN “Procedimiento de
autorización para la creación, supresión o traslado
de las O cinas Receptoras de la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos”, aprobada por
Resolución N° 139-2008-SUNARP/SN, el Expediente
Técnico debe contener los estudios preliminares, el
análisis de la demanda, costos y bene cios que se
generen a partir de la puesta en marcha de la O cina
Receptora así como los bene cios que redundarían en
la población de la localidad;
Que, conforme a los estudios técnicos elaborados
por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Zona
Registral N° XIII – Sede Tacna, se tiene que la ciudad
de Tacna comprende los distritos adyacentes de Alto
de la Alianza, Calana, Ciudad Nueva, Coronel Gregorio
Albarracín Lanchipa, Inclán, Pachía, Palca, Pocollay,
Sama y Tacna; cuenta con distintas instituciones públicas,
numerosas comunidades campesinas, organizaciones
gremiales y empresariales; y una población aproximada
de 262,731 habitantes de las cuales 72,112 son personas
mayores, considerándose esta población la directamente
bene ciada con los servicios que prestaría la O cina
Receptora propuesta;
Que, en efecto, se ha contemplado que la O cina
Receptora brinde servicios registrales de inscripción y
publicidad registral, trámite documentario, recepción
de títulos para cali cación e inscripción respectiva,
seguimiento de títulos en trámite, emisión de publicidad,
orientación y defensoría al usuario, promoción y difusión

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