RESOLUCION N° 1599-2015 - Autorizan viaje de funcionario a Brasil, en comisión de servicios

Fecha de disposición08 Marzo 2015
Fecha de publicación08 Marzo 2015
El Peruano
Domingo 8 de marzo de 2015 548225
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan viaje de funcionario a Brasil,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 1599-2015
Lima, 6 de marzo de 2015
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES (a.i.)
VISTA:
La invitación cursada por inPERÚ a la Superintendencia
de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones (SBS), con el f‌i n de participar en el VIII Road
Show “Brasil 2015”, que se llevará a cabo del 17 al 19
de marzo de 2015, en la ciudad de Sao Paulo, República
Federativa de Brasil;
CONSIDERANDO:
Que, inPERÚ es una asociación sin f‌i nes de lucro
conformada por los principales gremios y entidades
representativas de la actividad económica del país, la
cual organiza el VIII Road Show “Brasil 2015”, evento de
nivel internacional y cuyo principal objetivo es promover y
fomentar las inversiones hacia el Perú en los principales
mercados f‌i nancieros internacionales, así como el
desarrollo de oportunidades en nuestro país;
Que, en atención a la invitación cursada y por ser
de interés nacional e institucional, se ha considerado
conveniente designar al señor Michel Rodolfo Canta
Terreros, Superintendente Adjunto de Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones, para que participe en
el citado evento;
Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones,
mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18,
ha dictado una serie de Medidas Complementarias
de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015,
estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán
viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la
representación sobre temas vinculados con negociaciones
bilaterales, multilaterales, foros o misiones of‌i ciales que
comprometan la presencia de sus trabajadores, así como
para el ejercicio de funciones o participación en eventos
de interés para la Superintendencia, como el presente
caso;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje
del citado funcionario para participar en el evento indicado,
cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos serán
cubiertos por inPERÚ, en tanto que los gastos por concepto
de viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con
cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015;
y, En uso de las facultades que le conf‌i ere la Ley
N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros”, la Resolución SBS N° 1331-2015,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en
virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18 sobre
Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para
el Ejercicio 2015, que incorpora lo dispuesto en el Decreto
Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N°
056-2013-PCM;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor
Michel Rodolfo Canta Terreros, Superintendente Adjunto
de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
de la SBS, del 17 al 19 de marzo de 2015 a la ciudad
de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, para los
f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro
de los 15 (quince) días calendario siguientes a su
reincorporación, deberá presentar un informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el
cumplimiento de la presente autorización por concepto
de pasajes aéreos serán cubiertos por inPERÚ, en tanto
que los gastos por concepto de viáticos serán cubiertos
por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto
correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente
detalle:
Viáticos US$ 1 480,00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
Aduana de cualquier clase o denominación a favor del
funcionario cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER POGGI CAMPODÓNICO
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones (a.i.)
1208646-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
MIRAFLORES
Modifican el Texto Único de Servicios
No Exclusivos (TUSNE) de la
Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 142-2015-A/MM
Miraf‌l ores, 5 de marzo de 2015
EL ALCALDE DE MIRAFLORES
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; autonomía reconocida en la Constitución
Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, con Resolución de Alcaldía Nº 794-2011-A/MM,
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano con fecha 01 de
diciembre de 2011, se aprueba el nuevo Texto Único de
Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de Miraf‌l ores
(TUSNE), modif‌i cado con Resoluciones de Alcaldía Nº
503-2012-A/MM, Nº 465-2013-A/MM, 309-2014-A/MM y
456-2014-A/MM de fechas 03 de setiembre de 2012, 13
de agosto de 2013, 05 de junio y 15 de agosto de 2014,
respectivamente;
Que, según el artículo 32 de la Ley Nº 27972, en toda
medida destinada a la prestación de servicios deberá
asegurarse el equilibrio presupuestario de la municipalidad.
De igual modo, el artículo 37, último párrafo, de la Ley
señala que para aquellos servicios que no sean prestados
en exclusividad, las entidades a través de resolución del
titular del pliego, establecerán los requisitos y costos
correspondientes a los mismos, los cuales deberán
ser debidamente difundidos para que sean de público
conocimiento;
Que, la Gerencia de Planif‌i cación y Presupuesto, con
el Memorándum Nº 053-2015-GPP/MM de fecha 20 de

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