RESOLUCION N° 152-2015-OSCE/PRE - Designan Director de Arbitraje Administrativo del OSCE

Fecha de disposición19 Mayo 2015
Fecha de publicación19 Mayo 2015
El Peruano
Martes 19 de mayo de 2015 552801
entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está
considerada el Seguro Integral de Salud, aprobándose
por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe
ser publicada en el Diario O cial “El Peruano”;
Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163,
Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el
Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece
que la transferencia de fondos o pagos que efectúe
el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción
obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener
una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual
modo, dispone que en los convenios que se suscriban
con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud
Públicas podrán establecerse diferentes modalidades o
mecanismos de pago;
Que, a través del artículo 2 del Decreto Supremo
N° 007-2012-SA, se precisa que los Planes
Complementarios al PEAS que ofrece el Seguro Integral
de Salud, incluyen la prestación económica de sepelio
a nivel nacional;
Que, de acuerdo al párrafo precedente y al numeral
6.3.2.2 de la Directiva Administrativa Nº 001-2013/SIS/
GNF, que regula el Pago de la Prestación Económica
de Sepelio para los A liados a los Regímenes de
Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro
Integral de Salud, aprobada por Resolución Jefatural N°
202-2013/SIS, la misma que dispone que “La O cina
General de Administración de Recursos, efectúa el proceso
de pago (compromiso, devengado, girado y pagado) de
las Prestaciones Económicas de Sepelios, con la emisión
de la carta orden de habilitación de fondos en la cuenta
corriente de la respectiva entidad bancaria”;
Que, con Memorando N° 194-2015-SIS/OGPPDO,
la O cina General de Planeamiento, Presupuesto y
Desarrollo Organizacional, aprueba las Certi caciones de
Crédito Presupuestal N° 691 y Nº 692 para el pago de las
prestaciones económicas de sepelio correspondientes a
las Fuentes de Financiamiento de Recursos Ordinarios y
Recursos Directamente Recaudados, respectivamente;
Que, mediante documento de vistos, la Gerencia
de Negocios y Financiamiento, sustenta la necesidad
de aprobar los pagos directos de las prestaciones
económicas de sepelio, correspondientes al mes de
mayo del 2015;
Con el visto bueno de la Secretaría General, de la
Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la O cina
General de Administración de Recursos y con la opinión
favorable de la O cina General de Planeamiento,
Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la O cina
General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2
del artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015 y de acuerdo
a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del
Reglamento de Organización y Funciones del Seguro
Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-
2011-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el pago directo de prestaciones
económicas de sepelio a nivel nacional por la suma total
de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y
OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS CON
00/100 NUEVOS SOLES, (S/. 4’288,442.00) con cargo a
las Fuentes de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y
09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente
al mes de mayo 2015, de acuerdo al siguiente detalle:
00-Recursos Ordinarios S/. 4’261,047.00
09-Recursos Directamente Recaudados S/. 27,395.00
TOTAL S/. 4’288,442.00
Artículo 2.- Encargar a la Secretaría General, la
publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario
O cial “El Peruano”, así como coordinar con la O cina
General de Tecnología de la Información la publicación en
el portal del Seguro Integral de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS
Jefe del Seguro Integral de Salud
1238982-1
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR
DE LA INVERSION EN
ENERGIA Y MINERIA
Aceptan renuncia de Vocal Suplente de
la Sala Nº 1 del Tribunal de Apelaciones
de Sanciones en Temas de Energía y
Minería (TASTEM) de OSINERGMIN
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN
ENERGIA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 097-2015-OS/CD
Lima, 12 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución N° 022-2004-OS/CD de
fecha 28 de enero de 2004 se designó al señor Fernando
Momiy Hada como Vocal Suplente de la Sala N° 1 del
Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de
Energía y Minería (TASTEM) de OSINERGMIN;
Que, con fecha 30 de abril de 2014, el señor Fernando
Momiy Hada presentó una carta formulando su renuncia
al cargo de Vocal de TASTEM antes referido;
De conformidad con lo establecido por la Ley N°
27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores
de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y el
Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por
Decreto Supremo N° 054-2001-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor
Fernando Momiy Hada al cargo de Vocal Suplente de la
Sala N° 1 de TASTEM, dándole las gracias por los valiosos
servicios prestados a OSINERGMIN en dicha función.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el boletín de normas legales del diario o cial
“El Peruano”.
JESÚS TAMAYO PACHECO
Presidente del Consejo Directivo
OSINERGMIN
1238506-1
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
ORGANISMO SUPERVISOR
DE LAS CONTRATACIONES
DEL ESTADO
Designan Director de Arbitraje
Administrativo del OSCE
RESOLUCIÓN Nº 152-2015-OSCE/PRE
Jesús María, 18 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, conforme el artículo 57º de la Ley de
Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto

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