RESOLUCION N° 237-2014SERVIR-PE - Disponen la publicación en el portal institucional de SERVIR del proyecto de directiva que desarrolla el Régimen y Procedimiento Disciplinario de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su exposición de motivos

Fecha de disposición11 Noviembre 2014
Fecha de publicación11 Noviembre 2014
MateriaDerecho Procesal
SecciónSección Única
Martes 11 de noviembre de 2014
537323
Año XXXI - Nº 13052
AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO
PODER EJECUTIVO
DECRETOS DE URGENCIA
Fe de Erratas D.U. N° 004-2014 537324
DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
R.M. N° 260-2014-MIDIS.- Aprueban disposiciones para
la conformación y funcionamiento de Núcleos Ejecutores
de alcance departamental 537325
ECONOMIA Y FINANZAS
R.M. N° 371-2014-EF/43.- Autorizan suscripción de
adenda a contrato referido al servicio de información
f‌i nanciera internacional, aprobado mediante R.M. N° 125-
2013-EF/43 537326
R.M. N° 372-2014-EF/10.- Designan Asesora II del
Despacho Viceministerial de Economía 537327
EDUCACION
R.M. N° 514-2014-MINEDU.- Designan Directora de
la Unidad de Gestión Educativa Local N° 02 - Rímac
537328
Res. N° 2060-2014-MINEDU.- Aprueban Lineamientos
para la implementación de la enseñanza del idioma inglés
en las instituciones públicas de educación básica regular
537328
INTERIOR
R.M. N° 1139-2014-IN.- Aceptan renuncia de Director de
la Dirección de Modernización y Desarrollo Institucional
de la Dirección General de Planif‌i cación y Presupuesto
del Ministerio 537328
R.M. N° 1140-2014-IN.- Designan Directora de la
Dirección de Modernización y Desarrollo Institucional de
la Dirección General de Planif‌i cación y Presupuesto del
Ministerio 537329
MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
R.M. N° 388-2014-MIMP.- Aprueban Plan Estratégico
Institucional 2014 - 2016 del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables 537330
R.M. N° 389-2014-MIMP.- Designan Asesor II de la
Secretaría General del Ministerio 537330
R.M. N° 390-2014-MIMP.- Designan Directora II de
la Of‌i cina de Monitoreo y Evaluación de Políticas de la
Of‌i cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y
Gestión Descentralizada del Ministerio 537331
SALUD
R.M. N° 854-2014/MINSA.- Modif‌i can las “Normas para
la Elaboración de Documentos Normativos del Ministerio
de Salud” 537331
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
AUTORIDAD NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL
Res. N° 237-2014-SERVIR-PE.- Disponen la publicación
en el portal institucional de SERVIR del proyecto de
directiva que desarrolla el Régimen y Procedimiento
Disciplinario de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y
su exposición de motivos 537332
CENTRO NACIONAL DE
PLANEAMIENTO ESTRATEGICO
Res. N° 083-2014/CEPLAN/PCD.- Designan Jefe de la
Of‌i cina General de Administración del Centro Nacional de
Planeamiento Estratégico - CEPLAN 537333
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS
Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. N° 341-2014/SUNAT.- Aprueba disposiciones
reglamentarias para la aplicación del incentivo por
desempeño de los trabajadores de la SUNAT comprendidos
en los regímenes laborales previstos en los Decretos
Legislativos N°s. 728 y 276 para el año 2014 537333
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE FISCALIZACION LABORAL
Res. N° 075-2014-SUNAFIL.- Designan funcionaria
responsable de remitir a la Dirección General del Servicio
Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo, las ofertas de empleo de la SUNAFIL a que
se ref‌i ere la Ley N° 27736 y su Reglamento aprobado
mediante D.S N° 012-2004-TR 537337
Sumario
El Peruano
Martes 11 de noviembre de 2014
537324
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL
PODER JUDICIAL
Res. Adm. N° 356-2014-CE-PJ.- Prorrogan
funcionamiento de órganos jurisdiccionales en las Cortes
Superiores de Justicia de Lima Norte y Ventanilla - Lima
Noroeste 537337
