RESOLUCION N° 2569-2015 - Autorizan inscripción de Juan E. Escudero S.A.C. Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros

Fecha de disposición20 Mayo 2015
Fecha de publicación20 Mayo 2015
El Peruano
Miércoles 20 de mayo de 2015
552916
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
vigente de esta Superintendencia;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y
Seguros - Ley N° 26702, de la Resolución SBS N° 6285-2013
y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución
SBS N° 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a Compartamos Financiera
el traslado de la agencia ubicada en Avenida España
N° 1680, distrito y provincia de Trujillo, departamento
de La Libertad, a su nueva dirección en Jirón Grau N°
359-B, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La
Libertad.
Regístrese, comuniqúese y publíquese.
DEMETRIO CASTRO ZÁRATE
Intendente General de Microf‌i nanzas
1238627-1
Autorizan inscripción de Juan E.
Escudero S.A.C. Corredores de Seguros
en el Registro de Intermediarios y
Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 2569-2015
Lima, 12 de mayo de 2015
El Secretario General
VISTA:
La solicitud presentada por e! señor Juan
Eduardo Escudero Deustua para que se autorice
la inscripción de la empresa JUAN E. ESCUDERO
S.A.C. CORREDORES DE SEGUROS en el Registro
de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II:
De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas,
numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de
Personas; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Reglamento del Registro de
Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por
Resolución S.B.S. N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero
de 2011, se estableció los requisitos formales para la
inscripción de los Corredores de Seguros en el citado
Registro;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos
exigidos por la referida norma administrativa;
Que, la Comisión Evaluadora Interna de la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluación
Interna de Expediente N° 07-2015-CEI celebrada el
15 de abril de 2015, en concordancia con lo dispuesto
en el artículo 10° del Reglamento de Registro de
Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha calif‌i cado y
aprobado la inscripción de la empresa en el Registro de
Intermediarios y Auxiliares de Seguros; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General del Sistema Financiero y de! Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -
Ley N° 26702 y sus modif‌i catorias; en virtud de ¡a facultad
delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12
de abríl de 2013;
RESUELVE
Articule Primero.- Autorizar la inscripción en el
Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros,
Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas
Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguras Generales y
de Personas, a la empresa JUAN E. ESCUDERO S.A.C.
CORREDORES DE SEGUROS, con matrícula N° J-
0789.
Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial “El Peruano”.
Regístrese, comuniqúese y publíquese.
MARCO OJEDA PACHECO
Secretario General
1238770-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DEL CALLAO
Aprueban Cuadro para Asignación de
Personal Provisional de la Dirección
Regional de Salud del Callao y otros
ORDENANZA REGIONAL
Nº 000005
Callao, 5 de mayo del 2015
EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL
DEL CALLAO:
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Callao en sesión del 05 de
mayo del 2015;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, Ley N° 27867 establece que las Ordenanzas
Regionales norman asuntos de carácter general, la
organización y la administración del Gobierno Regional y
reglamentan materias de su competencia;
Que, el Gobierno Nacional con fecha 02 de Diciembre
del 2013, ha publicado en el Diario Of‌i cial “El Peruano”,
la Ley Nº 30114 “Ley de Presupuesto del Sector Público
para el año Fiscal 2014” en cuyo artículo 8 numeral 8.1
literal g), autoriza el nombramiento de hasta el 20% de la
PEA def‌i nida a la fecha de entrada en vigencia el Decreto
Legislativo 1153, de los profesionales de la salud y de los
técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio
de Salud, sus organismos públicos y las unidades
ejecutoras de salud de los gobiernos regionales. Para
dicho nombramiento el personal asistencial de la salud
debe encontrarse prestando servicios en la condición de
contratado.
Que, el Gobierno Regional del Callao, con fecha 26 de
Enero del 2015 emitió la Ordenanza Regional Nº 00002,
aprobando la modif‌i cación de los Cuadros para Asignación
de Personal Provisionales – CAP-P de las unidades
ejecutoras de salud del Gobierno Regional del Callao
– GRC: de la DIRESA y de sus Direcciones de Redes
de Salud: Bonilla-La Punta, BEPECA y Ventanilla, y del
Hospital de Rehabilitación del Callao con la f‌i nalidad de
que dispongan de los cargos “previstos” necesarios para
llevar a cabo los nombramientos del personal benef‌i ciado
por la Ley 30114
Que, el Ministerio de Salud - MINSA con fecha 29
de Enero del 2015 emitió la Resolución Ministerial Nº
046-2015/MINSA, en la cual precisa la PEA estimada
correspondientes a los profesionales de la salud y
técnicos y auxiliares asistenciales de la salud de las
unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales
benef‌i ciados con el nombramiento autorizado por la Ley
de Presupuesto del Sector Público para el año f‌i scal 2014.
La indicada Resolución Ministerial dif‌i era de lo establecido
inicialmente en la Resolución Ministerial Nº 915-2014/
MINSA del 20 de Noviembre del 2014
Que, siendo necesario adecuar los cargos de los
CAP- P de las unidades ejecutoras de salud del Gobierno
Regional del Callao a lo establecido por la Resolución
Ministerial Nº 046-2015/MINSA; han presentado sus

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