RESOLUCION N° 168-2015/SUNAT - Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria-SUNAT

Fecha de disposición27 Junio 2015
Fecha de publicación27 Junio 2015
El Peruano
Sábado 27 de junio de 2015 556043
Aprueban modificación del Reglamento
de Organización y Funciones de la
Superintendencia Nacional de Aduanas
y de Administración Tributaria -
SUNAT
RESOLUCIÓN Nº 168-2015/SUNAT
Lima, 26 de junio de 2015
VISTO:
El Informe Técnico Nº 21-2015-SUNAT/1K2000
emitido por la Gerencia de Organización y Procesos de
la O cina Nacional de Planeamiento y el Informe Legal
Nº 13-2015-SUNAT/8E0000 emitido por la Intendencia
Nacional de Asesoría Legal Interna;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 122-
2014/SUNAT y modi catorias, se aprobó el Reglamento de
Organización y Funciones - ROF de la Superintendencia
Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
– SUNAT;
Que se han identi cado algunos cambios que resulta
necesario efectuar en el ROF, a n de fortalecer el proceso
de modernización y mejora de la gestión institucional,
así como los procesos y la operatividad de las áreas
involucradas;
Que en vista de ello, se ha estimado pertinente
modi car la estructura, la competencia y/o funciones de la
Superintendencia Nacional Adjunta Operativa y algunos
de sus órganos y unidades orgánicas, con la nalidad de
mejorar su funcionamiento y contribuir a la e ciencia de
la SUNAT;
Que, conforme a lo indicado en el Informe Técnico Nº
21-2015-SUNAT/1K2000 y el Informe Legal Nº 13-2015-
SUNAT/8E0000, y de conformidad con lo establecido en
la Octogésima Tercera Disposición Complementaría y
Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014 y en uso de la facultad
conferida por el inciso p) del artículo 8º del Reglamento
de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por
Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y
modi catorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modifi cación de literales y artículos
del ROF de la SUNAT
Modifíquense el artículo 5º, los literales i), j) y k)
del artículo 14º, el literal g) del artículo 181º, el artículo
182º, el literal e) del artículo 183º, artículo 184º, los
literales f) y g) del artículo 185º, los artículos 188º
al 215º, el literal m) del artículo 519º y el artículo
521º del ROF de la SUNAT, aprobado mediante la
Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT
y modificatorias, según Anexo que forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Publicación
Publíquese la presente Resolución de Superintendencia
en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en
el Portal Institucional de la SUNAT (www.sunat.gob.pe)
el mismo día de la publicación de esta Resolución en el
Diario O cial El Peruano.
Artículo 3º.- Vigencia
La presente Resolución de Superintendencia entrará
en vigencia el 1 de julio del 2015.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
Única.- Derogación de artículos del ROF de la
SUNAT
Deróguense los artículos 174º y 175º y los artículos
522º al 525º del ROF de la SUNAT, aprobado mediante
Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y
modi catorias.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIA
TRANSITORIA
Única.- Procesos de Atención al Usuario
Aduanero
La Intendencia de Gestión Operativa y sus respectivas
unidades orgánicas asumirán de modo progresivo
las funciones que les asigna el nuevo ROF relativas al
proceso de servicios al contribuyente, ciudadano y usuario
aduanero en lo que respecta a la materia aduanera,
manteniendo, entre tanto, en dicho Reglamento las
competencias de los órganos y las unidades orgánicas
que vienen desarrollando estas funciones.
De igual manera, se procederá tratándose de otros
procesos hasta que se centralicen en la Intendencia de
Gestión Operativa.
Conforme se produzca dicha asunción progresiva de
funciones, estos últimos órganos y unidades orgánicas
dejarán de tener competencia respecto de las mismas. La
Superintendencia Nacional Adjunta Operativa en forma
previa deberá emitir una resolución para hacer efectiva la
referida asunción de funciones.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
Primera.- Implementación
La Superintendencia Nacional Adjunta Operativa
deberá adoptar las medidas complementarias necesarias
para la implementación de las disposiciones contenidas
en la presente norma.
Segunda.- Mención a unidades orgánicas
Para todo efecto legal, toda mención a los órganos y
unidades orgánicas contenidas en el ROF de la SUNAT
y demás documentos de gestión, deberá entenderse
considerando la estructura orgánica y la nueva
nomenclatura que se aprueba mediante la presente
resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
ANEXO
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS
Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Artículo 5º.- Estructura Orgánica de la SUNAT
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria cuenta con la siguiente
estructura orgánica:
(...)
ÓRGANOS Y UNIDADES ORGÁNICAS DE LÍNEA
DEPENDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA
NACIONAL ADJUNTA OPERATIVA
O cina Técnica de los Recursos de Seguridad Social
O cina de Coordinación de Tributos Internos
Intendencia Nacional de Insumos Químicos y
Bienes Fiscalizados
Gerencia Normativa de Bienes Fiscalizados
Gerencia Operativa del Registro de Bienes
Fiscalizados
Gerencia de Fiscalización de Bienes Fiscalizados
Intendencia de Gestión Operativa
O cina de Control de Gestión
O cina de Contabilidad de Ingresos
Gerencia de Orientación y Servicios
División Central de Consultas
División de Gestión de Orientación
División de Gestión de Servicios
Gerencia de Cumplimiento
División de Selección
División de Gestión del Cumplimiento

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