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Res. Adm. N° 331-2014-P-CSJLI/PJ.- Establecen
conformacion de salas contenciosa administrativa y civil
de la Corte Superior de Justicia de Lima y designan juez
supernumeraria 537338
ORGANOS AUTONOMOS
CONTRALORIA GENERAL
Res. N° 542-2014-CG.- Aceptan donación dineraria para
el f‌i nanciamiento de la organización de la Feria OLACEFS
537339
MINISTERIO PUBLICO
RR. N°s. 4682, 4683, 4684, 4685, 4686, 4687, 4688,
4689, 4690, 4691, 4692, 4693, 4694, 4695, 4696,
4697, 4698, 4699, 4700, 4701, 4702, 4703, 4704,
4705, 4706, 4707, 4708 y 4709-2014-MP-FN.- Aceptan
renuncias y declinación a nombramiento, dejan sin
efecto nombramientos, dan por concluidas designación y
nombramiento de f‌i scales en despachos de f‌i scalías de
diversos distritos judiciales 537340
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 7306-2014.- Autorizan al Banco de la Nación
la rectif‌i cación de dirección de agencias ubicadas en el
departamento de Ica 537348
Res. N° 7332-2014.- Autorizan a la Caja Municipal
de Ahorro y Crédito Huancayo S.A., la rectif‌i cación de
la dirección de la agencia Mazamari, ubicada en el
departamento de Junín 537349
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Ordenanza N° 207-MDC.- Establecen benef‌i cios de
regularización de deudas tributarias y administrativas en
el distrito 537349
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Ordenanza N° 392-MDR.- Modif‌i can Régimen de
Aplicación de Sanciones aprobado con Ordenanza
N° 234-MDR 537350
Ordenanza N° 395.- Aprueban Modif‌i cación de la
Ordenanza N° 380-MDR, que constituye el Gobierno
Distrital de Salud del Rímac 537352
Ordenanza N° 399-MDR.- Modif‌i can la Ordenanza
N° 370-2013-MDR, sobre horarios relativos al control
de actividades de acopio, abastecimiento y distribución
de productos en Hipermercados y Supermercados en el
distrito 537352
N° 398-MDR, incluyendo el margen de fechas de las
multas impuestas 537353
PODER EJECUTIVO
DECRETOS DE URGENCIA
FE DE ERRATAS
DECRETO DE URGENCIA
Nº 004-2014
Mediante Of‌i cio Nº 903-2014-SCM-PR, la Secretaría
del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de
Erratas del Decreto de Urgencia Nº 004-2014, publicada
en nuestra edición del día 6 de noviembre de 2014.
DICE:
Artículo 12.- Autorización de modif‌i caciones
presupuestarias al Ministerio de Salud
(...) ...queda exonerado de lo establecido en los
numerales 9.1 y 9.2 del artículo 9 del Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo
Nº 304-2012-EF.
DEBE DECIR:
Artículo 12.- Autorización de modif‌i caciones
presupuestarias al Ministerio de Salud
(...) ...queda exonerado de lo establecido en los
numerales 9.1 y 9.2 del artículo 9 de la Ley Nº 30114,
ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014.
DICE:
Artículo 13.- Autorización de modif‌i caciones presupues-
tarias al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
(...) ...
13.2 Para la implementación de lo establecido en el
numeral precedente, autorícese, excepcionalmente, al
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el
año f‌i scal 2014, a efectuar modi f‌i caciones presupuestarias en
el nivel funcional programático con cargo a los recursos de su
presupuesto institucional destinados a proyectos de inversión,
hasta por el monto de DOSCIENTOS TREINTA MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 230 000 000,00);... (...).
DEBE DECIR:
Artículo 13.- Autorización de modif‌i caciones presupues-
tarias al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
(...) ...
13.2 Para la implementación de lo establecido en el numeral
precedente, autorícese, excepcionalmente, al Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el año f‌i scal 2014,
a efectuar modif‌i caciones presupuestarias en el nivel funcional
programático con cargo a los recursos de su presupuesto
institucional destinados a proyectos de inversión y actividades,
hasta por el monto de DOSCIENTOS TREINTA MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 230 000 000,00); ... (...).
1162541-1
El Peruano
Martes 11 de noviembre de 2014 537325
DESARROLLO E
INCLUSION SOCIAL
Aprueban disposiciones para la
conformación y funcionamiento
de Núcleos Ejecutores de alcance
departamental
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 260-2014-MIDIS
Lima, 10 de noviembre de 2014
VISTOS:
El Of‌i cio N° 890-2014-MIDIS-FONCODES/DE, emitido
por la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para
el Desarrollo Social – FONCODES, y el Informe N° 468-
2014-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su
ámbito, competencias, funciones y estructura básica;
asimismo, se estableció que el sector Desarrollo e
Inclusión Social comprende a todas las entidades del
Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con
el cumplimiento de las políticas nacionales en materia
de promoción del desarrollo social, la inclusión y la
equidad;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final
de la Ley N° 29792, dispuso la adscripción del Fondo de
Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, al
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la cual operó a
partir del 1 de enero de 2012;
Que, mediante Decreto de Urgencia N° 004-2014
se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento para realizar las modif‌i caciones
presupuestarias hasta por el monto de S/. 230 000 000.00
con cargo a su presupuesto institucional, a favor del
FONCODES, del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social, con el objeto de f‌i nanciar la reposición, operación
y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en
ámbitos rurales;
Que, para efectos de lo establecido en el considerando
precedente, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto de
Urgencia N° 004-2014 dispone que FONCODES queda
autorizado a constituir Núcleos Ejecutores de alcance
departamental;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral
13.4 del artículo 13 del Decreto de Urgencia N° 004-
2014, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
mediante Resolución Ministerial, determinará el número
de representantes, el mecanismo de designación del
presidente del Núcleo Ejecutor y miembros, así como los
criterios y procedimientos para el funcionamiento de los
Núcleos Ejecutores;
Que, mediante Of‌i cio N° 890-2014-MIDIS-
FONCODES/DE, la Dirección Ejecutiva del FONCODES
propone el dispositivo que determina el número de
representantes, el mecanismo de designación del
presidente del Núcleo Ejecutor y miembros, así como
los criterios y procedimientos para el funcionamiento del
Núcleo Ejecutor;
Que, en dicho contexto, resulta necesario aprobar lo
indicado en el considerando anterior;
Con el visado del Despacho Viceministerial de
Prestaciones Sociales, del Despacho Viceministerial de
Políticas y Evaluación Social, de la Secretaría General,
de la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto, y
de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792,
Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2012-
MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Conformación y representatividad de
los Núcleos Ejecutores
1.1 Los Núcleos Ejecutores de alcance departamental,
estarán conformados por:
- Un (1) representante de la Dirección Regional de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, o quien haga
sus veces, del Gobierno Regional del departamento
respectivo, quien tendrá el cargo de Presidente.
- Un (1) representante del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, quien tendrá el cargo de
Secretario.
- Un (1) representante del Ministerio de Desarrollo
e Inclusión Social - MIDIS, quien tendrá el cargo de
Tesorero.
- Un (1) representante de la Dirección Regional de
Salud, o quien haga sus veces, del Gobierno Regional del
departamento respectivo, quien tendrá el cargo de Fiscal.
- Un (1) representante de la Municipalidad Provincial
de la provincia donde se ubica la capital del departamento
respectivo, quien tendrá el cargo de Vocal. En los casos
en que la provincia referida no tenga población que se
encuentre en el ámbito de la intervención, el representante
será de una Municipalidad Provincial que tenga población
que requiere de la intervención y que se determine según
los criterios establecidos por FONCODES.
1.2 El Presidente será el representante legal del
Núcleo Ejecutor de alcance departamental, gozará de
las facultades para intervenir en los procedimientos
administrativos y procesos judiciales, y tendrá el voto
dirimente en las sesiones respectivas.
1.3 Las instituciones públicas deberán acreditar a sus
representantes mediante resoluciones emitidas por estas
instituciones, en un plazo no mayor de cinco (5) días
hábiles a partir de la vigencia de la presente norma.
1.4 El domicilio legal de cada Núcleo Ejecutor de
alcance departamental será una sede de la Unidad
Territorial de FONCODES del departamento respectivo.
Artículo 2º.- Criterios y procedimientos para el
funcionamiento de los Núcleos Ejecutores de alcance
departamental
2.1 FONCODES, a través de sus Jefes de Unidades
Territoriales, suscribirá convenios con cada Núcleo
Ejecutor de alcance departamental en siete (7) días hábiles
contados a partir de la acreditación de los representantes,
según el modelo aprobado por FONCODES, quien también
podrá aprobar el modelo de adenda correspondiente, de
ser necesario.
2.2 Los Núcleos Ejecutores de alcance departamental
deberán gestionar los recursos en el marco de lo
establecido en cada convenio y normativa específ‌i ca
aprobada por FONCODES, debiendo rendir cuentas
mensuales a este último.
2.3 Cada Núcleo Ejecutor de alcance departamental
gestionará ante la SUNAT la emisión del Registro Único
de Contribuyente (RUC), luego de lo cual FONCODES
abrirá una cuenta bancaria en el Banco de la Nación a
nombre de cada Núcleo Ejecutor.
2.4 Los Núcleos Ejecutores de alcance departamental,
previa adenda del convenio suscrito con FONCODES,
podrán transferir los saldos que no sean ejecutados a otros
Núcleos Ejecutores de alcance departamental, dentro
de los alcances a los que se ref‌i eren el artículo 13 del
Decreto de Urgencia 004-2014, con la opinión favorable
del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social.
2.5 El Viceministerio de Políticas y Evaluación
Social, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles
contados a partir de la vigencia de la presente resolución,
proporcionará a FONCODES la relación de centros
poblados focalizados para la intervención a través de los
Núcleos Ejecutores de alcance departamental.

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